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Artículo 69. El Senado

Constitución Española de 1978

Título III: De las Cortes Generales
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universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.

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mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

Preguntas frecuentes

La Cámara de representación territorial (art. 69.1 CE). Está formada por Senadores elegidos directamente en las provincias y por Senadores designados por las Asambleas legislativas autonómicas.

Tres Senadores cada una de las islas mayores: Gran Canaria, Mallorca y Tenerife. Las islas con un Senador cada una son Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma (art. 69.3 CE, redacción tras la 4ª reforma de 2026).

La 4ª reforma de la Constitución (BOE-A-2026-10881, vigente desde el 20 de mayo de 2026) desdobla la antigua circunscripción Ibiza-Formentera en dos circunscripciones independientes —Ibiza y Formentera—, cada una con su propio Senador. Se mantienen tres Senadores para las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) y uno para Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma. La eficacia electoral del desdoblamiento queda pospuesta a las próximas elecciones al Senado.

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