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Conceptos del temario

Protección internacional

Régimen que regula la Ley 12/2009 para los nacionales de países no comunitarios y los apátridas, y que comprende el derecho de asilo y la protección subsidiaria.

Ámbito de estudio: Seguridad y emergencias, Justicia

El artículo 1 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, establece los términos en que los nacionales de países no comunitarios y los apátridas pueden gozar en España de la protección internacional. Esa protección está constituida por el derecho de asilo y por la protección subsidiaria.

El artículo 2 define el asilo por la condición de refugiado y el artículo 4 define la protección subsidiaria por el riesgo real de sufrir daños graves. Ambas figuras producen los efectos que enumera el artículo 5: la no devolución ni expulsión y las medidas del artículo 36.

La ley se dicta de acuerdo con el artículo 13.4 de la Constitución, según declara su artículo 1.

Por qué importa para opositores

Es el concepto paraguas que agrupa el derecho de asilo y la protección subsidiaria. Estudia primero el artículo 1 de la Ley 12/2009 y después cada componente. No la confundas con la condición de refugiado, que es solo uno de sus componentes.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: una persona apátrida no puede regresar a su última residencia habitual porque allí correría un riesgo real de sufrir daños graves. Si no concurre ninguna causa de exclusión de los artículos 11 y 12, puede obtener protección subsidiaria, que forma parte de la protección internacional.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Protección internacional y asilo son lo mismo?

No. El asilo es una de las dos figuras que integran la protección internacional, junto con la protección subsidiaria (artículo 1 de la Ley 12/2009).

¿Quién puede acceder a la protección internacional?

Los nacionales de países no comunitarios y los apátridas, según el artículo 1 de la Ley 12/2009. Los nacionales de otros Estados de la Unión Europea quedan fuera de su ámbito.

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