C2 es uno de los subgrupos del grupo C del personal funcionario de carrera. Su requisito general de titulación, según el artículo 76 del TREBEP, es el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. La convocatoria precisa cómo acreditarlo y qué equivalencias resultan admisibles.
El Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado es un ejemplo de C2 en la oferta estatal de 2025. Cumplir la titulación no es el único requisito para participar: deben revisarse las demás condiciones de las bases y superarse el proceso correspondiente.
El subgrupo no garantiza una dificultad baja, un número fijo de temas, una nómina neta determinada ni un ascenso automático. La promoción interna exige cumplir los requisitos aplicables y superar su propio proceso. Tampoco debe confundirse C2 con las agrupaciones profesionales sin requisito de titulación educativa que pueden establecerse al amparo de la disposición adicional sexta del TREBEP.