La promoción interna de los funcionarios de carrera es una modalidad de progresión que exige superar un proceso selectivo. El TREBEP distingue la promoción interna vertical, hacia un cuerpo o escala de un subgrupo o grupo superior, de la horizontal, hacia cuerpos o escalas del mismo subgrupo profesional. No debe confundirse con la carrera horizontal, que permite progresar sin cambiar de puesto según el sistema implantado.
El artículo 18 exige los requisitos de ingreso, al menos dos años de servicio activo en el subgrupo inferior o grupo sin subgrupo y la superación de las pruebas correspondientes. La articulación de las modalidades y el acceso desde cuerpos del mismo subgrupo se completan mediante las leyes de función pública y las bases aplicables. Antes de presentarte, comprueba qué cuerpos de procedencia se admiten, qué antigüedad se exige y cómo debe acreditarse.
Las bases pueden prever ejercicios o exenciones específicos dentro del régimen aplicable. Eso no permite prometer menos competencia, una nota de corte más baja o pruebas más fáciles en cualquier proceso. La promoción del personal laboral tiene su propia referencia en el artículo 19: se hace efectiva por los procedimientos del Estatuto de los Trabajadores o de los convenios colectivos.