El turno libre es una vía de acceso al empleo público para las personas que cumplen los requisitos establecidos en las bases. Se diferencia de la promoción interna por sus condiciones de participación: no exige acceder desde un cuerpo o categoría previa en los términos propios de esa promoción.
Turno y sistema selectivo son conceptos distintos. Un proceso de turno libre puede utilizar oposición o concurso-oposición; cuando existe fase de concurso pueden valorarse los méritos previstos en las bases, incluida experiencia si así se establece. Por tanto, turno libre no significa necesariamente que solo cuente la nota del examen.
La reserva para personas con discapacidad puede formar parte de un proceso de acceso libre. No debe sumarse automáticamente como si fuera un tercer turno excluyente junto a libre y promoción interna. Consulta el reparto concreto de plazas, los requisitos y el sistema de selección en la convocatoria. Referencias: artículos 59 y 61 del TREBEP.