AN identifica aquí a la Audiencia Nacional, un órgano jurisdiccional con sede en Madrid y ámbito territorial nacional. Sus competencias están delimitadas legalmente; que un asunto tenga repercusión pública o afecte a varias provincias no basta por sí solo para atribuírselo.
La LOPJ establece sus salas de Apelación, Penal, Contencioso-Administrativo y Social. La distribución material debe estudiarse en las normas de organización y en la legislación procesal correspondiente. La Audiencia Nacional no tiene una sala civil equivalente a la del Tribunal Supremo.
No debe confundirse con una Audiencia Provincial, cuyo ámbito territorial y competencias son diferentes. Tampoco actúa como tribunal de apelación general de todas las resoluciones dictadas en España. Los recursos que conoce y los asuntos que resuelve responden a atribuciones concretas. El nombre de un órgano y su alcance territorial ayudan a situarlo, pero no sustituyen el análisis de su competencia objetiva y funcional.