TS significa Tribunal Supremo en el contexto de la organización judicial española. La Constitución y la LOPJ le reconocen la posición de órgano jurisdiccional superior en los distintos órdenes, con la salvedad relativa a las garantías constitucionales. Tiene su sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional.
La LOPJ organiza el Tribunal en cinco salas: Civil, Penal, Contencioso-Administrativo, Social y Militar. La materia del asunto y las reglas de competencia determinan qué sala conoce de él. No todos los procedimientos llegan al Supremo ni existe un derecho general a que revise cualquier resolución de otro tribunal.
Entre sus funciones se encuentran la resolución de los recursos y el conocimiento de los asuntos que le atribuyen las leyes. Para estudiar un recurso de casación, hay que acudir a la ley procesal del orden correspondiente: sus requisitos no son idénticos en todas las materias. La posición del Supremo tampoco lo convierte en el órgano de gobierno del Poder Judicial ni en el Tribunal Constitucional.