CGPJ significa Consejo General del Poder Judicial. La Constitución le atribuye el gobierno del Poder Judicial y remite a su ley orgánica para regular su estatuto y funciones. Entre sus competencias figuran materias de nombramientos, inspección y régimen disciplinario, con el alcance y las garantías establecidos legalmente.
Gobernar el Poder Judicial no equivale a resolver los litigios. La potestad de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponde a los órganos jurisdiccionales previstos por las leyes. El Consejo no funciona como un tribunal al que se acude para recurrir una sentencia con la que se discrepa.
La Constitución establece que lo integran el presidente del Tribunal Supremo, que lo preside, y veinte miembros nombrados por el rey por un período de cinco años. Distingue doce miembros entre jueces y magistrados y ocho entre abogados y otros juristas de reconocida competencia, en los términos constitucionales y legales. No confundas el número de vocales con el total resultante al incluir a quien ocupa la presidencia.