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oposiciones · 2026

TAG Calp 2026: 1 plaza de Técnico de Administración

25 min de lectura

Calp convoca 1 plaza de Técnico de Administración General (A1): 90 temas, test que resta 0,06 y tasa de 40 euros. El plazo se abre con el extracto en el BOE.

El Ayuntamiento de Calp (Alicante) ha convocado 1 plaza de Técnico/a de Administración General, encuadrada en la Escala de Administración General, subescala Técnica, subgrupo A1 y con nivel de complemento de destino 27, por el sistema de concurso-oposición en turno libre y con cargo a la oferta de empleo público de 2024. Las bases específicas de la convocatoria 26/49 se aprobaron por Decreto de la Cuarta Tenienta de Alcaldesa número TA04 2026-0321, de 27 de agosto de 2026, y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 170, de 8 de septiembre de 2026. La tasa son 40 euros.

Ojo con lo primero, porque es lo que decide si llegas o no a presentarte: el plazo de solicitudes todavía no ha empezado. El edicto ordena publicar el extracto de la convocatoria en el DOGV y en el BOE «a los efectos del plazo para presentar solicitudes», y a 15 de septiembre de 2026 el BOE no había publicado ese anuncio. Aquí tienes el proceso entero —los tres ejercicios con sus mínimos, los 90 temas del temario, la tasa y cómo se calcula la nota— para que llegues al día en que se abra el plazo con las bases leídas.

Si te presentas conviene saber tres cosas que no se ven en el titular. La primera, que la fase de concurso vale hasta 10 puntos y solo se puntúa a quien haya superado la oposición: la experiencia previa no te salva del examen, solo suma después. La segunda, que el test resta 0,060 puntos por cada error sobre un valor de 0,20 por acierto, así que la estrategia de dejar en blanco lo que no se sabe no es prudencia, es aritmética. Y la tercera, que el segundo ejercicio se sortea únicamente entre los 72 temas del Bloque II y que desarrollar un solo tema en lugar de dos es «No apto» directo, sin lectura ni valoración.

Ficha rápida de la convocatoria

  • Organismo convocante: Ayuntamiento de Calp (Alicante, Comunitat Valenciana).
  • Convocatoria: 26/49, provisión definitiva de la plaza número 090-90.
  • Plazas: 1, de Técnico/a de Administración General.
  • Grupo y subgrupo: A, subgrupo A1.
  • Escala: Administración General, subescala Técnica. Nivel de complemento de destino 27 (puesto de la RPT número 27).
  • Sistema de acceso: concurso-oposición, turno libre.
  • Oferta de empleo público: 2024.
  • Titulación exigida: cualquier grado o licenciatura.
  • Temario: 90 temas en dos bloques (18 en el Bloque I y 72 en el Bloque II).
  • Ejercicios: tres, obligatorios y eliminatorios: test de 50 preguntas, desarrollo de dos temas y supuesto práctico.
  • Fase de concurso: hasta 10 puntos, solo para quien supere la oposición.
  • Tasa: 40 euros (Ordenanza fiscal publicada en el BOP de Alicante número 26, de 9 de febrero de 2021).
  • Bases específicas: Decreto TA04 2026-0321, de 27 de agosto de 2026; BOP de Alicante número 170, de 8 de septiembre de 2026 (anuncio 6726).
  • Bases generales: BOP de Alicante número 37, de 23 de febrero de 2022.
  • Plazo: todavía no abierto; se abre con la publicación del extracto en el DOGV y en el BOE.

Fuente: edicto completo en el BOP de Alicante, que incluye las 14 páginas de bases y el anexo del temario.

Qué convoca exactamente Calp: la 26/49 y una sola plaza

La convocatoria cubre por personal funcionario de carrera la plaza número 090-90, de Técnico/a de Administración General, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público de 2024; el puesto a cubrir es el de la RPT número 27. La plaza está encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, grupo de clasificación A, subgrupo A1 de los previstos por el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, con nivel de complemento de destino 27 y los emolumentos que correspondan según la legislación vigente.

Dos avisos para que no leas las bases equivocadas:

  • No es la convocatoria de Policía Local de Calp. Ese proceso —2 plazas— va por su propio expediente, con sus propias bases, su propio temario y su propio tribunal. Si estás comparando temarios, mira siempre el número de convocatoria y el grupo: aquí es la 26/49, subgrupo A1 y perfil técnico.
  • El proceso es de concurso-oposición, no de oposición pura. Hay tres ejercicios eliminatorios y, después, una fase de méritos que solo se puntúa a quien haya superado la fase de oposición. En la práctica, eso significa que prepararse el examen no es una parte del proceso: es el proceso.

El edicto se publica con un código de validación (CSV) 4L7W6XHHMQK9ZT5MGJ2M5HPMW y la verificación de la copia auténtica se hace en la sede electrónica municipal. Si en algún momento dudas de la versión que estás leyendo, la copia válida es la de la sede: los portales de terceros copian las bases sin el temario y sin los anexos.

Plazo e inscripción: el reloj todavía no ha arrancado

El edicto de aprobación ordena, en su apartado SEGUNDO, publicar las bases en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, y el extracto de las mismas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado «a los efectos del plazo para presentar solicitudes». Traducido: las bases ya están publicadas (BOP del 8 de septiembre), pero el plazo de instancias arranca con el extracto, no con el BOP.

Comprobado en la fuente para este artículo: los sumarios del BOE del 8 al 15 de septiembre de 2026 no incluyen ningún anuncio del Ayuntamiento de Calp. La consecuencia práctica es doble: hoy no se puede presentar la solicitud, y la fecha límite todavía no existe — las bases generales fijan el cómputo en su artículo 6, y ese reloj empieza a contar cuando salga el extracto.

Los tres sitios que publica el propio edicto, y donde conviene mirar:

  • Tablón de anuncios de la sede electrónica: calp.sedelectronica.es/board.
  • Portal de transparencia, en el apartado de procesos selectivos y bolsas de trabajo, con el contenido íntegro de las bases: sede electrónica de Calp.
  • DOGV y BOE: el anuncio del extracto, que es el que abre el plazo.

Cuando salga, la solicitud se presenta con el modelo oficial y conforme al artículo 6 de las Bases Generales. El edicto no añade un trámite propio ni un registro presencial alternativo: lo que manda el Ayuntamiento para este proceso es lo que dicen sus bases generales.

La tasa: 40 euros, con dos letras pequeñas

  • Importe: 40 euros, según el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la actividad administrativa de realización de pruebas y valoración de méritos para la selección de personal y provisión de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Calp (BOP de Alicante número 26, de 9 de febrero de 2021).
  • Impago: es causa de exclusión sin posibilidad de subsanación si no se abona dentro del plazo de presentación de la solicitud.
  • Sin devolución: si la persona aspirante queda excluida por cualquier otra causa, la ordenanza no reconoce el derecho a la devolución del importe satisfecho.

Las bases específicas fijan el importe y se remiten a la ordenanza; las reducciones o bonificaciones que pudieran existir, si existen, están en ese texto y no en el edicto. Si crees que te aplica alguna —familia numerosa, discapacidad, desempleo—, el documento que hay que leer antes de pagar es la ordenanza, no el resumen.

Requisitos: los de las bases generales y uno propio

Para tomar parte hay que reunir, el día en que termina el plazo de presentación de instancias y mantener hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera, los requisitos de los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 5 de las Bases Generales (BOP de Alicante número 37, de 23 de febrero de 2022). Las bases específicas no repiten esa lista: la remiten, y el único requisito propio que añaden es la titulación.

  • Titulación: estar en posesión de cualquier grado o licenciatura. No se exige una carrera concreta, ni un máster, ni titulación de habilitación de carácter nacional: con un grado universitario se cumple.

Y dos detalles de la base tercera que conviene leer antes de rellenar la solicitud:

  • Discapacidad: se garantiza la igualdad de condiciones conforme a los artículos 64.2 y 64.3 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. Hay que presentar certificación expedida por el órgano competente que acredite la condición y la capacidad para desempeñar las tareas de la plaza.
  • Adaptaciones de tiempo y medios: se piden en la propia solicitud, con la propuesta concreta de adaptación. El órgano de selección resuelve antes de la prueba y debe motivar expresamente la denegación o la modificación de lo solicitado.

El proceso selectivo: tres ejercicios obligatorios y eliminatorios

El procedimiento de selección consta de dos fases: primero la oposición (tres ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios) y después el concurso (méritos). Hay que superar cada ejercicio para pasar al siguiente, y la nota que cuenta para la fase de oposición es la suma de los tres.

Primer ejercicio: test de 50 preguntas, una hora

Consiste en contestar por escrito, durante un máximo de una hora, un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas y solo una correcta, relacionadas con el temario del Bloque I. El baremo es el siguiente:

  • Cada acierto: 0,20 puntos.
  • Cada error: resta 0,060 puntos.
  • Preguntas en blanco: ni puntúan ni penalizan.
  • Valoración: de 0 a 10, y quedan eliminadas las personas aspirantes que no alcancen 5 puntos.

El margen real del ejercicio es estrecho: con 50 preguntas de 0,20, el máximo son 10 puntos y cada duda mal resuelta cuesta el 30 % de un acierto. Con este baremo, contestar solo lo que se sabe es la diferencia entre aprobar y quedarse en 4,8.

Segundo ejercicio: dos temas sorteados del Bloque II, dos horas

Se extraen tres temas al azar entre los comprendidos en el Bloque II (los 72 del anexo) y hay que desarrollar dos por escrito en un plazo máximo de dos horas, de forma legible para el tribunal. Se valora la capacidad y formación general, la claridad de ideas y la calidad de la expresión escrita: ortografía, sintaxis, presentación visual y legibilidad del ejercicio. El ejercicio puede leerse ante el tribunal.

  • Valoración: de 0 a 10, con un máximo de 5 puntos por cada tema desarrollado.
  • Mínimo: 2,50 puntos en cada uno de los temas. Suspender uno de los dos es suspender el ejercicio.
  • Aviso literal de las bases: quien desarrolle un solo tema es considerado directamente No apto, sin necesidad de que su ejercicio sea leído ni valorado.

Ese último punto es el que se lleva por delante a quien se queda sin tiempo: no basta con empezar bien un tema, hay que cerrar los dos.

Tercer ejercicio: supuesto práctico, tres horas

Consiste en la resolución de un supuesto práctico con varios apartados, referente a las funciones de Técnico/a de administración general, durante un máximo de tres horas, y relacionado con el temario completo (Bloque I y Bloque II).

  • Material admitido: pueden consultarse textos legales no comentados y utilizarse calculadoras estándar o científicas que no sean programables ni financieras.
  • Legislación aplicable: la vigente en el momento de realización del ejercicio.
  • Se valora: la capacidad de análisis, la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a los problemas planteados y la calidad de la expresión escrita.
  • Valoración: de 0 a 10, y quedan eliminadas las personas aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Es el ejercicio que más se parece al trabajo real del puesto: aquí no se puntúa recordar, se puntúa resolver.

Cómo se calcula la nota

La calificación de la fase de oposición es la suma de las calificaciones de los tres ejercicios. En el segundo y el tercero, la nota se obtiene calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del órgano técnico de selección, con un matiz que conviene conocer antes de preparar nada: se descartan todas las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre ellas exista una diferencia de 4 puntos o más, sirviendo en su caso como punto de referencia la puntuación máxima obtenida. Es el mecanismo que impide que un voto aislado hunda o salve un ejercicio.

La fase de concurso: hasta 10 puntos, y solo si apruebas

El concurso es la segunda fase del procedimiento y su puntuación máxima es de 10 puntos. Tres reglas de sus propias bases:

  1. Solo se puntúa la fase de concurso a quien haya superado la fase de oposición. La experiencia previa no compensa un ejercicio suspendido.
  2. La fase se rige por el artículo 10 de las Bases Generales.
  3. La valoración de los méritos por servicios prestados se realiza en los términos del apartado 3.3.1.a) de ese mismo artículo 10.

El resto de piezas del proceso también se remiten a las bases generales de 2022: admisión de aspirantes (artículo 9), tribunal calificador (artículo 7), normas del procedimiento (artículo 8), calificación (artículos 11 y 12), presentación de documentos (artículo 13), nombramiento y toma de posesión (artículo 14), bolsa de trabajo (artículo 15) y régimen de recursos y alegaciones (artículo 17). O sea: para saber si entras en la bolsa, cuándo se publican los listados o cómo se impugna algo, el texto que manda es el de 2022, no el edicto de septiembre.

Un detalle de procedimiento que solo aparece en la base séptima: el orden de actuación comienza por las personas aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra “P”, conforme a la Resolución de 20 de enero de 2026 del Conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública (DOGV número 10289, de 27 de enero de 2026).

Y sobre impugnaciones, dos plazos que conviene tener apuntados: contra las bases, que ponen fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante la Tenencia de Alcaldía delegada de Recursos Humanos en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de la Comunitat Valenciana, sede de Alicante, en el plazo de dos meses.

El temario: 90 temas repartidos en dos bloques

El anexo del edicto trae el programa completo y son 90 temas: 18 en el Bloque I y 72 en el Bloque II. El reparto no es decorativo, porque el primer ejercicio sale solo del Bloque I y el sorteo del segundo ejercicio sale solo del Bloque II. Es decir: el bloque corto decide si pasas al segundo ejercicio, y el bloque largo decide el resto de la oposición.

Bloque I. 18 temas (el del test)

  1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido esencial, derechos y deberes fundamentales, protección y suspensión, estabilidad presupuestaria y reforma constitucional.
  2. El Poder Judicial: regulación constitucional, Ley Orgánica del Poder Judicial, Consejo General del Poder Judicial y organización de la Administración de Justicia.
  3. Las formas de organización territorial del Estado: el Estado Autonómico, organización de las comunidades autónomas, distribución de competencias y el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
  4. El Comité de las Regiones, el Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa, la cooperación internacional de las entidades locales y la Carta Europea de la Autonomía Local.
  5. El municipio: concepto y elementos, el término municipal y la planta municipal, la población y el padrón, el estatuto de los vecinos y los derechos de los extranjeros.
  6. La organización municipal: órganos necesarios y complementarios, grupos políticos y concejales no adscritos, participación vecinal, concejo abierto y municipios de gran población.
  7. El personal al servicio de las entidades locales: clases, régimen jurídico, derechos y deberes, plantillas y relaciones de puestos de trabajo, oferta de empleo público, acceso y provisión, responsabilidad e incompatibilidades.
  8. La eficacia de los actos administrativos: autotutela declarativa, notificación y publicación, demora y retroactividad, ejecutividad, coacción administrativa directa y vía de hecho.
  9. La invalidez del acto administrativo: nulidad de pleno derecho y anulabilidad, conservación del acto, revisión de oficios, declaración de lesividad, revocación y rectificación de errores.
  10. Disposiciones generales del procedimiento administrativo común: medios electrónicos, iniciación, registros, términos y plazos, ordenación e instrucción, y singularidades del procedimiento local.
  11. Terminación del procedimiento: obligación de resolver, contenido de la resolución expresa, terminación convencional, silencio administrativo, desistimiento, renuncia, caducidad y tramitación simplificada.
  12. Recursos administrativos: principios generales, actos susceptibles de recurso, reglas de tramitación, clases y procedimientos sustitutivos (conciliación, mediación y arbitraje).
  13. La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites, órganos y competencias, partes y legitimación, objeto del recurso y sentencias.
  14. El presupuesto general de las entidades locales: concepto, contenido, bases de ejecución, elaboración, aprobación y prórroga presupuestaria.
  15. La estructura presupuestaria: los créditos del presupuesto de gastos y las modificaciones de crédito (clases, concepto, financiación y tramitación).
  16. La transparencia de la actividad pública: publicidad activa y derecho de acceso a la información pública, con la normativa estatal y la valenciana.
  17. La protección de los datos de carácter personal: normativa de la Unión Europea y normativa estatal.
  18. La regulación de la igualdad efectiva de mujeres y hombres: políticas de igualdad y contra la violencia de género en las administraciones públicas.

Bloque II. 72 temas, agrupados por áreas

Aquí está el grueso del programa (y los tres cuartos del sorteo del segundo ejercicio). Admite leerse por bloques:

  • Fuentes, potestad normativa y acción administrativa (temas 1 a 4). El sistema de fuentes del derecho local con la Carta Europea de la Autonomía Local, las ordenanzas y reglamentos locales con su procedimiento de elaboración, las formas de acción administrativa (autorizaciones, licencias, comunicación previa y declaración responsable, fomento) y la iniciativa económica y la reserva de servicios, con las formas de gestión del servicio público local.
  • Competencias municipales y servicios (temas 5 a 15). El sistema de determinación de competencias propias, delegadas y distintas de las propias, los servicios mínimos y su financiación; tráfico y seguridad vial; seguridad ciudadana, policías locales y protección civil; medio ambiente urbano en sus dos temas (parques y jardines, contaminación acústica y atmosférica, residuos, agua y saneamiento); salubridad pública; ferias, mercados y venta ambulante; servicios sociales; educación, cultura y consejos escolares locales; vivienda; y turismo.
  • Urbanismo, suelo y ordenación del territorio (temas 16 a 22). La evolución histórica de la legislación urbanística desde la Ley del Suelo de 1956, el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, en dos temas), el texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (Decreto Legislativo 1/2021, en tres temas) y la expropiación forzosa con su reglamento.
  • Litoral, aguas y patrimonio cultural (temas 23 a 25). La incidencia en la esfera local de la Ley de Costas y la normativa de protección del litoral, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y la Ley 11/1998 de Patrimonio Cultural Valenciano.
  • Contratación pública (temas 26 a 32). Las directivas europeas y el ámbito de la Ley 9/2017, las disposiciones generales, las partes del contrato y los órganos de contratación, las garantías y la preparación de los contratos, sus efectos y las prerrogativas de la Administración, el contrato de obras, y los contratos de concesión de servicios, suministro, servicios y mixtos.
  • Régimen penal y prevención de riesgos (temas 33 y 34). Los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación y fraudes del Código Penal, y la prevención de riesgos laborales en la Administración local.
  • Órganos locales y patrimonio (temas 35 a 37). El sistema electoral local con la moción de censura y el estatuto de los miembros electivos, el régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local con actas, certificaciones y medios telemáticos, y el patrimonio de las entidades locales (bienes de dominio público, patrimoniales y comunales, prerrogativas e inventario).
  • Haciendas locales y presupuesto (temas 38 a 52). El derecho financiero y la hacienda local en la Constitución, el control interno y la función interventora, los funcionarios con habilitación de carácter nacional, la ejecución del presupuesto con pagos a justificar y anticipos de caja fija, la liquidación y los remanentes, la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, la cuenta general, el control externo, los recursos de las haciendas locales y su gestión y recaudación, la participación en tributos del Estado y de las comunidades autónomas, el IBI, el IAE, el impuesto sobre vehículos y la plusvalía municipal, y las tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
  • Personal al servicio de las administraciones (temas 53 a 61). La Ley 53/1984 de incompatibilidades, el Estatuto Básico del Empleado Público en dos temas, la legislación laboral (Estatuto de los Trabajadores), la Ley 4/2021 de la Función Pública Valenciana en tres temas y el Decreto 3/2017 de selección y provisión de puestos en dos.
  • Deporte (temas 62 a 67). La Ley 39/2022 del Deporte en cuatro temas (organización administrativa, entidades deportivas y comités, actividad deportiva y competencias profesionales, solución de conflictos e instalaciones) y la Ley 2/2011 del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana en dos.
  • Educación y centros (temas 68 a 70). El texto refundido de la Ley de Consejos Escolares de la Comunitat Valenciana, el Decreto 253/2019 de organización y funcionamiento de los centros públicos de Infantil y Primaria y la Orden 21/2019 de escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad pública.
  • Integridad y cooperación local (temas 71 y 72). La Ley 2/2023 de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas junto con la Ley 11/2016 de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción, y la Ley 21/2018 de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.

Sobre el peso real del programa: 62 de los 90 temas son derecho local, urbanístico, económico o de personal (todo el Bloque II salvo los epígrafes sectoriales de deporte, educación e integridad). El Bloque I, que es el que decide el primer ejercicio, son 18 temas — de los cuales los seis primeros son derecho constitucional y local puro.

Cómo preparar esta oposición

Con tres ejercicios eliminatorios y un test que penaliza el error, la preparación que funciona no es leer el temario de corrido: es entrenar la mecánica de cada prueba.

  • El test premia la prudencia. Con 50 preguntas, 0,20 por acierto y 0,060 por error, la cuenta es sencilla: tres respuestas a ciegas solo compensan si aciertas al menos dos. Practicar con cronómetro y con esta penalización exacta te enseña dónde está tu umbral real de duda.
  • El segundo ejercicio se sortea solo del Bloque II, y hay que escribir dos temas. No basta con reconocer el tema: hay que desarrollarlo con estructura, en dos horas y con letra legible. El 2,50 por tema es un mínimo que se pierde por desorden, no por falta de datos.
  • El tercer ejercicio admite textos legales no comentados. Eso convierte la preparación en una habilidad distinta: saber localizar el artículo correcto en el momento correcto. Un supuesto práctico se aprueba con la ley en la mano y con las ideas ordenadas.
  • El Bloque I es corto y rentable. 18 temas alimentan todo el primer ejercicio, que es eliminatorio: es el trozo del programa con mejor relación entre horas y probabilidad de pasar de pantalla.
  • La fase de concurso no se prepara, se documenta. Si tienes servicios prestados, prepara la documentación acreditada desde ahora: solo puntúa si superas la oposición, pero entonces esos 10 puntos deciden el puesto.

Material para esta convocatoria

Esta convocatoria no tiene un pack específico de Calp publicado. Lo que sí existe es el material de Técnico/a de Administración General de administración local, que trabaja justo el núcleo jurídico común de esta oposición: la Constitución Española de 1978 (tema 1 del Bloque I) y la organización municipal de la LBRL (temas 5 y 6 del Bloque I), desarrollados con los 21 puntos normativos citados por artículo, más una matriz comparada de convocatorias y un diagnóstico interactivo de 12 preguntas.

Guía TAG Local 2026: núcleo común — 36,00 euros.

Conviene decirlo con todas las letras, porque aquí no todo el temario es igual: no es un temario completo de los 90 temas de Calp. Es material del núcleo común y del formato de examen de las convocatorias de TAG local, útil para el arranque del Bloque I y para entender cómo se pregunta, no un sustituto del anexo del edicto. El temario oficial completo, para lo que sí es indispensable, está en las páginas 6 a 14 del PDF del BOP de Alicante.

Otras convocatorias de administración local abiertas

Si tu perfil es el de técnico o administrativo de administración local, estas son las piezas publicadas más cercanas a esta:

Y si lo que buscas es el otro proceso del propio Ayuntamiento de Calp, está aquí: Policía Local de Calp 2026: 2 plazas.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas convoca Calp y de qué categoría son? Una plaza de Técnico/a de Administración General, la número 090-90, correspondiente al puesto de la RPT número 27. Está encuadrada en la Escala de Administración General, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A1, con nivel de complemento de destino 27, y se convoca por concurso-oposición en turno libre con cargo a la oferta de empleo público de 2024.

¿Cuándo se abre el plazo para presentar la solicitud? Todavía no está abierto. El edicto ordena publicar el extracto de la convocatoria en el DOGV y en el BOE a los efectos del plazo para presentar solicitudes, y a 15 de septiembre de 2026 el BOE no había publicado ese anuncio: el plazo se abre cuando salga el extracto, no cuando se publicaron las bases en el BOP.

¿Qué titulación hace falta para presentarse? Estar en posesión de cualquier grado o licenciatura. Las bases específicas no piden una carrera concreta ni máster ni habilitación de carácter nacional: se remiten a los requisitos de los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 5 de las Bases Generales de 2022 y añaden el requisito de titulación universitaria.

¿Cuánto cuesta inscribirse en esta oposición? 40 euros de tasa, conforme al artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la actividad administrativa de realización de pruebas y valoración de méritos para la selección de personal y provisión de puestos de trabajo (BOP de Alicante número 26, de 9 de febrero de 2021). El impago de los derechos de examen dentro del plazo es causa de exclusión sin posibilidad de subsanación, y si quedas excluido por otra causa no hay derecho a la devolución.

¿Cuántos temas tiene el temario y cómo se reparten? 90 temas en dos bloques: 18 en el Bloque I y 72 en el Bloque II. El reparto importa porque el primer ejercicio sale solo del Bloque I y el sorteo del segundo ejercicio sale solo del Bloque II.

¿Cómo es el primer ejercicio y cuánto resta cada error? Un cuestionario de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas y una sola correcta, relacionadas con el Bloque I del temario, en un tiempo máximo de una hora. Cada acierto vale 0,20 puntos y cada error resta 0,060 puntos; las preguntas sin contestar ni puntúan ni penalizan. Se valora de 0 a 10 y queda eliminado quien no alcance 5 puntos.

¿De qué temas se sortea el segundo ejercicio? De los 72 temas del Bloque II: se extraen tres temas al azar y hay que desarrollar dos por escrito en dos horas como máximo. Cada tema se puntúa hasta 5 puntos y hace falta un mínimo de 2,50 en cada uno. Quien desarrolle un solo tema queda calificado como No apto sin que se lea ni se valore su ejercicio.

¿En qué consiste el tercer ejercicio? En la resolución de un supuesto práctico con varios apartados sobre las funciones de Técnico/a de administración general, en un máximo de tres horas. Puede consultarse legislación vigente en textos legales no comentados y usarse calculadoras estándar o científicas no programables ni financieras. Se relaciona con los dos bloques del temario y se valora de 0 a 10, con un mínimo de 5 puntos.

¿Se valora la experiencia profesional previa? Sí, pero no compensa el examen: la fase de concurso vale hasta 10 puntos y solo se puntúa a quien haya superado la fase de oposición. Los méritos por servicios prestados se valoran conforme al apartado 3.3.1.a) del artículo 10 de las Bases Generales.

¿Se forma bolsa de trabajo con este proceso? Sí. La constitución, formación y funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se rigen por el artículo 15 de las Bases Generales de los procesos selectivos del Ayuntamiento de Calp.

Para cualquier cambio de fechas o de fases, la fuente que manda es el edicto publicado en el BOP de Alicante y el portal de transparencia del Ayuntamiento de Calp. El extracto del DOGV y del BOE es el que abre el plazo de solicitudes: revísalo antes de dar por hecha cualquier fecha.

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