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oposiciones · 2026

Dinamizador de cultura y juventud Font-rubí 2026: 1 plaza

16 min de lectura

Font-rubí convoca 1 plaza fija de dinamizador/a de cultura y juventud (C1): bases, requisitos, temario y plazo de inscripción hasta el 9 de octubre.

El Ayuntamiento de Font-rubí, en el Alt Penedès (Barcelona), ha convocado una plaza de dinamizador/a de cultura y juventud de la plantilla de personal laboral fijo, encuadrada en el grupo C1, por el sistema de concurso-oposición libre. Las bases y la convocatoria se aprobaron por acuerdo de la Junta de Govern Local de 11 de agosto de 2026 y se publicaron íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) del 1 de septiembre de 2026, con el número de registro 202610135436 y el expediente 2026_311. El extracto salió después en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya número 9747, de 8 de septiembre, y en el BOE número 225, de 11 de septiembre de 2026 (Resolución de 3 de septiembre, referencia BOE-A-2026-19025). El plazo para presentar la solicitud está abierto y termina el 9 de octubre de 2026.

Hay dos cosas que conviene mirar antes que ninguna otra. La primera es el plazo: los veinte días hábiles de las bases cuentan desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOE, no desde el BOPB, así que el reloj arrancó el lunes 14 de septiembre (el 12 y el 13 cayeron en fin de semana) y el último día hábil es el viernes 9 de octubre. La segunda es el idioma: la plaza es en un ayuntamiento catalán y exige certificado C1 de catalán o superar una prueba de nivel dentro del propio proceso, algo que se prepara con tiempo y que descarta a quien llegue al trámite sin haberlo mirado.

Los datos clave de la convocatoria

DatoDetalle
Plaza1 plaza de dinamitzador/a de cultura i joventut
RégimenPersonal laboral fijo, grupo C1
Sistema selectivoConcurso-oposición libre
OrganismoAyuntamiento de Font-rubí (Alt Penedès, Barcelona)
Puesto vinculadoDinamitzador/a de cultura, joventut, promoció econòmica i turisme (código SSPP01)
TitulaciónBachillerato, técnico de FP de grado medio o equivalente
LenguaCertificado C1 de catalán o superar la prueba del proceso
BasesBOPB de 1 de septiembre de 2026 (CVE 202610135436, exp. 2026_311)
ExtractoDOGC 9747, de 8 de septiembre, y BOE 225, de 11 de septiembre de 2026
Plazo de solicitudes20 días hábiles desde el día siguiente al BOE: hasta el 9 de octubre de 2026
PresentaciónSede electrónica municipal, registro general, Correos o art. 16.4 de la Ley 39/2015
Período de pruebaPeríodo de prueba de 6 meses tras la contratación
Bolsa de trabajoSí, por orden de puntuación y con vigencia máxima de 3 años

La convocatoria no nace aislada: la plaza está incluida en la oferta pública de ocupación de 2026 del Ayuntamiento, publicada en el DOGC número 9609 y en el BOPB el 20 de febrero de 2026. Quien se prepare esta oposición en Cataluña verá convocatorias hermanas del mismo perfil en otros municipios, con temarios generales parecidos y partes específicas distintas.

Qué funciones se van a desempeñar

Las bases detallan las funciones del puesto con bastante precisión, y eso orienta el caso práctico del tercer ejercicio. El dinamizador de cultura y juventud de Font-rubí se encarga de proponer y apoyar la programación de actos municipales de cultura, juventud, promoción económica y turismo —exposiciones, premios, fiestas y ferias—, colaborando en su montaje e inauguración. También lleva la gestión de casales y salas municipales y la supervisión de sus equipamientos, busca fuentes de financiación y tramita subvenciones de otros organismos, coordina con otras áreas las fiestas mayores y festivales, y difunde la actividad municipal a través del butlletí, la prensa, la radio y la web.

A eso se suman la dinamización del tejido asociativo y las iniciativas populares del municipio, el fomento de la difusión del patrimonio cultural local, la elaboración de la memoria anual del área y las tareas administrativas derivadas de toda esa actividad. Las bases incluyen además las obligaciones habituales de prevención de riesgos laborales y de protección de datos, con el deber de confidencialidad incluso después de terminar la relación laboral.

Requisitos para presentarse

Los requisitos hay que tenerlos cumplidos el día en que acaba el plazo de solicitudes, y son los siguientes:

  • Nacionalidad: española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado con libre circulación de trabajadores reconocida por tratado; también puede presentarse quien sea extranjero con residencia legal en España conforme a la Ley Orgánica 4/2000.
  • Capacidad funcional para desarrollar las funciones del puesto.
  • Edad: haber cumplido 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Titulación: bachillerato, título de técnico/a de Formación Profesional de grado medio o una titulación equivalente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial. En el caso de nacionales de otros Estados, no estar inhabilitado ni haber sido sancionado en términos equivalentes.
  • No incurrir en causa de incapacidad o incompatibilidad aplicable al personal al servicio de la Administración local.
  • Catalán: certificado de nivel de suficiencia (C1) de la Junta Permanent de Català o equivalente. Las bases admiten otra vía de acreditación: presentar el documento que pruebe que se ha cursado la materia de lengua catalana en la enseñanza obligatoria y se ha obtenido el título correspondiente después de 1992, certificado que expide cualquier instituto de educación secundaria público. Si no se acredita de ninguna de las dos formas, hay que superar la prueba de catalán del proceso.
  • Castellano: solo para quienes no tengan nacionalidad española, que deben acreditar conocimiento oral y escrito o superar la prueba correspondiente.

Cómo y dónde se presenta la solicitud

El trámite principal es online, con la instancia genérica de la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Font-rubí. Las bases admiten además la presentación en el Registro General del Ayuntamiento, en la Oficina de Atención Ciudadana, en las oficinas de Correos mediante correo certificado administrativo y por cualquiera de las modalidades del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. En los dos últimos casos hay que enviar copia escaneada de la solicitud sellada por el organismo receptor a la dirección de correo del ayuntamiento dentro del plazo.

La documentación que acompaña a la instancia es la que decide buena parte de la nota:

  • La instancia según el modelo del anexo II de las bases, firmada.
  • Copia del DNI o del documento de nacionalidad.
  • Copia del certificado de catalán (C1) y, en su caso, de la acreditación de castellano.
  • Copia del título de bachillerato, de técnico de FP de grado medio o equivalente.
  • La documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer valer en la fase de concurso.
  • Currículum vitae académico y profesional.

Un aviso que las bases subrayan y que conviene leer dos veces: los méritos que no se justifiquen documentalmente dentro del plazo no se valoran, y tampoco se valoran los que no se hayan alegado con la propia instancia. No hay una segunda oportunidad para aportar un curso o un contrato olvidado. Tampoco puntúan los servicios prestados como personal eventual ni las prácticas realizadas en el marco de convenios de cooperación educativa.

El proceso selectivo, ejercicio por ejercicio

El procedimiento es un concurso-oposición libre: primero se pasa la oposición, que es eliminatoria, y solo después se valora el concurso de méritos de quienes la hayan superado.

Primer ejercicio: lenguas. La prueba de catalán valora el nivel de suficiencia (C1) y se califica como apto o no apto; quedan exentos quienes hayan acreditado ese nivel al presentar la instancia. El tribunal se apoya en asesores lingüísticos, que actúan con voz y sin voto. El no apto excluye del proceso. Los aspirantes que no tengan nacionalidad española deben superar además una prueba de castellano, igualmente calificada como apto o no apto.

Segundo ejercicio: test teórico, hasta 30 puntos. Es un cuestionario tipo test sobre el temario del anexo I, con una sola respuesta válida entre tres o cuatro opciones, relacionado con la organización municipal y con las tareas propias del puesto. Son 30 preguntas en 60 minutos, cada acierto vale 1 punto y los errores no restan. Para pasar hay que llegar a 15 puntos sobre 30 y quien no lo consiga no continúa.

Tercer ejercicio: caso práctico, hasta 40 puntos. Consiste en una prueba práctica con uno o varios casos sobre los trabajos del puesto y la parte específica del temario, con un tiempo máximo de 120 minutos. Es obligatoria y eliminatoria y exige un mínimo de 20 puntos sobre 40. Se realiza por orden de llamada y de forma individualizada, y los miembros del tribunal pueden formular preguntas durante su desarrollo.

La puntuación final de la fase de oposición es la suma de los tres ejercicios, hasta 70 puntos entre el test (30) y la práctica (40), sin contar la prueba de lenguas, que es de apto o no apto.

La fase de concurso: hasta 30 puntos de méritos

El baremo se valora con la fecha de fin del plazo de solicitudes como referencia y se reparte en tres apartados:

  • Experiencia profesional, hasta 20 puntos. A 0,30 puntos por mes completo trabajado en administraciones públicas, organismos públicos o entidades de derecho público dependientes, en puestos del grupo y subgrupo A2, C1 o C2 con contenido funcional coincidente o análogo al de la plaza; a 0,20 puntos por mes en el sector privado, como profesional libre o autónomo, en funciones de categoría equivalente o superior coincidentes con la plaza, incluida la experiencia en turismo, hostelería, coordinación y organización de eventos o atención al público; y a 0,10 puntos por mes en puestos relacionados con la plaza que no encajen en los dos supuestos anteriores. La acreditación se hace con certificación original de recursos humanos y con el informe de vida laboral; para el trabajo autónomo, con el certificado de la TGSS y la liquidación del IAE o la declaración censal.
  • Formación, hasta 8 puntos. La formación reglada paga 2 puntos por grado universitario, licenciatura o diplomatura y 1 punto por máster universitario o por máster o postgrado no universitario, con un tope de 4 puntos. La formación complementaria, relacionada con las tareas del puesto, paga 0,25 puntos por cursos de hasta 20 horas, 0,50 entre 21 y 40 horas, 0,75 entre 41 y 60 horas y 1 punto a partir de 61 horas, y suma 0,25 puntos el ACTIC básico, 0,50 el medio y 1 punto el avanzado, con un tope de 4 puntos.
  • Entrevista, hasta 2 puntos. El tribunal mantiene con cada aspirante una entrevista sobre las funciones del puesto y su experiencia profesional.

Las bases incluyen una línea en el punto 7.3 que fija el máximo del concurso en 20 puntos, una cifra que no cuadra con la suma de sus propios apartados (20 de experiencia, 8 de formación y 2 de entrevista, es decir 30). Es una incongruencia interna del texto publicado, y conviene tenerla presente si se quiere impugnar la valoración: el peso real de cada apartado es el que figura desglosado, no el total de esa línea.

El temario: 25 temas generales y 15 de Font-rubí

El anexo I reparte el temario en dos partes muy distintas entre sí, y esa distinción es la que decide cómo se estudia.

La primera parte, de materia general, tiene 25 temas y es el bloque jurídico clásico de cualquier ayuntamiento: la Constitución de 1978 y su reforma, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, el municipio y sus órganos, el acto administrativo (requisitos, eficacia, motivación, notificación), su invalidez, el procedimiento administrativo completo con sus plazos y recursos, la responsabilidad patrimonial de las administraciones, la organización municipal y las competencias de alcaldía, pleno y junta de gobierno, las haciendas locales y el presupuesto, las ordenanzas y reglamentos, la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, el Estatuto Básico del Empleado Público y el régimen de incompatibilidades, los convenios, la contratación pública con especial atención al contrato menor y a los contratos de espectáculos, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y sus procedimientos, la Ley 19/2014 de transparencia de Cataluña, la protección de datos y la Ley 9/1993 del Patrimonio Cultural Catalán.

La segunda parte, de materia específica, tiene 15 temas y es enteramente local: la ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Font-rubí, la geografía, la demografía y los carriles del municipio, sus edificios y equipamientos, el mapa del patrimonio cultural de Font-rubí, sus fiestas y ferias, los bailes populares, las entidades y asociaciones, el hermanamiento del municipio, el Espai Jove la Barraca, la comunicación y difusión municipal, los lugares de interés, La Calaixera de Font-rubí, el Plan Local de Joventut 2024-2027 y las regidurías de Cultura y de Joventut.

No hay atajo para esa segunda parte: son documentos municipales concretos —el plan de juventud, la ordenanza de subvenciones, el mapa de patrimonio— que hay que leer en la web del Ayuntamiento y que el tribunal puede convertir en caso práctico. La parte general, en cambio, es material común con la mayoría de oposiciones de administración local, y ahí sí hay trabajo hecho: el pack Parte común Administración Local 2026 reúne 50 preguntas resueltas con cita legal sobre Constitución, régimen local, procedimiento, empleo público y haciendas locales, más un diagnóstico interactivo de 12 preguntas y un plan de estudio de seis semanas. Cubre el bloque jurídico transversal —el que se repite en las 25 preguntas de la primera parte— y no la parte específica de Font-rubí, que ningún material general puede cubrir porque es de este municipio y de ningún otro.

Si la plaza que interesaba era otra y esta convocatoria ha llegado tarde, el mismo tipo de proceso se repite en municipios catalanes con perfiles parecidos: el técnico dinamizador de cultura y juventud de Calldetenes y el dinamizador de Reus siguen procesos de la misma familia. Todas las convocatorias abiertas de Cataluña están en el buscador de oposiciones.

Después del proceso: período de prueba y bolsa de trabajo

Quien resulte propuesto para la contratación se incorpora cuando se le requiera y tiene diez días para presentar la documentación original de requisitos y méritos y la declaración jurada de no haber sido separado ni hallarse inhabilitado. El período de prueba es de seis meses en el puesto de adscripción, bajo la supervisión de la Regidoria de Cultura; quienes ya hayan prestado servicios en la corporación en plazas de características, nivel y funciones iguales quedan exentos, total o parcialmente.

Las personas que superen el proceso sin obtener la plaza pasan a una bolsa de trabajo por orden de puntuación, que se usa para cubrir necesidades de personal no permanente con contratos de duración determinada. La bolsa tiene una vigencia máxima de tres años salvo que una convocatoria posterior la sustituya, y es una salida razonable para quien busque entrar en la administración local de la comarca por la vía de la interinidad.

Qué falta por decidir y qué conviene vigilar

El tribunal todavía no ha publicado la lista de admitidos y excluidos. Las bases fijan un plazo de un mes desde el fin de las solicitudes para dictar esa resolución, que se publica en el BOPB y en la sede electrónica, con diez días hábiles para reclamar o enmendar defectos formales contados desde la última publicación en el BOPB. En esa misma publicación constarán el día, la hora y el lugar de las pruebas: solo hay una convocatoria por prueba y quien no comparezca queda excluido salvo causa de fuerza mayor acreditada. Conviene seguir la sede electrónica municipal y el tauler d’anuncis, que es donde van saliendo los actos sucesivos.

Resumen de la hoja de ruta para quien vaya en serio: leer el Plan Local de Joventut y la ordenanza de subvenciones antes de que salga la lista de admitidos, tener el certificado C1 en la mano si se posee —evita un ejercicio entero— y preparar la parte general con material ya resuelto para poder dedicar las últimas semanas a la parte específica de Font-rubí.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud?

Hasta el 9 de octubre de 2026. Las bases fijan veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, que salió el 11 de septiembre de 2026; el primer día hábil de cómputo fue el lunes 14 de septiembre y el último, el viernes 9 de octubre.

¿Qué titulación y qué nivel de catalán hacen falta?

El título de bachillerato, de técnico de Formación Profesional de grado medio o una titulación equivalente, y el certificado de nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Junta Permanent de Català o equivalente. Quien no lo acredite al presentar la instancia debe superar la prueba de catalán del proceso, que se califica como apto o no apto.

¿Hay tasa de inscripción?

En las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 1 de septiembre de 2026 no figura ninguna tasa de inscripción: el trámite es únicamente la presentación de la instancia con la documentación acreditativa.

¿Cómo son los exámenes de la fase de oposición?

Tres ejercicios: la prueba de catalán (apto o no apto, obligatoria para quien no tenga el C1 acreditado), un test de 30 preguntas sobre el temario que se responde en 60 minutos y en el que hay que llegar a 15 puntos sobre 30, y un caso o casos prácticos de hasta 120 minutos que exige 20 puntos sobre 40. Los errores del test no restan.

¿Se valora la experiencia profesional?

Sí, pero en la fase de concurso y solo después de superar la oposición. El baremo paga la experiencia en administraciones públicas en puestos similares a 0,30 puntos por mes trabajado (hasta 20 puntos en total), la formación hasta 8 puntos y la entrevista final hasta 2 puntos.

¿Qué pasa si no se obtiene la plaza?

Quien supere el proceso sin lograr la plaza entra en una bolsa de trabajo que se usa para cubrir necesidades de personal no permanente, por orden de puntuación. La bolsa tiene una vigencia máxima de tres años, salvo que una convocatoria posterior la sustituya.

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