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Administración pública

Firma electrónica

Medio electrónico que permite acreditar la voluntad y el consentimiento del firmante y proteger la integridad del documento en los términos aplicables.

Ámbito de estudio: Transversal, Informática

También se conoce como: firmar electrónicamente

La firma electrónica permite vincular una actuación o documento con la expresión de voluntad de quien firma. En el procedimiento administrativo, el artículo 10 de la Ley 39/2015 exige que el medio utilizado permita acreditar autenticidad, consentimiento e integridad e inalterabilidad del documento.

No debe confundirse con la identificación electrónica. Identificarse responde a quién actúa; firmar acredita la voluntad asociada a una actuación. El artículo 11 establece con carácter general la suficiencia de la identificación y enumera los actos para los que se exige firma: solicitudes, declaraciones responsables o comunicaciones, recursos, desistimiento de acciones y renuncia a derechos.

Los sistemas admitidos y sus condiciones se regulan en la normativa aplicable. Insertar la imagen de una firma manuscrita en un PDF no demuestra por sí solo que se cumplan los requisitos de un sistema de firma admitido en el trámite.

Por qué importa para opositores

Para presentar una instancia, comprueba qué sistema acepta la sede y finaliza la firma y el registro si el procedimiento los requiere. Poder entrar en una aplicación no acredita que el documento haya quedado firmado o presentado.

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Ejemplo práctico

Ejemplo propio: una persona accede a una sede y deja una solicitud guardada como borrador. Aunque se haya identificado, todavía debe completar las actuaciones de firma y presentación exigidas y comprobar el justificante final.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Identificarse en una sede equivale siempre a firmar?

No. Son funciones distintas. La normativa puede admitir determinados sistemas de identificación como firma en los supuestos y condiciones previstos, pero no debe presumirse que cualquier acceso a una sede firma una solicitud.

¿Se exige firma para cualquier actuación administrativa?

El artículo 11 de la Ley 39/2015 establece la identificación como regla general y enumera los actos para los que se requiere firma, entre ellos formular solicitudes e interponer recursos.

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