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situaciones administrativas

Excedencia

Situación administrativa de funcionarios de carrera con distintas modalidades y efectos; la reserva, retribuciones y cómputo del tiempo dependen del supuesto.

Fuentes oficiales citadas
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Términos relacionados
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Ámbito de estudio: Transversal

Definición completa

La excedencia de los funcionarios de carrera es una situación administrativa con varias modalidades. El artículo 89 del TREBEP contempla interés particular, agrupación familiar, cuidado de familiares, violencia de género o sexual y violencia terrorista, con sus requisitos y efectos específicos. No puede explicarse todo el régimen con una única regla sobre salario, antigüedad o reserva de puesto.

Por interés particular, el Estatuto establece como regla servicios efectivos durante los cinco años inmediatamente anteriores, con la posibilidad de reducción por leyes de desarrollo. La concesión depende de necesidades del servicio motivadas y el tiempo no cuenta para los efectos que enumera el apartado 2. La agrupación familiar tiene otro supuesto y no exige ese mismo periodo previo.

En cuidado de familiares, el apartado 4 prevé hasta tres años por cada sujeto causante en sus condiciones, cómputo para trienios, carrera y Seguridad Social y reserva del puesto al menos dos años; después, la garantía se refiere a un puesto en la misma localidad e igual retribución. Las modalidades de protección frente a la violencia tienen reglas propias, incluidos efectos económicos y de reserva que deben estudiarse por separado. La excedencia del personal laboral requiere consultar su legislación y convenio, sin trasladar automáticamente estas reglas funcionariales.

Por qué importa para opositores

Al resolver un caso, identifica modalidad, causa, requisitos y periodo concreto. Distingue conservar la condición de funcionario de tener reservado el mismo puesto y de conservar todos los efectos económicos o de antigüedad.

Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: una funcionaria en excedencia por cuidado de un familiar reúne las condiciones del artículo 89.4. Su tiempo puede computar para trienios conforme a esa regla; no se le aplica la exclusión de cómputo propia del interés particular.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Qué es la excedencia?

Es una situación administrativa de los funcionarios de carrera con distintas modalidades y efectos. La reserva, las retribuciones y el cómputo del tiempo dependen del supuesto (artículo 89 del TREBEP).

¿Ninguna excedencia cuenta para trienios?

Esa afirmación es incorrecta. El cuidado de familiares del artículo 89.4 sí contempla cómputo, mientras que interés particular tiene otros efectos.

¿Todas las excedencias reservan el mismo puesto?

No. La reserva depende de la modalidad y del periodo. Hay que consultar la regla concreta y su desarrollo aplicable.

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