La Comisión Permanente de Selección interviene en determinados procesos de acceso a cuerpos de la Administración General del Estado. El acrónimo CPS identifica al órgano de selección, no al portal para inscribirse.
La Orden HFP/266/2023 regula su composición y funcionamiento. Su ámbito comprende los cinco cuerpos generales y de tecnologías de la información enumerados en el artículo 1, y puede recibir otros encargos en las condiciones previstas.
Entre sus competencias están fijar criterios de actuación conforme a las bases, calificar ejercicios y resolver incidencias del desarrollo de las pruebas. No es el órgano de selección de todas las oposiciones españolas: hay que comprobar quién actúa en cada convocatoria.