Título III: De las Cortes Generales Art. 93-96 9 min
Ep. 43: Presupuestos Generales del Estado y Tribunal de Cuentas
Este episodio cubre Art. 93-96 de la Constitución Española de 1978, dentro de Título III: De las Cortes Generales. Duración: 9 minutos.
Qué aprenderás en este episodio
- ✓ Contenido completo de Art. 93-96 de la Constitución Española
- ✓ Explicación articulada y fácil de memorizar para oposiciones
- ✓ Claves para recordar los puntos más preguntados en exámenes
Transcripción completa
1353 palabras · 7 min de lectura
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Bienvenido a Reto Vocitor, el podcast donde la constitución española deja de ser un ladrillo y es algo que entiendes. Hoy cerramos el título tercero de las Cortes Generales con los cuatro últimos artículos, tratados internacionales y su relación con el derecho español. Artículos 93 a 96, cuatro artículos que explican cómo España se relaciona con el mundo jurídico internacional nacional y que tienen una relevancia práctica enorme porque son la base por la que estamos en
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la Unión Europea. Vamos a por ello. Artículo 93 sobre los tratados que ceden competencias. Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivados de la constitución. Fíjate bien en lo que dice. Este artículo permite que España ceda competencias competencias constitucionales a una organización o institución internacional. El ejercicio de
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competencias es derivada, pero solo mediante ley orgánica, no vale una ley ordinaria. Y esto es exactamente el artículo que se utilizó para que España entrara en la Comunidad Económica Europea en 1986, que luego se convirtió en la Unión Europea. Cuando España entró en lo que hoy es la Unión Europea transfirió competencias que antes eran suñas a las instituciones europeas, como la política comercial, la política agraria, la política monetaria, con la llegada del euro,
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y todo eso se autorizó a través de este artículo 93. Dato histórico, hubo un debate intenso sobre si bastaba con el artículo 93 o si había que reformar la constitución para entrar a la Unión Europea. Al final se optó por la vía del 93, considerando que atribuir el ejercicio de competencias no es lo mismo que ceder soberanía. Es un detalle jurídico sutil pero importante. Para el examen, el artículo 93 fue la vía de entrada de España en la Unión Europea y requiere ley orgánica. Y ahí
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te va la trampa clásica. ¿España entró en la Unión Europea mediante una reforma constitucional? Falso. Entró mediante el artículo 93 con ley orgánica sin reformar la constitución. La segunda Segunda parte del artículo. Corresponda a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la sesión. Las Cortes y el Gobierno tienen que garantizar que se cumplen los tratados y las decisiones de las organizaciones a las que se les han seguido competencias.
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No basta con ceder a que cumplir lo que decida esa organización. Es decir, si la Unión Europea aproba un reglamento, España está obligada a cumplirlo. Y son las Cortes y el Gobierno los que garantizan ese cumplimiento. Artículo 94. Tratados que requieren autorización de las Cortes. Apartado 1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales. En los siguientes casos, tratados de carácter político, tratados o convenios de carácter militar, tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el título primero, tratados o convenios que impongan obligaciones financieras para la hacienda pública y tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución. 5 categorías de tratados que necesitan permiso de las Cortes antes de que España se comprometa.
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Ahí deba una regla memotécnica. Por mi infiles, por mi infiles, políticos, militares, integridad territorial y derechos del título primero, financieros y legislativos. Suena a nombre de un fútbol de mesa, pero te puede salvar la pregunta. Apartado segundo. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios.
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Todos los demás tratados, los que no entran en esas cinco categorías, no necesitan autorización previa, pero las Cortes deben ser informadas inmediatamente. Es decir, el Gobierno puede firmar tratados menores sin pedir permiso, pero tiene que contárselo al Parlamento en cuanto lo haga. Artículo 95. Tratados contrarios a la Constitución. Apartado primario. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
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Está claro. Si un tratado contradice la Constitución, primero hay que reformar la Constitución y luego firmar el tratado, no al revés. No se puede firmar un tratado que viole la Constitución y luego pretender que la Constitución se adapte. El orden es primero reformas y luego firmas. Y ahí va un dato histórico. Esto ocurrió en 1992. Esto.
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España quiso ratificar el Tratado de Maestrich que creaba la Unión Europea con nuevas atribuciones. Pero el tratado incluía una cláusula que permitía a los ciudadanos de la Unión Europea ser elegidos en elecciones municipales de cualquier país miembro. Y nuestra Constitución, en su artículo 3.2, solo permitía el derecho de sufragio activo a los extranjeros, no el pasivo. Es decir, los extranjeros podían votar en municipales, pero no podían ser candidatos. Entonces, se pidió dictamen al Tribunal Constitucional, que confirmó la contradicción y España reformó el artículo 13.2, añadiendo y pasivo, antes de ratificar el tratado.
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Fue la primera y única reforma de la Constitución durante muchos años. Modificaron dos palabras. Es una reforma mínima, pero era necesaria. Para el examen, el artículo 95 obliga a reformar la Constitución antes de firmar un tratado que la contradiga, y el caso práctico es la reforma del artículo 13.2 para Maestrich. Apartado segundo. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras pueden requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.
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Tres posibles solicitantes. El gobierno, el Congreso o el Senado. Cualquiera de los tres puede preguntar al Tribunal Constitucional. Oye, ¿este tratado contradice la Constitución o no? El Tribunal Constitucional no actúa de oficio.
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Tiene que ser reglerido, pero una vez que le preguntan, su declaración es vinculante. Trampa de examen. El Tribunal Constitucional examina de oficio la compatibilidad de los tratados con la Constitución. Falso. Solo actúa si se lo piden.
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Vamos con el último artículo, artículo 96, los tratados en el ordenamiento interno. Apartado primero. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Cuando un tratado se firme y se publica en el BOE, pasa a ser parte del derecho español. No necesita una ley que lo traduzca al derecho nacional.
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Y ahora la segunda parte. Sus disposiciones solo podrán ser detogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del derecho internacional. Esto significa que una ley española posterior no puede derogar un tratado. Si España quiere dejar de cumplir un tratado, tiene que seguir las reglas del propio tratado o del derecho internacional para salir de él. Es una especie de blindaje. Los tratados están por encima de las leyes ordinarias en la jerarquía normativa, en el sentido de que una ley no los puede modificar unilateralmente. ¿Viste? Ojo, no están por encima de la Constitución. La Constitución es la norma suprema, pero sí están por encima de las leyes ordinarias.
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Relámenos técnicas. La jerarquía es Constitución, Tratados, Leyes. C.T.L. La Constitución manda sobre todo. Los tratados mandan sobre las leyes y las leyes obedecen a ambos. Apartado segundo. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94. Para salir de un tratado hay que seguir el mismo procedimiento que se usó para entrar.
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Si el tratado necesitó autorización de las Cortes para firmarse, pues necesitará autorización de las Cortes para denunciarse. Es una simetría perfecta. Genial, con todo esto cerramos el título tercero, 31 artículos del 66 al 96. que regulan cómo funciona el poder legislativo en España. Hemos visto cómo se componen las cortes, cómo trabajan, cómo se hacen las leyes,
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los decretos leyes, los tratados internacionales y las relaciones entre Congreso y Senado. En el próximo episodio empezamos el título work del gobierno y de la administración, donde veremos quién manda de verdad en el día a día. El poder ejecutivo entra en escena. Nos vemos en el siguiente episodio y vamos a por esa plaza.
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