Según el artículo 30 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, los plazos se computan conforme a sus reglas. Los plazos señalados por horas son hábiles y se cuentan de hora en hora desde la notificación o publicación, sin poder superar las veinticuatro horas (artículo 30.1). Los plazos señalados por días son hábiles y excluyen sábados, domingos y festivos (artículo 30.2). Los plazos en días se cuentan a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto, o desde el día siguiente a la estimación o desestimación por silencio (artículo 30.3). Los plazos fijados en meses o años se cuentan también desde el día siguiente a esos momentos (artículo 30.4).