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Conceptos del temario

Número de Identidad de Extranjero

Número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial, que se asigna a las personas extranjeras a efectos de identificación en sus relaciones con la Administración española.

Ámbito de estudio: Seguridad y emergencias, Administración

También se conoce como: NIE

El artículo 205 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, regula el número de identidad de extranjero (NIE).

Se asigna a efectos de identificación a las personas extranjeras que inician un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español, a quienes se les ha incoado un expediente administrativo en virtud de la normativa de extranjería, y a quienes se relacionan con España por razón de sus intereses económicos, profesionales, sociales o de cualquier otra índole (artículo 205.1).

El número debe figurar en todos los documentos que se les expidan o tramiten, salvo en los visados (artículo 205.2). La Dirección General de la Policía lo concede de oficio en los supuestos del apartado 1 (artículo 205.3). Quienes se relacionan con España por intereses económicos, profesionales o sociales pueden solicitarlo personalmente; el procedimiento se resuelve en el plazo de cinco días desde la entrada de la solicitud y, si transcurre ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada (artículo 205.4).

Por qué importa para opositores

No lo confundas con el DNI, que es el documento de identidad de los españoles, ni con la tarjeta de identidad de extranjero, que es un documento distinto regulado en el mismo reglamento. El NIE es el número identificador, no la tarjeta.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: una persona extranjera tramita una autorización de residencia. Desde el inicio del procedimiento se le asigna un NIE, que debe figurar en los documentos que se le expidan o tramiten, según el artículo 205.1 y 205.2 del reglamento.

Preguntas frecuentes

¿El NIE es lo mismo que la tarjeta de identidad de extranjero?

No. El NIE es un número identificador (artículo 205 del reglamento). La tarjeta de identidad de extranjero es el documento que se expide a la persona extranjera y se regula en el mismo reglamento.

¿Quién concede el NIE?

La Dirección General de la Policía. Lo concede de oficio en los supuestos del artículo 205.1 (artículo 205.3) y, para quienes se relacionan con España por intereses económicos o profesionales, a solicitud de la persona interesada (artículo 205.4).

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