La Policía Nacional es un instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada y ámbito de actuación nacional. La Ley Orgánica 9/2015 regula su régimen de personal y utiliza la denominación Policía Nacional. CNP abrevia Cuerpo Nacional de Policía, expresión que también aparece en disposiciones y convocatorias, incluida la de Escala Básica de 2026 consultada.
Su misión se vincula a proteger el ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Las funciones y su distribución se determinan por el ordenamiento jurídico, especialmente por la Ley Orgánica 2/1986. No debe confundirse con las policías de las comunidades autónomas, las policías locales ni la Guardia Civil.
Naturaleza civil no significa ausencia de jerarquía, disciplina o régimen específico. Sus escalas, categorías, acceso y situaciones administrativas deben estudiarse en la normativa propia. En una oposición, identificar PN o CNP permite reconocer el cuerpo; los requisitos y condiciones del proceso se verifican después en las bases y sus anexos.