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Conceptos del temario

Comisión de selección docente

La comisión de selección es el órgano que puede proponer en los procesos selectivos docentes, en su caso y según la convocatoria, junto con los tribunales.

Ámbito de estudio: Educación, Administración

También se conoce como: Comisiones de selección

Según el artículo 8.1 del Real Decreto 276/2007, los tribunales o, en su caso, las comisiones de selección podrán proponer, de acuerdo con lo que establezcan las respectivas convocatorias, la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas y ayudantes.

Por qué importa para opositores

Es una figura de los procesos selectivos docentes, que el RD 276/2007 menciona junto a los tribunales. No la confundas con la Comisión Permanente de Selección de la Administración General del Estado, que es un órgano distinto.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: en una convocatoria de una comunidad autónoma, la comisión de selección propone la incorporación de un asesor especialista para una prueba técnica.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con el tribunal?

El artículo 8.1 las menciona de forma alternativa («en su caso»); la convocatoria determina cuál se usa en cada proceso.

¿Quiénes forman los tribunales?

Funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes, según el artículo 7.1 del RD 276/2007.

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