El artículo 1 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, establece su objeto: las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales por las autoridades competentes con esos fines, incluida la protección frente a las amenazas a la seguridad pública y su prevención.
Se trata de un régimen específico, distinto del Reglamento general de protección de datos, que se aplica al tratamiento de datos por las autoridades competentes en el ámbito penal y de seguridad.