LOPDGDD significa Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Su referencia es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Su artículo 1 establece dos objetos: adaptar el ordenamiento español al RGPD y completar sus disposiciones, y garantizar los derechos digitales conforme a la Constitución. El título X desarrolla esta segunda materia.
La LOPDGDD y el RGPD se estudian conjuntamente. La ley española no sustituye al reglamento europeo. Tampoco debe confundirse la LOPDGDD con la antigua Ley Orgánica 15/1999, que fue derogada con las excepciones que recoge la disposición derogatoria. Fuente oficial: BOE-A-2018-16673, artículo 1 y disposición derogatoria única.