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Conceptos del temario

Dirección General de la Policía

Órgano del Ministerio del Interior, con rango de subsecretario, encargado de ordenar, dirigir, coordinar y ejecutar las misiones que las normas encomiendan a la Policía Nacional.

Ámbito de estudio: Seguridad y emergencias, Administración

También se conoce como: DGP

El artículo 3.1 del Real Decreto 207/2024, de la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, define la Dirección General de la Policía como el órgano del Ministerio encargado de la ordenación, dirección, coordinación y ejecución de las misiones que a la Policía Nacional encomienden las disposiciones vigentes. Su titular tiene rango de subsecretario y, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Seguridad, ejerce el mando directo de la Policía Nacional.

Entre sus funciones figuran dirigir, impulsar y coordinar los servicios y los órganos centrales y periféricos de la Policía Nacional (artículo 3.1.a) y distribuir los medios personales y materiales entre las unidades que la integran (artículo 3.1.b).

Por qué importa para opositores

En el temario, relaciona la Dirección General de la Policía con la Secretaría de Estado de Seguridad, de la que depende, y con la Policía Nacional, cuyo mando directo ejerce. No la confundas con la Policía Nacional como cuerpo: la Dirección General es el órgano que la dirige dentro del Ministerio.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: el titular de la Dirección General de la Policía distribuye los medios materiales entre las unidades de la Policía Nacional, en el ejercicio de la función del artículo 3.1.b del Real Decreto 207/2024.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿El titular de la Dirección General de la Policía tiene rango de subsecretario?

Sí. El artículo 3.1 del Real Decreto 207/2024 le atribuye rango de subsecretario.

¿Quién ejerce el mando directo de la Policía Nacional?

La persona titular de la Dirección General de la Policía, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Seguridad (artículo 3.1).

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