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Conceptos del temario

Derechos humanos

Derechos de la persona que la Constitución reconoce como fundamentales y que deben interpretarse de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados ratificados por España, según el artículo 10.2 de la Constitución.

Ámbito de estudio: Transversal, Justicia, Seguridad y emergencias

También se conoce como: DDHH

El artículo 10.2 de la Constitución dispone que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. Entre esos tratados figura el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950, cuyo instrumento de ratificación se publicó en el BOE en 1979. La Declaración Universal de Derechos Humanos fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948. Sirve de referencia para la interpretación de los derechos fundamentales, pero no sustituye a la Constitución ni a los tratados ratificados.

Por qué importa para opositores

En el temario, distingue los derechos fundamentales, que son los reconocidos en la Constitución, de los derechos humanos como referencia internacional de interpretación del artículo 10.2. Memoriza que el artículo 10.2 no crea derechos nuevos, sino que fija el criterio de interpretación.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: un tribunal interpreta la libertad de expresión que reconoce la Constitución conforme al Convenio Europeo, tal como exige el artículo 10.2 de la Constitución.

Preguntas frecuentes

¿El artículo 10.2 de la Constitución crea derechos?

No. Fija un criterio de interpretación: los derechos fundamentales se interpretan de conformidad con la Declaración Universal y los tratados ratificados por España.

¿Qué diferencia hay entre derechos humanos y derechos fundamentales?

Los fundamentales son los reconocidos en la Constitución. Los derechos humanos son el referente internacional, como la Declaración Universal y el Convenio Europeo, que orienta su interpretación.

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