La decisión es uno de los actos jurídicos de la Unión Europea enumerados en el artículo 288 del TFUE. Es obligatoria en todos sus elementos. Cuando el acto identifica destinatarios, su obligatoriedad queda referida únicamente a ellos.
La formulación vigente permite decisiones con destinatarios y decisiones sin destinatarios designados. Por eso no es correcto definir toda decisión europea como un acto que necesariamente se dirige a una persona o a un Estado concreto. Debe leerse el propio acto y su base jurídica.
Se distingue del reglamento por el alcance general que caracteriza a este último y de la directiva por la obligación de resultado que esta impone al Estado destinatario. También es diferente de las recomendaciones y dictámenes, que el artículo 288 declara no vinculantes. Su carácter legislativo depende del procedimiento de adopción.