La Comisión Europea es una institución de la Unión que promueve su interés general y adopta las iniciativas adecuadas para ese fin. El artículo 17 del TUE establece sus funciones y la independencia con la que deben actuar sus miembros.
Vela por la aplicación de los tratados y del Derecho de la Unión bajo el control del TJUE, ejecuta el presupuesto y gestiona programas. Como regla general, los actos legislativos se adoptan a propuesta de la Comisión, salvo cuando los tratados dispongan otra cosa. Proponer una norma no equivale a aprobarla por sí sola.
En el procedimiento legislativo ordinario, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptan conjuntamente el acto a propuesta de la Comisión. También existen competencias de la Comisión para adoptar actos delegados o de ejecución en las condiciones de los tratados. Su papel debe distinguirse del que corresponde a las otras instituciones.