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Conceptos del temario

Consorcio

Entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, creada por varias Administraciones Públicas o entidades del sector público institucional, entre sí o con participación de entidades privadas, para el desarrollo de actividades de interés común dentro de sus competencias, según el artículo 118 de la Ley 40/2015.

Ámbito de estudio: Administración

También se conoce como: Consorcios administrativos

El artículo 118.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, define los consorcios como entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, creadas por varias Administraciones Públicas o entidades integrantes del sector público institucional, entre sí o con participación de entidades privadas. Se crean para el desarrollo de actividades de interés común a todas ellas dentro del ámbito de sus competencias. El artículo 118.2 precisa que pueden realizar actividades de fomento, prestacionales o de gestión común de servicios públicos, y cuantas otras estén previstas en las leyes.

Por qué importa para opositores

En el temario de organización administrativa, memoriza que el consorcio es de derecho público, que lo crean varias Administraciones y que su objeto es un interés común dentro de las competencias de todas. No lo confundas con la fundación del sector público (artículo 128), que se constituye con una aportación mayoritaria.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: un Ayuntamiento y una Comunidad Autónoma crean un consorcio para gestionar en común un servicio de interés compartido dentro de sus competencias. Es una entidad de derecho público, según el artículo 118.1.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede crear un consorcio?

Varias Administraciones Públicas o entidades del sector público institucional, entre sí o con participación de entidades privadas (artículo 118.1 de la Ley 40/2015).

¿Para qué se crea?

Para actividades de interés común a todas ellas dentro del ámbito de sus competencias (artículo 118.1).

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