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Legislación y normas

Ayuntamiento

Órgano de gobierno y administración municipal, integrado por el Alcalde y los Concejales, según el artículo 19 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ámbito de estudio: Administración

El artículo 19.1 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que el gobierno y la administración municipal corresponden al ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales, salvo en los municipios que funcionen en régimen de Concejo Abierto.

El artículo 19.2 establece que los Concejales son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.

Por qué importa para opositores

En el temario de administración local, distingue el ayuntamiento como corporación municipal de sus miembros individuales. Memoriza que la excepción general es el régimen de Concejo Abierto (artículo 19.1).

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: un municipio que no funciona en régimen de Concejo Abierto tiene su gobierno y administración a cargo del ayuntamiento, formado por el Alcalde y los Concejales, según el artículo 19.1 de la LBRL.

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Quién integra el ayuntamiento?

El Alcalde y los Concejales (artículo 19.1 de la Ley 7/1985).

¿Cómo se eligen los Concejales?

Por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto (artículo 19.2 de la Ley 7/1985).

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