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Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales Art. 42-45 11 min

Ep. 27: Principios rectores: emigrantes, sanidad, cultura y medio ambiente

Este episodio cubre Art. 42-45 de la Constitución Española de 1978, dentro de Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales. Duración: 11 minutos.

Qué aprenderás en este episodio

  • ✓ Contenido completo de Art. 42-45 de la Constitución Española
  • ✓ Explicación articulada y fácil de memorizar para oposiciones
  • ✓ Claves para recordar los puntos más preguntados en exámenes

Transcripción completa

1664 palabras · 9 min de lectura

[0:00] Bienvenido a Red Opositor. Seguimos con los principios rectores del capítulo tercero. Hoy, cuatro artículos que tocan temas muy variados. Emigrantes españoles, sanidad, cultura y medio ambiente. Artículos 42 a 45. Y recuerda lo que dijimos en el episodio anterior.
[0:18] Todo lo que vemos en este capítulo son principios rectores, mandatos al legislador, pero no derechos directamente exigibles ante los tribunales. Vamos a ello. Artículo 42 El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.
[0:42] Un artículo breve con dos mandatos claros. Primero, el Estado debe proteger los derechos de los españoles que trabajan fuera. Segundo, la política del Estado debe orientarse a facilitar su retorno. Un poquito de contexto histórico. En las décadas de los 50 y 60, España vivió una migración masiva. Millones de españoles se fueron a Alemania, Francia, Suiza, Bélgica, a trabajar en las fábricas que reconstruían Europa tras la Segunda Guerra Mundial. Se calcula que entre 1960 y 1975 emigraron más de 2 millones de españoles. Era una auténtica sangría demográfica. Cuando se redactó la constitución en 1978, muchos de esos emigrantes seguían fuera. Sus derechos laborales dependían de la legislación del país de acogida y muchas veces estaban desprotegidos. Este artículo fue una respuesta directa a esta realidad. actualidad. Fíjate en que dice, orientará su política hacia su retorno. No dice, garantizará
[1:40] el retorno. Es una orientación, una directriz política, no un billete de vuelta garantizado. Dato curioso, con la crisis de 2008, este artículo volvió a estar de actualidad. Una nueva generación de españoles emigró a Alemania, Reino Unido, Irlanda, entre otros, lo llamaron la generación perdida. Y el debate sobre si el Estado cumplía con el artículo 42 se reabrió. ¿A ti te va una trampa de examen? Es un artículo que parece menor, pero cae de vez en
[2:07] cuando. La pregunta suele ser, ¿el Estado garantiza el retorno de los trabajadores españoles en el extranjero? No. Orienta su política hacia el retorno. No lo garantiza. Artículo 43. Y aquí viene uno de los artículos más tramposos de toda nuestra Constitución. Tres apartados. Apartado 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Lee esta frase otra vez.
[2:32] Derecho a la protección de la salud. Suena a derecho fundamental, ¿verdad? Pero no lo es. Esta es la trampa más peligrosa del capítulo tercero. El artículo 43 usa la palabra derecho, pero está ubicado en el capítulo tercero, que son los principios rectores.
[2:48] Su protección es la del artículo 53.3, como ya sabemos, no la del 53.1 ni la del 53.2. lo que significa la salud no tiene recursos de amparo, no tiene protección por procedimiento preferente y sumario y solo puede alegarse ante los tribunales según las leyes que la desarrollen. Dicho de otra forma, no puedes ir al tribunal constitucional y decir mi derecho a la salud del artículo 43 ha sido vulnerado.
[3:16] Tendrías que ir por la vía ordinaria y basándote en la legislación sanitaria, no directamente en la constitución. ¿Es importante la sanidad? Pues claro. ¿Es un servicio público esencial? Sin duda. ¿Es un derecho fundamental en sentido constitucionalmente estricto? No. La ley que desarrolla este principio rector es la Ley 14 barra 1986, General de Sanidad, y la Ley 16 barra 2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional
[3:45] de Salud. Ahí es donde se concretan los derechos sanitarios del ciudadano. apartado 2 compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios la ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto salud pública prevención prestación y servicios todo por ley los poderes públicos organizan y tutelan pero el desarrollo concreto lo hace la ley apartado
[4:16] 3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio. Y aquí hay un dato que sorprende. El deporte está en la constitución, no como artículo propio, sino dentro del artículo de la salud. Los constituyentes entendieron el deporte como parte de la salud pública, no como un fin en sí mismo. Y del ocio también. Facilitarán la adecuada utilización del ocio. En 1978 esto era bastante novedoso. La idea de que el Estado tiene algo que decir sobre cómo empleas tu tiempo libre pues era algo moderno.

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