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Conceptos del temario

Juez

Miembro de la Carrera Judicial que ejerce funciones jurisdiccionales en los órganos judiciales. Es una de las tres categorías de la carrera, junto con magistrado y magistrado del Tribunal Supremo (art. 299.1 LOPJ).

Ámbito de estudio: Justicia

También se conoce como: Jueza

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que las funciones jurisdiccionales en los órganos judiciales de todo orden se ejercen por jueces, juezas, magistrados y magistradas profesionales, que forman la Carrera Judicial (art. 298.1). La Carrera Judicial consta de tres categorías: magistrado del Tribunal Supremo, magistrado y juez (art. 299.1). El artículo 117.1 de la Constitución describe a jueces y magistrados como integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

Por qué importa para opositores

Pregunta clásica: la diferencia entre juez y magistrado está en la categoría de la carrera (art. 299.1 LOPJ), no en la función, que ambos ejercen (art. 298.1). El artículo 299 no ha sido modificado por la Ley Orgánica 1/2025, pero sí el 298, que ahora menciona expresamente a juezas y magistradas.

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Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: una persona que ejerce funciones jurisdiccionales en una sección civil de un Tribunal de Instancia pertenece a la Carrera Judicial en la categoría de juez, si lo es por su pertenencia a la carrera (art. 299.1 LOPJ).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre juez y magistrado?

Ambos forman la Carrera Judicial y ejercen funciones jurisdiccionales (art. 298.1 LOPJ). La diferencia es de categoría dentro de la carrera (art. 299.1 LOPJ).

¿Los jueces son independientes?

Sí. El artículo 117.1 CE dice que son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

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