Ir al contenido principal
¿Te ayudamos?
Legislación y normas

Evaluación de riesgos laborales

Evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, a partir de la cual el empresario planifica la acción preventiva, y que se actualiza cuando cambian las condiciones de trabajo (artículo 16 de la Ley 31/1995).

Ámbito de estudio: Transversal

También se conoce como: evaluación de riesgos

La acción preventiva en la empresa se planifica a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores (artículo 16.2, letra a, de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales), y las actividades preventivas necesarias se planifican con plazo, responsables y recursos (artículo 16.2, letra b). La evaluación inicial tiene en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad y las características de los puestos de trabajo y de los trabajadores que deban desempeñarlos, y se repite con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. Se actualiza cuando cambian las condiciones de trabajo y, en todo caso, se somete a consideración y se revisa, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido (artículo 16.2, letra a).

Por qué importa para opositores

Es el procedimiento de identificación de riesgos sobre el que se apoya la planificación preventiva; el concepto de riesgo que aplica está en el artículo 4.2.

sin compromiso

Dinos qué oposición preparas y te enviamos lo que tenemos.

Escribe tu oposición y tu correo: te enviamos por email lo que ya tenemos para ella. Si hay pack, tu correo lleva además un código personal del 10 % válido 14 días; si aún no lo hemos preparado, tu reserva nos dice qué preparar primero y te avisamos con el mismo descuento.

De ella depende el material y el código que te enviamos.

Ejemplo práctico

Ejemplo hipotético: una empresa cambia los equipos de trabajo de su taller. Debe evaluar de nuevo los riesgos asociados, porque la evaluación se actualiza cuando cambian las condiciones de trabajo (artículo 16.2, letra a).

Fuentes y revisión

Revisado el

Preguntas frecuentes

¿Quién planifica la acción preventiva?

El empresario, a partir de la evaluación inicial (artículo 16.2, letra b, de la Ley 31/1995).

¿Cuándo debe repetirse la evaluación?

Cuando cambien las condiciones de trabajo y, en su caso, con ocasión de daños para la salud producidos (artículo 16.2, letra a).

Descarga gratis los artículos clave de la Constitución

Recibe en tu email un PDF con los artículos más preguntados en oposiciones, organizados por títulos y con notas de estudio.

Descargar guía gratuita