El artículo 22 del Código Penal enumera las circunstancias agravantes. Entre ellas figuran ejecutar el hecho con alevosía, que el precepto define como la comisión de delitos contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar la ejecución sin riesgo para el autor procedente de la defensa de la víctima (artículo 22.1). El número 4.º agrava cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación, entre ellos por razones de género (artículo 22.4). El número 5.º agrava aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando padecimientos innecesarios para la ejecución del delito (artículo 22.5). El número 6.º agrava obrar con abuso de confianza (artículo 22.6).