Guía del opositor 2026: fases y plazos del proceso selectivo
Una guía del opositor no es un temario ni una lista de consejos de estudio: es el mapa del proceso administrativo que va desde que se anuncia una plaza hasta que alguien toma posesión de ella. Ese mapa tiene siete fases y, en dos de ellas, el plazo legal decide más candidaturas que el examen. Esta guía las recorre en orden, con lo que se publica en cada una, cuánto tiempo concede la norma y de qué artículo sale, para que sepas en todo momento en qué punto del proceso estás y qué tienes que hacer antes de que se cierre la ventana.
Qué es y qué no es una guía del opositor
Una guía del opositor sirve para dos cosas muy concretas: entender el sistema de acceso al empleo público español y no perder ninguna de las citas administrativas que ese sistema impone. No sirve para aprobar. Aprobar depende del temario de tu cuerpo, de tus horas y de tu método de estudio, y eso es otra conversación.
La confusión es habitual y cuesta dinero. Quien busca «guía del opositor» muchas veces está buscando dos productos distintos a la vez: el mapa del proceso y el material de su oposición. Son cosas separadas. El proceso se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público y por el reglamento de ingreso de la administración que convoca; el temario lo fija la convocatoria de tu cuerpo y no se parece al de al lado.
Esta pieza cubre la primera parte entera. La segunda se resuelve, opositor por opositor, con el temario y el banco de preguntas de cada convocatoria.
El proceso selectivo en una tabla: siete fases
El esquema vale para cualquier administración, aunque cada una lo module con su normativa. Los plazos que aparecen son los de la Administración General del Estado, que es donde están regulados con más detalle; en comunidades y ayuntamientos hay que confirmarlos con sus bases, y esta guía lo dice cada vez que importa.
| Fase | Qué se publica | Plazo legal | Norma |
|---|---|---|---|
| 1. Oferta de empleo público | El compromiso de convocar plazas, en el diario oficial | Ejecución dentro de tres años improrrogables | TREBEP, art. 70 |
| 2. Convocatoria y bases | Plazas, requisitos, pruebas, programa y tribunal | Sin plazo único: lo fija la oferta | TREBEP, art. 55; RD 364/1995, art. 16 |
| 3. Solicitudes | Apertura y cierre del plazo de instancias | 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOE | RD 364/1995, art. 18.1 |
| 4. Admitidos y excluidos | Listas y fecha de comienzo de los ejercicios | Un mes como máximo; 10 días hábiles para subsanar | RD 364/1995, art. 20.1; Ley 39/2015, art. 68 |
| 5. Ejercicios | Pruebas y calificación | Lo fija la convocatoria | TREBEP, art. 61 |
| 6. Aprobados | Relación por orden de puntuación; curso selectivo o prácticas si se prevén | Lo fija la convocatoria | RD 364/1995, arts. 22 y 24 |
| 7. Nombramiento y posesión | Nombramiento en el diario oficial y toma de posesión | El plazo que se establezca | TREBEP, art. 62 |
Esta tabla es el esqueleto de la guía. Las secciones que vienen lo rellenan fase a fase.
Fase 1. La oferta de empleo público: la plaza existe antes de convocarse
Las plazas no aparecen por sorpresa. Antes de que exista una convocatoria, la administración aprueba su oferta de empleo público, el instrumento con el que declara qué necesidades de personal va a cubrir con gente de nuevo ingreso y con qué dinero. El artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público exige tres cosas que conviene tener grabadas:
- Se aprueba anualmente por los órganos de gobierno de cada administración.
- Se publica en el diario oficial correspondiente.
- Su ejecución debe desarrollarse dentro de un plazo improrrogable de tres años.
Ese plazo de tres años es la razón por la que a veces ves convocatorias de plazas aprobadas dos o tres ejercicios antes. Y la oferta puede incluir hasta un diez por cien de plazas adicionales sobre las comprometidas, precisamente para no quedarse corta si alguien renuncia o no supera el proceso.
Para el opositor, la oferta de empleo público es información de primer nivel: es donde se sabe cuántas plazas hay de verdad y de qué cuerpos, meses antes de que salgan las bases. Seguirla permite elegir a qué prepararse con datos en la mano en lugar de con la lista de una academia.
Fase 2. La convocatoria y las bases: lo que hay que leer antes de pagar la tasa
La convocatoria es el documento que abre el proceso, y las bases son su parte normativa: las reglas que se aplican a esa oposición concreta. El Estatuto fija los principios que las gobiernan —publicidad de las convocatorias y de sus bases, transparencia, imparcialidad, independencia técnica del tribunal, adecuación entre pruebas y funciones, y agilidad— en su artículo 55.
El reglamento de ingreso del Estado, en su artículo 16, detalla el contenido mínimo que una convocatoria debe incluir. Es una lista que funciona como lista de comprobación para cualquier opositor, también en comunidades y ayuntamientos, porque casi todas las copian:
- Número y características de las plazas convocadas.
- Declaración expresa de que no se puede superar el proceso más aspirantes que plazas hay.
- Órgano, centro o unidad a la que se dirigen las solicitudes.
- Requisitos que hay que reunir.
- Sistema selectivo: oposición o concurso-oposición.
- Pruebas que se van a celebrar y méritos que se van a valorar.
- Tribunal calificador o comisión de selección.
- Sistema de calificación.
- Programa que rige las pruebas.
Cuando leas una convocatoria, esos nueve puntos son los que tienes que localizar. Si te falta alguno, o la has leído en diagonal, o está en un anexo que no has abierto.
Fase 3. La solicitud: veinte días que no se negocian
Aquí está la primera trampa de calendario. En los procesos de la Administración General del Estado, la solicitud se presenta en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Lo dice el artículo 18.1 del Reglamento General de Ingreso.
Son días naturales, no hábiles: los sábados, los domingos y los festivos cuentan. En cambio, muchas bases de comunidades autónomas y de ayuntamientos fijan veinte días hábiles y descuentan los festivos, incluidos los locales del municipio. De ahí salen las dos fechas de cierre distintas que circulan para procesos que parecen el mismo: no es un error de nadie, es que la base que manda es otra.
Dos detalles prácticos que ahorran disgustos:
- Basta con declarar en la solicitud que reúnes los requisitos. No hay que presentar los documentos por adelantado, pero la declaración se refiere siempre a la fecha en que expira el plazo: si te titulas después de esa fecha, no vales para ese proceso.
- La tasa se paga antes de presentar y hay que guardar el justificante. Si la solicitud se presenta sin el pago acreditado, es una de las causas típicas de exclusión, y las exclusiones se arreglan en diez días o no se arreglan.
Fase 4. Admitidos y excluidos: el plazo de diez días que más plazas tira
Cerrado el plazo de solicitudes, la administración publica la resolución con la lista de aspirantes admitidos y excluidos. El artículo 20.1 del reglamento estatal fija tres cosas de golpe:
- La resolución se dicta en el plazo máximo de un mes desde que expira el plazo de presentación de solicitudes.
- La resolución abre un plazo de diez días hábiles para subsanar.
- En esa misma resolución se determina el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios y, si procede, el orden de actuación de los aspirantes.
Ese plazo de subsanación aparece también, con carácter general, en el artículo 68 de la Ley 39/2015: si una solicitud no reúne los requisitos, se requiere al interesado para que los complete en diez días, con la advertencia de que, si no lo hace, se le tendrá por desistido.
La consecuencia es incómoda pero cierta: perder esos diez días equivale a no haberse presentado. No hay recurso que arregle un plazo de subsanación no atendido. Por eso la primera tarea después de presentar la solicitud no es estudiar más, es vigilar la publicación de las listas en la sede que indique la convocatoria.
Fase 5. Los ejercicios: qué te pueden pedir y cómo se puntúa
El sistema selectivo de los funcionarios de carrera es la oposición o el concurso-oposición, y en ambos casos tiene que haber una o varias pruebas dirigidas a determinar la capacidad de los aspirantes y a establecer el orden de prelación. Lo fija el artículo 61 del Estatuto. La valoración de méritos, cuando existe, no puede determinar por sí sola el resultado del proceso.
Ese mismo artículo enumera lo que puede caer en las pruebas: conocimientos y capacidad analítica expresados de forma oral o escrita, ejercicios que demuestren habilidades y destrezas, dominio de lenguas extranjeras y, cuando la convocatoria lo prevea, pruebas físicas. Además, para asegurar la objetividad, el proceso puede completarse con cursos, periodos de prácticas, exposición curricular, pruebas psicotécnicas, entrevistas y reconocimientos médicos.
Para el personal laboral fijo los sistemas son oposición, concurso-oposición o concurso de valoración de méritos. Casi todo lo demás —tipo de examen, penalización de los errores, nota de corte, si el ejercicio es eliminatorio— lo decide la convocatoria, y por eso el temario y los exámenes de dos cuerpos distintos se parecen tan poco.
El número de temas que puedes asumir, el tiempo de preparación y el tipo de esfuerzo cambian mucho entre cuerpos. Si estás en ese punto, la pieza sobre cuántos temas tiene una oposición según tu tiempo te da el cálculo con tus propias horas.
Fase 6. Aprobados, curso selectivo y periodo de prácticas
Terminada la calificación, el tribunal publica la relación de aprobados por orden de puntuación y la eleva a la autoridad competente, que la publica en el diario oficial. Los actos que ponen fin al proceso selectivo tienen que estar motivados.
Hay una distinción que se pasa por alto y que cambia el calendario de cualquiera. La convocatoria puede incluir, además de las pruebas, un curso selectivo o un periodo de prácticas. En el primer caso, el número de aprobados en las pruebas puede ser superior al de plazas convocadas, porque el curso todavía filtra; en el segundo, no. Quien no supera el curso selectivo pierde el derecho a ser nombrado funcionario de carrera, mediante resolución motivada. Estos dos supuestos están en los artículos 22 y 24 del reglamento estatal.
Fase 7. Nombramiento y toma de posesión
El último tramo no es un trámite: es la adquisición de la condición de funcionario de carrera, y el artículo 62 del Estatuto la hace depender de cuatro actos sucesivos:
- Superar el proceso selectivo.
- Ser nombrado por el órgano competente, con publicación del nombramiento en el diario oficial.
- Acatar la Constitución y, en su caso, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento.
- Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.
Y un quinto requisito que funciona como cierre: quien no acredite, una vez superado el proceso, que reúne los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, queda sin efecto. Un título que no se presenta a tiempo invalida un examen aprobado.
Los requisitos generales, uno a uno
El artículo 56 del Estatuto enumera lo que hace falta para participar en cualquier proceso selectivo, con independencia del cuerpo:
- Nacionalidad española, sin perjuicio de lo que el artículo siguiente prevé para determinados supuestos.
- Capacidad funcional para desempeñar las tareas.
- Dieciséis años cumplidos y no superar, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. Otra edad máxima solo puede fijarla una ley.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
- Poseer la titulación exigida.
A eso se pueden añadir requisitos específicos, siempre que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones del puesto y se establezcan de forma abstracta y general. Los grupos de titulación —A1, A2, B, C1 y C2— son el filtro más habitual: si quieres comprobar qué te habilita tu título, está explicado en la guía de grupos de funcionarios y titulaciones, y el detalle de edad, nacionalidad y titulación por tipo de oposición, en la de requisitos para opositar en España.
Glosario mínimo del opositor
Las palabras del proceso se repiten en todas las convocatorias y casi nadie las define al principio.
- Oferta de empleo público (OEP): el compromiso anual de plazas de una administración.
- Bases: las reglas de esa convocatoria concreta; mandan por encima de cualquier costumbre.
- Turno libre: el acceso sin relación previa de servicio. Si dudas entre vías, está explicado en qué significa turno libre.
- Promoción interna: el acceso reservado a quien ya es personal de la administración.
- Concurso-oposición: pruebas más valoración de méritos.
- Nota de corte: la puntuación mínima que deja fuera o dentro a los aspirantes.
- Bolsa de trabajo: la lista de reserva que se usa para cubrir vacantes temporales.
- Toma de posesión: el acto administrativo con el que se cierra el proceso.
Con este vocabulario se lee una convocatoria sin traductor, y eso ahorra errores caros: la mitad de las dudas de un opositor que empieza son de vocabulario, no de contenido.
Los cinco errores de calendario que cuestan un año
- Presentarse el último día. Si el sistema de la sede cae o falta el justificante del pago, no hay prórroga.
- No mirar las listas de admitidos. El plazo de subsanación es de diez días hábiles y se agota solo.
- Confundir días naturales con hábiles. Veinte naturales son menos de tres semanas; veinte hábiles, casi cuatro.
- Preparar una sola convocatoria y no presentarse a las demás. El proceso se elige también por calendario: dos exámenes el mismo día son uno.
- Dejar la titulación o el certificado para después del examen. La acreditación se exige al final del proceso y su falta anula todo lo aprobado.
Un plan de trabajo realista empieza por esas cinco casillas y no por el tema uno. Si lo que te falta es justo el paso previo, el artículo sobre por dónde se empieza una oposición ordena la decisión por familias de convocatoria.
Qué no te resuelve esta guía y dónde sigue el trabajo
Esta guía te deja entender el proceso y no perder ninguna cita. No te da el temario de tu cuerpo, ni los test, ni la planificación de tus horas. Ese segundo trabajo es el que decide si apruebas, y se hace con material de tu oposición concreta.
Si lo que quieres es el método completo —cómo sacar de tus bases los siete datos que lo deciden todo, cómo calcular las horas que te pide tu temario, cómo estudiar con recuperación y repaso espaciado, cómo se calcula la nota de un test con penalización y cómo se resuelve un supuesto práctico—, ese material existe como producto independiente: Mi primera oposición: la guía de método. Es una guía de método, no un temario, y lo dice en su primera unidad.
Para elegir destino hay tres puertas de entrada que conviene tener guardadas: las convocatorias con plazo abierto, el calendario de oposiciones de 2027 y el listado de tipos de oposiciones. Y si estás compaginando estudio y trabajo, el reparto realista de horas está en cómo preparar una oposición trabajando.
Fuentes
Los plazos y las fases de esta guía están tomados del texto consolidado del Boletín Oficial del Estado, consultado el 2 de noviembre de 2026:
- Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículos 55, 56, 61, 62 y 70.
- Real Decreto 364/1995, Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, artículos 16, 18, 20, 22 y 24.
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 68.
Los plazos del reglamento estatal son los de la Administración General del Estado. En comunidades autónomas, diputaciones y ayuntamientos manda la base de cada convocatoria, y esta guía no sustituye su lectura.
Artículos relacionados
Oposiciones Conserje Las Rozas de Madrid 2026: resumen
Resumen de las Oposiciones Conserje Las Rozas de Madrid 2026: 10 plazas, concurso-oposición, requisitos, plazo, tasa, examen y los 16 temas del temario.
Oposiciones Conserje Las Rozas de Madrid: ¿puedo presentarme?
Comprueba si cumples los requisitos para presentarte a las Oposiciones Conserje Las Rozas de Madrid: nacionalidad, edad, titulación, tasas y documentación.
Resumen 2026: Bloque específico de Fontanería · Móstoles
Todo lo que se sabe de la oposición de Oficial de Servicios de Fontanería del Ayuntamiento de Móstoles 2026: plazas, requisitos, examen, temario y dudas.