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oposiciones · convocatoria

Sepulturero/a en Ubrique 2026: 1 plaza y 20 días de plazo

17 min de lectura

Oposición a Sepulturero/a en el Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz): 1 plaza de laboral fijo en turno libre, 20 días hábiles de plazo, requisitos y temario.

El Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz) convoca una sola plaza de Sepulturero/a de su plantilla de personal laboral fijo, del grupo AP (Agrupaciones Profesionales), mediante el sistema de concurso-oposición en turno libre. Las bases las aprobó la Junta de Gobierno Local el 25 de agosto de 2026 y se publicaron íntegras en el BOP de Cádiz núm. 174, de 9 de septiembre de 2026; el extracto salió en el BOJA núm. 183, de 21 de septiembre de 2026 y la convocatoria llegó al BOE el 28 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-20058). El plazo de solicitudes es de veinte días hábiles desde el día siguiente a esa publicación en el BOE: empezó el martes 29 de septiembre de 2026 y, sin contar festivos locales, se cierra el martes 27 de octubre de 2026. No se exige titulación académica, las bases no fijan tasa de examen y el proceso termina con un nombramiento como laboral fijo.

Datos clave de la convocatoria

DatoDetalle
OrganismoAyuntamiento de Ubrique (Cádiz)
PlazaSepulturero/a
Plazas convocadas1
Grupo y vínculoGrupo AP (Agrupaciones Profesionales) · personal laboral fijo, provisión en propiedad
Sistema y turnoConcurso-oposición · turno libre
Oferta de empleo públicoOEP 2026, publicada en el BOP de Cádiz núm. 116, de 19 de junio de 2026
BasesBOP de Cádiz núm. 174, de 9 de septiembre de 2026 (inserción 281.084), aprobadas el 25 de agosto de 2026
Extracto en el BOJABOJA núm. 183, de 21 de septiembre de 2026 (anuncio de 14 de septiembre de 2026, PP. 1781/2026)
Convocatoria en el BOEBOE núm. 239, de 28 de septiembre de 2026, páginas 126639 (BOE-A-2026-20058), Resolución de 22 de septiembre de 2026
Plazo de solicitud20 días hábiles desde el 29 de septiembre de 2026 · cierre previsible el 27 de octubre de 2026
Dónde se presentaRegistro General del Ayuntamiento de Ubrique, La Plaza 1, código postal 11600
Requisitos de accesoSin titulación académica; certificado de escolaridad y carné de conducir tipo B
TasaLas bases publicadas no fijan tasa de examen

Un aviso antes de empezar: en el mismo BOP de Cádiz núm. 174 el ayuntamiento publicó otras dos convocatorias distintas, la de Dinamizador/a de Programas, Proyectos y Eventos y la de Inspector/a de Obras. No se mezclen: cada una tiene sus propias bases, su propio temario y su propio plazo. Esta página trata solo la de Sepulturero/a.

Requisitos de los aspirantes

La base tercera de las bases pide reunir, de acuerdo con el artículo 56 del TREBEP y antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • a) Nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del TREBEP, que abre la puerta a los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, de Suiza o del Espacio Económico Europeo.
  • b) Capacidad funcional para el desempeño de las tareas asignadas al puesto; después de la propuesta hay que acreditarla con un certificado médico oficial.
  • c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Si el aspirante es nacional de otro Estado, no debe hallarse inhabilitado ni haber sido sancionado de forma equivalente en su país.
  • e) Estar en posesión del certificado de escolaridad, o cumplidas las condiciones para su obtención en la fecha de finalización del plazo.
  • f) Estar en posesión del carné de conducir tipo B.

Los requisitos se poseen como fecha límite el último día del plazo de presentación: si cumples dieciséis años o recibes el certificado de escolaridad unos días antes del cierre, cuenta.

Cómo es el proceso selectivo

El proceso es de concurso-oposición y se divide en dos fases: la oposición, que vale 60 puntos, y el concurso de méritos, que vale 40. La oposición consta de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios: no superar el primero impide presentarse al segundo. El orden de actuación de los aspirantes se inicia alfabéticamente, conforme a la resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública que publica el resultado del sorteo.

En cualquier momento el tribunal puede pedir la identidad de los aspirantes, que acuden con DNI, pasaporte o carné de conducir.

Fase 1. Oposición — 60 puntos

Primer ejercicio. Un cuestionario tipo test de 30 preguntas que abarca la totalidad del temario del Anexo II, con cuatro respuestas por pregunta de las que solo una es correcta. Se contesta en las hojas o plantillas que facilita el tribunal, que puede proponer 5 preguntas de reserva por si alguna se anula. La puntuación es de +1 punto por acierto, −0,25 por error y 0 por dejar la pregunta en blanco, con un máximo de 40 minutos. Este ejercicio vale 30 puntos y hay que alcanzar un mínimo de 15,00 puntos para seguir, garantizándose hasta ese momento el anonimato de los aspirantes. Las preguntas pueden incluir aspectos teóricos y prácticos.

Terminada la prueba, el tribunal publica la plantilla de preguntas y respuestas en el tablón electrónico y concede tres días hábiles para reclamar o impugnar antes de publicar las calificaciones.

Segundo ejercicio. Una prueba práctica de carácter manual y no escrita relacionada con las funciones propias del puesto de sepulturero/a. Los aspirantes manipulan herramientas, maquinaria, materiales e instrumentos que pone a su disposición el Ayuntamiento de Ubrique. El tribunal explica la prueba antes de empezar y señala el tiempo máximo. Se valora especialmente la capacidad resolutiva, la agilidad de la solución adoptada, la metodología aplicada y la calidad de la ejecución del supuesto, con los criterios que el tribunal publica junto con el anuncio de convocatoria del ejercicio. Vale 30 puntos y también exige un mínimo de 15,00 puntos.

La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, salvo fuerza mayor acreditada, decae en el derecho a participar en ese y en los siguientes.

Fase 2. Concurso — 40 puntos

Solo entran en el concurso quienes superan la oposición. Los méritos se alegan referidos, como máximo, al último día de presentación de instancias.

A) Experiencia profesional — hasta 30 puntos. Se valora la experiencia en el ámbito de las Administraciones públicas y en empresas privadas:

  • 0,20 puntos por mes completo de experiencia en puestos de categoría igual a la convocada, en cualquier Administración pública.
  • 0,15 puntos por mes completo de la misma experiencia, en puestos de la misma categoría, en empresas privadas.

Los dos criterios son incompatibles entre sí si el mismo periodo se desarrolló en los dos ámbitos. No se valoran las relaciones de colaboración social ni los contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios. La experiencia en Administración se justifica con un certificado de la Administración donde consten periodo, cuerpo y tipo de contrato, o con informe de vida laboral acompañado de los contratos; la de empresa privada, con informe de vida laboral y copia de los contratos que indiquen la categoría profesional.

B) Formación — hasta 10 puntos. Con dos bloques:

  • Formación profesional específica: 5 puntos, por estar en posesión del Certificado Profesional de nivel 1 SSCI0212 «Actividades funerarias y de mantenimiento en cementerios», o de un certificado, título, acreditación profesional oficial o cualificación equivalente que lo sustituya.
  • Otras actividades formativas: hasta 5 puntos, por cursos directamente relacionados con las funciones de la categoría de sepulturero/a, con prevención de riesgos laborales o con materias transversales, a razón de 0,05 puntos por hora. Tienen que estar impartidos, organizados u homologados por la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, la Administración Local, organismos y entidades de derecho público de esas administraciones con competencias formativas, o por organizaciones sindicales en el marco del acuerdo de formación continua.

Desempates. Si dos o más aspirantes empatan: primero, mejor calificación en el primer ejercicio; segundo, mejor apartado de experiencia del concurso; tercero, mejor calificación en el segundo ejercicio; y en último lugar, sorteo público ante la secretaría del tribunal.

Qué pasa después: propuesta, nombramiento y bolsa

La relación de aprobados se publica en el tablón electrónico del Ayuntamiento y el número de aprobados no puede superar el de plazas convocadas, es decir, una sola persona. Esa propuesta se eleva a la concejalía delegada de Recursos Humanos y Empleo para la formalización del contrato como laboral fijo.

La persona propuesta tiene veinte días hábiles desde la proclamación para acreditar los requisitos con:

  • copia auténtica del DNI, pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad;
  • declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni incapacitado para el ejercicio de funciones públicas;
  • certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para las tareas del puesto.

Quien no presente esa documentación en plazo no puede formalizar la contratación y la plaza pasa al aspirante siguiente en el orden de calificación. El nombramiento como personal laboral fijo se publica en el BOP y en el tablón electrónico, y la persona seleccionada debe formalizar el contrato e incorporarse en el plazo de un mes desde el día siguiente a esa publicación; si no lo hace sin causa justificada, decae en sus derechos.

Bolsa de trabajo. Quienes superen todas o alguna de las pruebas sin obtener plaza pasan a una bolsa ordenada por la puntuación total, con preferencia por quien haya aprobado más ejercicios. La bolsa dura tres años desde su aprobación, con prórroga solo excepcional, y se rige por el Reglamento de Gestión de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Ubrique vigente. La inclusión no da derecho a nombramiento: es una mera expectativa que puede quedar sin efecto.

Tribunal calificador. Cinco miembros —presidente, tres vocales y secretario con voz pero sin voto— de composición técnica, con paridad entre mujeres y hombres. No pueden formar parte el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos ni el personal eventual. Para constituirse hacen falta presidente y secretario, o quienes les sustituyan, y al menos dos de los tres vocales.

Recursos. Contra la convocatoria cabe recurso de reposición ante la Junta de Gobierno en un mes desde la publicación en el BOP, o recurso contencioso-administrativo en dos meses ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Jerez de la Frontera o el que corresponda.

Temario: los 11 temas del Anexo II

A) Materias generales

  1. La Constitución Española de 1978: características, estructura y contenido. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. Organización básica del Estado: la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno y el Poder Judicial.
  2. La Administración Local. El municipio: concepto y elementos. Organización municipal: el alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno. Competencias municipales y servicios de competencia municipal, con especial referencia al servicio de cementerio.
  3. El procedimiento administrativo común. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

B) Materias específicas

  1. El Decreto 95/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía. Objeto y competencias. Definiciones. Clasificación sanitaria de los cadáveres. Destino final de cadáveres, restos cadavéricos, restos humanos y cenizas. Normativa estatal de aplicación supletoria.
  2. Prácticas de sanidad mortuoria. Inhumación, cremación, exhumación y reducción de cadáveres y restos cadavéricos. Conducción y traslado. Féretros, cajas de restos y recipientes funerarios. Condiciones y documentación básica necesaria para estas operaciones.
  3. Cementerios: condiciones sanitarias, instalaciones, equipamientos y servicios. Fosas, sepulturas, nichos y columbarios. Osarios y zonas destinadas a cenizas. Condiciones básicas de utilización y cierre de unidades de enterramiento. Registro de inhumaciones, cremaciones y exhumaciones. Apertura y clausura de cementerios.
  4. Funciones y trabajos propios del Sepulturero/a. Preparación y acondicionamiento de unidades de enterramiento. Apertura y cierre de nichos y sepulturas. Operaciones de inhumación, exhumación y reducción de restos. Recogida, manipulación y traslado interno de restos y cenizas. Organización básica de los trabajos y actuación conforme a las instrucciones del servicio.
  5. Conceptos básicos de albañilería aplicados a los trabajos de cementerio. Cementos, morteros, áridos, ladrillos, bloques y materiales de sellado e impermeabilización. Preparación y aplicación de morteros. Herramientas manuales y pequeña maquinaria. Apertura, cierre, sellado y reparaciones básicas de nichos, sepulturas y otros elementos constructivos.
  6. Mantenimiento y conservación del cementerio. Cubiertas e impermeabilizaciones. Pavimentos, paramentos, cerramientos, vallas y mobiliario. Operaciones básicas de mantenimiento de instalaciones. Limpieza de dependencias y zonas comunes. Limpieza y desinfección de herramientas, equipos y zonas de trabajo. Nociones básicas de mantenimiento de jardines y zonas verdes.
  7. Herramientas, maquinaria y equipos utilizados en los trabajos de cementerio. Uso seguro y mantenimiento básico. Equipos de elevación y traslado de féretros y cargas. Carretillas y medios auxiliares. Escaleras y andamios. Orden, limpieza y conservación de herramientas y equipos.
  8. Prevención de riesgos laborales aplicada al puesto de Sepulturero/a. Ley 31/1995, de 8 de noviembre: principios básicos de la acción preventiva. Riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, caídas, trabajos en altura, utilización de herramientas y maquinaria y exposición a agentes biológicos. Medidas higiénicas y preventivas. Equipos de protección individual. Actuación segura en inhumaciones, exhumaciones y manipulación de restos.

El reparto es el habitual en esta familia: tres temas de derecho común que se comparten con casi cualquier oposición local y ocho de oficio, donde está la parte que decide el examen. Por eso el primer ejercicio, que pesa la mitad de la oposición, se prepara sobre los dos bloques a la vez.

Cómo presentar la solicitud

La solicitud se cumplimenta según el modelo del Anexo I de las bases y se dirige a la concejala delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Ubrique, La Plaza 1, código postal 11600. Puede presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de esa misma dirección, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (sede electrónica y registro administrativo).

Hay que acompañar, como única documentación, fotocopia simple del DNI (o de la documentación acreditativa del artículo 57 del TREBEP para extranjeros) y fotocopia simple del carné de conducir tipo B. La no presentación de la documentación necesaria es causa de exclusión, y una vez expirado el plazo no se admite ninguna documentación adicional.

Son causas de exclusión no subsanables la presentación fuera de plazo y el incumplimiento de los requisitos.

Después, la concejalía aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, con causa de exclusión, que se publica en el BOP y en el tablón electrónico del Ayuntamiento, y abre diez días hábiles para subsanar errores o solicitar la inclusión. Transcurrido ese plazo se dicta resolución con la lista definitiva, y en esa misma publicación se indican el día, hora y lugar del primer ejercicio y la composición nominal del tribunal. Los sucesivos anuncios —admitidos, calendario, pruebas y aprobados— se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su web, https://ayuntamientoubrique.es.

Cómo preparar esta oposición

El temario combina el bloque común de las oposiciones municipales —Constitución, Administración Local y procedimiento administrativo— con un bloque de oficio centrado en sanidad mortuoria, funcionamiento del cementerio, albañilería, mantenimiento, maquinaria y prevención de riesgos. Para ese perfil está el Pack Personal de Servicios y Subalternos (Grupo E/AP) 2026, la parte común de oficios y subalternos que comparten convocatorias como esta, con su banco de preguntas y sus simulacros.

Si vienes de cero, dos piezas ayudan a orientarse: qué es el Grupo E/AP y qué plazas salen sin titulación y los bloques de temario que se repiten en casi todas las bases de personal de servicios y subalternos. Como referencia cercana de la misma familia, la convocatoria de peón sepulturero en Albatera 2026 y la de 2 plazas de oficial de cementerio en Algemesí. Y si te interesa Ubrique pero otro cuerpo, el mismo ayuntamiento convoca también Dinamizador/a de Programas, Proyectos y Eventos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas de sepulturero convoca el Ayuntamiento de Ubrique en 2026?

Una sola plaza de Sepulturero/a, vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Ubrique, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2026 y provista en propiedad mediante concurso-oposición en turno libre.

¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud de la plaza de sepulturero de Ubrique?

Veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, que tuvo lugar el 28 de septiembre de 2026. El plazo empezó el martes 29 de septiembre de 2026 y, sin festivos locales en el tramo, se cierra el martes 27 de octubre de 2026. Una vez terminado no se admite documentación adicional.

¿Qué pruebas hay que superar en la oposición de sepulturero de Ubrique?

Dos ejercicios eliminatorios que suman 60 puntos. El primero es un test de 30 preguntas con cuatro opciones y una sola correcta, en un máximo de 40 minutos, con un punto por acierto y una penalización de 0,25 por error; hace falta un mínimo de 15 puntos. El segundo es una prueba práctica manual y no escrita con las herramientas y la maquinaria que pone el Ayuntamiento, también con un mínimo de 15 sobre 30.

¿Qué temario entra en la oposición de sepulturero de Ubrique?

Once temas recogidos en el Anexo II de las bases. Tres de materias generales, la Constitución de 1978, la Administración Local con especial referencia al servicio de cementerio y el procedimiento administrativo común; y ocho de materias específicas, el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía, las prácticas de sanidad mortuoria, los cementerios, las funciones del sepulturero, la albañilería aplicada al cementerio, su mantenimiento, las herramientas y maquinaria, y la prevención de riesgos laborales del puesto.

¿Qué requisitos piden para la plaza de sepulturero de Ubrique?

Nacionalidad española o los derechos del artículo 57 del TREBEP, capacidad funcional, dieciséis años cumplidos sin exceder la edad de jubilación forzosa, no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado, certificado de escolaridad o las condiciones para obtenerlo, y carné de conducir tipo B. Todos ellos hay que tenerlos el último día del plazo de solicitud.

¿Cuánto puntúa el concurso y qué méritos se valoran en Ubrique?

La fase de concurso vale 40 puntos: experiencia profesional hasta 30 puntos, con 0,20 por mes en Administración Pública y 0,15 por mes en empresa privada en puestos de la misma categoría; y formación hasta 10 puntos, con 5 por el certificado profesional de nivel 1 en actividades funerarias y mantenimiento de cementerios y hasta 5 más por otros cursos a razón de 0,05 por hora.

¿Hay que pagar tasa de examen en la convocatoria de sepulturero de Ubrique?

Las bases publicadas en el BOP de Cádiz no fijan ninguna tasa de examen ni tampoco exigen una titulación académica concreta para presentarse; sí piden el certificado de escolaridad y el carné de conducir tipo B.

Fuentes oficiales

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