Según el artículo 89.2, las proposiciones de ley que tome en consideración el Senado:
Explicación
El artículo 89.2 CE: «Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición». La proposición no se aprueba en el Senado: pasa al Congreso.