¿Cuántos miembros componen el Tribunal Constitucional?
Explicación
El artículo 159.1 CE establece que el TC se compone de 12 miembros nombrados por el Rey.
¿Cómo se distribuye la elección de los 12 miembros del TC?
Explicación
El artículo 159.1 CE: 4 a propuesta del Congreso (3/5), 4 del Senado (3/5), 2 del Gobierno y 2 del CGPJ.
Tip de examen
La mayoría de 3/5 solo se exige al Congreso y al Senado.
¿Cuántos años dura el mandato de los miembros del TC y cómo se renuevan?
Explicación
El artículo 159.3 CE establece que el mandato es de 9 años con renovación por terceras partes cada 3 años.
¿Cuántos años de ejercicio profesional se exigen a los miembros del TC?
Explicación
El artículo 159.2 CE exige que los miembros del TC sean juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.
Tip de examen
Son 15 años, no 10. Pregunta trampa frecuente.
Los miembros del Tribunal Constitucional son nombrados por:
Explicación
El artículo 159.1 CE establece que los 12 miembros del TC son nombrados por el Rey, aunque propuestos por distintos órganos (4 por el Congreso, 4 por el Senado, 2 por el Gobierno y 2 por el CGPJ).
¿Qué mayoría se exige al Congreso y al Senado para proponer miembros del TC?
Explicación
El artículo 159.1 CE exige que los 4 miembros propuestos por el Congreso y los 4 por el Senado sean elegidos por mayoría de tres quintos de cada Cámara.
Tip de examen
Tres quintos del Congreso equivalen a 210 diputados.
La condición de miembro del TC es incompatible con:
Explicación
El artículo 159.4 CE establece un régimen de incompatibilidad total: mandato representativo, cargos políticos/administrativos, dirección de partidos/sindicatos, carreras judicial y fiscal, y toda actividad profesional o mercantil.
En cada renovación por tercios del TC, ¿cuántos miembros se renuevan?
Explicación
El artículo 159.3 CE fija un mandato de nueve años con renovación por terceras partes cada tres años: un tercio de los 12 miembros son 4, de modo que cada tres años se renuevan 4 magistrados, lo que garantiza la continuidad del órgano frente a las renovaciones parciales.
El Gobierno propone para el Tribunal Constitucional:
Explicación
Según el artículo 159.1 CE, el Gobierno propone 2 miembros del TC. La distribución es: 4 Congreso, 4 Senado, 2 Gobierno, 2 CGPJ.
Un miembro del Tribunal Constitucional que sea juez en activo:
Explicación
El artículo 159.4 CE: «La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: ... con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal ...». La incompatibilidad es con el EJERCICIO, no con la conservación de la plaza: mientras dure su mandato no puede ejercer la jurisdicción (por eso la condición de juez en excedencia sí es compatible con la de miembro del Tribunal).
Según la Constitución, los miembros del TC se nombran entre:
Explicación
El artículo 159.2 CE enumera cuatro categorías: Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional.
¿Cuántos miembros del TC propone el CGPJ?
Explicación
El artículo 159.1 CE atribuye al CGPJ la propuesta de 2 miembros del TC. Es el mismo número que propone el Gobierno.
Además de las incompatibilidades del artículo 159.4 CE, los miembros del TC:
Explicación
El artículo 159.4 CE, tras enumerar las incompatibilidades, añade: «En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial».
Los miembros del Tribunal Constitucional son (art. 159.5):
Explicación
El artículo 159.5 CE establece que los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato.
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