¿Cuáles de las siguientes son causas expresas de discriminación prohibida en el artículo 14?
Explicación
El artículo 14 CE prohíbe expresamente la discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, con una cláusula abierta ("cualquier otra condición o circunstancia personal o social").
El artículo 14 de la Constitución se encuentra:
Explicación
El artículo 14 se sitúa en el encabezamiento del Capítulo II, fuera de ambas secciones. Pese a ello, goza de protección mediante recurso de amparo (art. 53.2 CE).
El artículo 14, además de las causas expresas de discriminación, incluye una cláusula abierta que prohíbe la discriminación por:
Explicación
El artículo 14 CE, tras enumerar nacimiento, raza, sexo, religión y opinión, añade una cláusula abierta: "o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
La igualdad material (igualdad real y efectiva) se fundamenta en:
Explicación
Mientras el artículo 14 consagra la igualdad formal (ante la ley), el artículo 9.2 CE encomienda a los poderes públicos promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva (igualdad material).
Tip de examen
El art. 9.2 fundamenta las acciones positivas o discriminación positiva.
El artículo 14 declara que "los españoles son iguales ante la ley". ¿Goza de la protección del recurso de amparo?
Explicación
Aunque el artículo 14 está en el encabezamiento del Capítulo II y no en la Sección 1.a, el artículo 53.2 CE lo incluye expresamente como susceptible de recurso de amparo.
¿Cuántas causas expresas de discriminación enumera el artículo 14 CE?
Explicación
El artículo 14 enumera cinco causas expresas: nacimiento, raza, sexo, religión y opinión, más la cláusula abierta de "cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Tip de examen
Trampa habitual: incluir "lengua" entre las causas expresas. La lengua NO aparece, aunque quedaría cubierta por la cláusula abierta.
Las medidas de acción positiva (discriminación positiva) a favor de colectivos desfavorecidos:
Explicación
El TC ha admitido las medidas de acción positiva como compatibles con la igualdad del art. 14, fundamentándolas en el mandato de igualdad real y efectiva del art. 9.2 CE, siempre que sean proporcionadas y temporales.
El artículo 14 comienza con "Los españoles son iguales ante la ley". ¿Significa que los extranjeros no tienen derecho a la igualdad?
Explicación
Aunque el art. 14 dice "los españoles", el TC ha interpretado que la igualdad ante la ley, vinculada a la dignidad de la persona (art. 10.1), se extiende también a los extranjeros.
El principio de igualdad del artículo 14 CE, según el Tribunal Constitucional:
Explicación
El artículo 14 CE consagra la igualdad de los españoles ante la ley y prohíbe la discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Según la doctrina del Tribunal Constitucional, no toda diferencia de trato vulnera el precepto: la desigualdad es discriminatoria cuando carece de justificación objetiva y razonable o resulta desproporcionada.
Tip de examen
El art. 14 no exige un trato idéntico en todo caso: la diferencia de trato es constitucional si es objetiva, razonable y proporcionada. La Sección 1.a comprende los arts. 15-29 y la Sección 2.a los arts. 30-38.
0% de aciertos