La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 (artículo 2.1). La disposición adicional octava incluye en las convocatorias de concurso las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación de esta naturaleza anterior al 1 de enero de 2016. La disposición adicional séptima extiende la aplicación de estos procesos a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones y consorcios del sector público, sin perjuicio de su normativa específica.