Enólogo Navarra 2026: resumen de la convocatoria
Resumen de la oposición de Enólogo Navarra 2026: una plaza, requisitos, plazo, tasa, temario de 90 temas y las tres pruebas del examen.
La convocatoria en 1 minuto
La Dirección General de Función Pública aprobó la convocatoria de Enólogo Navarra mediante la Resolución 2051/2026, de 18 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 126, de 30 de junio de 2026. La norma aprueba la provisión, mediante oposición y por el turno libre, de una plaza del puesto de trabajo de enólogo/a al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
La plaza es de nivel A y de régimen funcionarial. Está identificada en la plantilla orgánica con el número 10582 y queda adscrita a la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El destino es Olite y el puesto lleva aparejado el requisito de permiso de conducir de la clase B.
El proceso llega después de que el concurso de traslado convocado en 2025 para esa misma vacante se declarara desierto, tal y como recoge la propia resolución. En la práctica, eso deja la oposición como única vía abierta para cubrir el puesto.
Este artículo es el resumen del conjunto de la convocatoria. El detalle de cada apartado —pruebas, temario, requisitos— tiene su propio artículo dentro de esta serie.
Plazas y sistema de acceso
| Dato | Contenido |
|---|---|
| Plazas convocadas | 1 |
| Turno | Libre |
| Sistema selectivo | Oposición |
| Nivel | A |
| Régimen | Funcionarial |
| Destino | Olite |
| Requisito adicional | Permiso de conducir clase B |
Se convoca una única plaza. No hay margen para repartir el proceso entre varios aspirantes: quien supere la oposición y quede en primer lugar es quien elige vacante, y en este caso la oferta es la que figura en la convocatoria.
El sistema selectivo es oposición pura, sin fase de concurso de méritos. Las bases detallan las tres pruebas, sus puntuaciones y los mínimos exigidos para no quedar eliminado, y también los criterios de desempate: se atiende primero a la puntuación de la tercera prueba y, si persiste el empate, a la de la segunda y la primera, por ese orden. Si aun así sigue el empate, se resuelve por sorteo.
Requisitos, plazos y examen
Requisitos
Las bases fijan los requisitos que deben cumplirse al terminar el plazo de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión:
- Nacionalidad: española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por España que contemplen la libre circulación de trabajadores. También pueden participar determinados cónyuges y descendientes en los términos que recoge la base.
- Edad: tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa, fijada en 65 años, con las excepciones previstas para quien no haya completado el periodo de carencia de su sistema de previsión social.
- Titulación: Grado o Licenciatura en Enología o título declarado equivalente. Como vía alternativa, se admite un Grado o Licenciatura universitaria, Ingeniería o Arquitectura junto con la habilitación profesional para ejercer la profesión de enólogo regulada en el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio.
- Capacidad física y psíquica para el desempeño de las funciones.
- No estar inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
- Permiso de conducir de la clase B, exigido por el puesto.
Plazos y solicitud
El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, que tuvo lugar el 30 de junio de 2026. Las bases indican expresamente que el plazo es improrrogable.
La solicitud se presenta de forma telemática a través de la sede del Gobierno de Navarra, en la reseña correspondiente a la convocatoria. La tasa de derechos de participación asciende a 41,60 euros y se abona por vía telemática al formalizar la solicitud. Están exentas las personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33 % y quienes figuren inscritas como desempleadas durante al menos un mes antes de la publicación de la convocatoria. La falta de abono determina la exclusión.
El examen
| Prueba | Contenido | Tiempo | Máximo | Mínimo |
|---|---|---|---|---|
| Primera | Hasta 90 preguntas tipo test con cuatro opciones | 3 horas | 30 puntos | 15 puntos |
| Segunda | Hasta 20 preguntas teóricas de la parte específica | 4 horas | 30 puntos | 15 puntos |
| Tercera | Dos supuestos teórico-prácticos | 4 horas | 40 puntos (20 cada uno) | 20 puntos |
En el test, cada respuesta incorrecta penaliza una tercera parte del valor de un acierto. En las tres pruebas está prohibido consultar textos o documentación y usar diccionarios, calculadoras o dispositivos electrónicos; solo se admite bolígrafo de tinta azul o negra con punta gruesa. Las pruebas segunda y tercera se califican por el sistema de plicas. En la tercera, además, quedar eliminado quien saque cero en cualquiera de los dos supuestos.
El tribunal calificador ya está designado en las propias bases y deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas.
El temario
El programa consta de 90 temas divididos en dos bloques: una parte general, que va del tema 1 al 18, y una parte específica, que abarca del 19 al 90.
La parte general recorre la Constitución Española de 1978, la Unión Europea y el Derecho comunitario, la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, el Parlamento de Navarra, la Cámara de Comptos y el Defensor del Pueblo, el Gobierno de Navarra, las fuentes del Derecho, la Ley 40/2015 y la Ley 39/2015, la Ley Foral 11/2019 de la Administración de la Comunidad Foral, el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, la Hacienda Pública de Navarra, el funcionamiento electrónico del sector público, la transparencia, la protección de datos y la igualdad de género.
La parte específica es la más extensa y la que más peso tiene en el examen. Incluye la organización administrativa agraria en Navarra, la Intervención Sectorial Vitivinícola, la normativa de calidad alimentaria y de la cadena alimentaria, la Ley de la Viña y del Vino y varios reglamentos europeos del sector, además de los canales cortos de comercialización y la Ley Foral de cambio climático.
A partir de ahí el programa entra de lleno en la materia enológica: geografía física y económica de Navarra, agroclimatología, factores de la producción vitícola, organografía y fisiología de la vid, técnicas de cultivo, portainjertos, sistemas de conducción y poda, viticultura de precisión, producción sostenible y ecológica, plagas y enfermedades de la vid, bioquímica y microbiología enológicas, trabajo de laboratorio y técnicas analíticas, elaboración de vinos tintos, blancos, rosados, espumosos y de maceración carbónica, vinificaciones especiales, estabilización, clarificación y filtración, crianza en botella y en madera, envases, maquinaria, seguridad e higiene, análisis sensorial, mostos, vinagre y destilados, sidra y cerveza, gestión de residuos, las denominaciones de origen de Navarra (Navarra, Rioja y Cava), las indicaciones geográficas protegidas y los vinos de pago, y el enoturismo en Navarra.
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Lo que todavía no se sabe
Hay varios puntos que las bases dejan abiertos y que conviene seguir en la ficha oficial de la convocatoria:
- La fecha exacta del examen. La oposición dará comienzo a partir de enero de 2027, pero el lugar, la fecha y la hora de la primera prueba se determinan en la resolución que apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
- Las fechas de las pruebas siguientes. Las convoca el propio tribunal y se anuncian con una antelación mínima de 48 horas respecto a su celebración.
- El número de aspirantes admitidos. Depende de la lista provisional y, después, de la definitiva, con el plazo de diez días hábiles para reclamaciones que fijan las bases.
Fuera de eso, la convocatoria está cerrada: no hay margen para cambios en el número de plazas ni en el sistema selectivo mientras no se publique una resolución que lo modifique.
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