Temario de Conserje/Ordenanza 2026: qué bloques entran y qué normativa estudiar
Si estás valorando opositar a conserje u ordenanza y buscas “el temario oficial”, la primera aclaración importante es que no existe un programa único nacional: cada administración fija el suyo en las bases de su convocatoria. Pero sí hay un patrón que se repite en la inmensa mayoría de procesos, y conocerlo te permite empezar a estudiar antes de que salga tu convocatoria concreta.
En resumen: el temario de conserje/ordenanza no está unificado a nivel nacional, pero 4 bloques se repiten en la mayoría de convocatorias: Constitución y régimen local, TREBEP centrado en la Agrupación Profesional, procedimiento administrativo (Ley 39/2015) y funciones propias del puesto (atención al público, control de accesos, ofimática básica). El núcleo es común; lo que varía es la normativa autonómica o foral que añade cada convocatoria.
¿Por qué no hay un temario único?
Conserje/Ordenanza es una categoría de Agrupación Profesional (AP), la antigua denominación “Grupo E” que la disposición adicional sexta del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015) dejó sin exigencia de titulación académica. La convocan ayuntamientos, diputaciones, gobiernos forales, universidades públicas y ministerios de forma independiente, cada uno con su propia relación de puestos de trabajo y su propio proceso selectivo. No hay una OEP nacional única para esta categoría, así que tampoco hay un temario oficial común.
Bloque 1: Constitución Española y régimen local
Casi todas las convocatorias incluyen la organización territorial del Estado (Título VIII de la Constitución) y los principios básicos del régimen local: el principio de autonomía local (art. 137 CE), los órganos necesarios de cualquier ayuntamiento (Alcalde, Tenientes de Alcalde y Pleno; la Junta de Gobierno Local solo es obligatoria en municipios de más de 5.000 habitantes) y la norma matriz, la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
En convocatorias forales o autonómicas este bloque se amplía con la normativa propia: por ejemplo la Ley Foral 6/1990 en Navarra o la Ley 5/2010 (LAULA) en Andalucía.
Bloque 2: TREBEP y la Agrupación Profesional
El segundo bloque habitual se centra en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), con especial atención a lo que afecta directamente a la categoría AP: los requisitos generales de acceso (art. 56), las vacaciones (22 días hábiles, incrementables por antigüedad), los trienios, la clasificación de faltas (leves, graves y muy graves) y las situaciones administrativas básicas como los servicios especiales.
Bloque 3: procedimiento administrativo común
Muchas convocatorias incluyen nociones de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC): cómputo de plazos en días hábiles, el derecho a presentar documentos en cualquier registro público, los plazos de notificación, el recurso de alzada y de reposición, y los sistemas de identificación electrónica (DNIe, certificados cualificados, Cl@ve).
Tiene sentido: el conserje o ordenanza suele estar en primera línea del registro y la atención al público, así que conocer los plazos y el circuito básico de un documento administrativo forma parte del día a día del puesto.
Bloque 4: funciones propias del puesto
El último bloque, y el más específico de esta categoría, cubre las funciones reales del conserje/ordenanza: atención al público, control de accesos, reparto de correspondencia (sin abrir documentación ajena, protegida por el secreto de las comunicaciones del art. 18.3 CE), nociones básicas de ofimática (atajos habituales, gestión de carpetas, formatos de documento administrativo como el PDF/A), manipulación segura de cargas (referencia técnica del RD 487/1997) y protocolos básicos de emergencia y evacuación (RD 393/2007, Plan de Autoprotección).
Cómo organizar el estudio antes de que salga tu convocatoria
Como el núcleo normativo (Constitución, TREBEP-AP, LPAC) es estatal y no cambia según dónde oposites, tiene sentido dejarlo avanzado desde ya, y añadir después la normativa autonómica o foral concreta en cuanto se publiquen las bases de tu convocatoria.
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Fuentes oficiales
- Real Decreto Legislativo 5/2015, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), disposición adicional sexta.
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Consulta siempre las bases de tu convocatoria concreta: el temario y su peso exacto los fija cada administración, no un programa nacional único.
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