Cuánto cobra un Administrativo/a Ayuntamiento de Arteixo en 2026
Las bases no fijan el sueldo de un Administrativo/a Ayuntamiento de Arteixo: repasamos los conceptos de la nómina del grupo C1 y de qué depende el importe.
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Cuánto cobra un Administrativo/a en el Ayuntamiento de Arteixo
Las seis plazas de Administrativo/a Ayuntamiento de Arteixo se rigen por unas bases que no fijan ninguna cuantía retributiva. En el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña número 93, de 20 de mayo de 2026, se publican los requisitos de las personas aspirantes, el plazo de instancias, los tres ejercicios, los 45 temas del programa y las reglas de composición del tribunal, pero no el sueldo del puesto. El único importe económico que consta es la tasa por derechos de examen: 19,61 €.
Por eso no hay ninguna cifra oficial de sueldo que se pueda citar para esta convocatoria. La nómina de quien obtenga plaza se construye con los conceptos habituales de un funcionario de carrera del grupo C1 y depende de factores que se fijan fuera de las bases: el nivel del puesto en la relación de puestos de trabajo, el complemento específico asignado y la antigüedad acumulada.
Grupo, nivel y conceptos de la nómina
La plaza es de Administrativo/a, escala de Administración General, subescala Administrativa, grupo C1, en turno libre. El grupo es el punto de partida: corresponde a la titulación de Bachillerato o Técnico de FP que exigen las bases y determina el sueldo base de todo el personal funcionario de ese subgrupo.
El segundo elemento que condiciona el importe es el complemento de destino, ligado al nivel que la relación de puestos de trabajo del Concello asigne a cada plaza. Las bases no indican cuál es ese nivel.
En una nómina de funcionario se distinguen dos bloques:
- Retribuciones básicas: sueldo (según el subgrupo), trienios (cada tres años de servicio) y pagas extraordinarias.
- Retribuciones complementarias: complemento de destino, complemento específico y, en su caso, productividad, gratificaciones e indemnizaciones.
| Concepto | Bloque | De qué depende |
|---|---|---|
| Sueldo | Básicas | Subgrupo de clasificación (C1) |
| Trienios | Básicas | Antigüedad: cada tres años de servicio |
| Pagas extraordinarias | Básicas | Dos al año; sueldo y trienios más los complementos que procedan |
| Complemento de destino | Complementarias | Nivel asignado al puesto en la RPT |
| Complemento específico | Complementarias | Condiciones particulares del puesto |
| Productividad y gratificaciones | Complementarias | Acuerdo aplicable y servicios prestados |
Las retribuciones básicas se actualizan cada año conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado y son iguales para todo el personal del mismo subgrupo. Las complementarias dependen de cada Administración y de cada puesto, de modo que el total varía.
Esta descripción es orientativa: las bases no fijan la cuantía y el importe concreto solo se conoce consultando la relación de puestos de trabajo del Concello de Arteixo y el acuerdo de retribuciones vigente.
Pagas extra, trienios y complementos
Pagas extraordinarias
Se abonan dos veces al año, con carácter general en junio y en diciembre. Cada paga no equivale a un sueldo mensual completo: se calcula con una mensualidad de sueldo y trienios más los complementos que la normativa aplicable incluya en ella.
Trienios
Los trienios retribuyen la antigüedad y se devengan por cada tres años de servicio, contados desde la toma de posesión. Se perciben en las mensualidades ordinarias y también en las pagas extraordinarias. Es el concepto que crece de forma automática con el tiempo, al margen de los incrementos que aprueben las leyes de presupuestos.
Complemento de destino y complemento específico
El complemento de destino se percibe en función del nivel con el que figure el puesto en la relación de puestos de trabajo. El complemento específico retribuye las condiciones particulares del puesto: dificultad técnica, dedicación, responsabilidad o penosidad, entre otras. Ni el nivel ni el importe de estos complementos aparecen en las bases de la convocatoria.
Otros complementos
Pueden existir complementos ligados al desempeño (productividad, gratificaciones por servicios extraordinarios) y conceptos como indemnizaciones por desplazamiento. Su existencia y su cuantía dependen del acuerdo aplicable en el Concello, no de la convocatoria.
Qué no cambia la nómina
Ni el número de plazas ni la nota obtenida en la oposición determinan el sueldo: quien supere el proceso cobrará lo que corresponda al puesto que ocupe dentro de la RPT del Concello. Tampoco influye que la convocatoria se publicara inicialmente como concurso y se rectificara después a oposición, porque es una cuestión del sistema selectivo y no de las retribuciones.
Qué dicen las bases (y qué no)
Las bases de la convocatoria se publicaron en el BOP de A Coruña número 93, de 20 de mayo de 2026, y su extracto en el BOE de 2 de julio de 2026. Regulan, entre otras cuestiones:
- Los requisitos de las personas aspirantes: nacionalidad, capacidad, edad, habilitación y titulación (Bachillerato, Técnico de FP o equivalente para el grupo C1).
- El plazo de presentación de instancias de veinte días naturales y la tasa de derechos de examen de 19,61 €.
- Los tres ejercicios obligatorios y eliminatorios: el test teórico de 50 preguntas más 10 de reserva (60 minutos, con 0,10 puntos de descuento por respuesta errónea), la prueba práctica de 30 preguntas más 5 de reserva (45 minutos) y la traducción de castellano a gallego.
- El temario de 45 temas y el funcionamiento del tribunal cualificador.
Lo que no fijan las bases es la cuantía de la nómina: no consta el nivel del complemento de destino, ni el complemento específico, ni ningún importe retributivo. La información oficial sobre el sueldo hay que buscarla en la relación de puestos de trabajo y en el acuerdo de retribuciones del Concello de Arteixo.
Fuentes oficiales:
- Resolución de 25 de junio de 2026 (BOE-A-2026-14385)
- Corrección de errores de 2 de julio de 2026 (BOE-A-2026-14621)
- Bases en el BOP de A Coruña número 93, de 20 de mayo de 2026
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra como Administrativo/a del Ayuntamiento de Arteixo?
No existe una cifra oficial en la convocatoria, porque las bases no fijan la cuantía retributiva. El sueldo se corresponde con el del puesto en la relación de puestos de trabajo del Concello: sueldo base del grupo C1, complemento de destino, complemento específico, trienios y pagas extraordinarias.
¿Por qué las bases no indican el sueldo?
Porque las bases regulan el proceso selectivo (requisitos, plazos, ejercicios, temario y tribunal) y no las condiciones retributivas del puesto. Estas se determinan en la relación de puestos de trabajo y en la normativa presupuestaria aplicable.
¿Dos Administrativos del Ayuntamiento de Arteixo cobran lo mismo?
No necesariamente. Dos puestos del mismo grupo C1 pueden tener niveles de complemento de destino distintos, complementos específicos distintos o distinta antigüedad. El grupo marca el sueldo base, no el total de la nómina.
¿La tasa de examen de 19,61 € tiene relación con el sueldo?
Ninguna. Es el precio de los derechos de examen que se abonan para participar en el proceso selectivo y no forma parte de la retribución.
¿La nómina cambia con la antigüedad?
Sí, en la parte de trienios: cada tres años de servicio se devenga un trienio que se cobra en las mensualidades y en las pagas extraordinarias.
¿Dónde puedo consultar el importe real?
En la relación de puestos de trabajo del Concello de Arteixo y en el acuerdo de retribuciones vigente. No figura en las bases publicadas en el BOP ni en el extracto del BOE.
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