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oposiciones · convocatoria

Técnico/a Medio Ambiente Montblanc 2026: 1 plaza, plazo por abrir

19 min de lectura

Montblanc (Tarragona): 1 plaza de Técnico/a de Medio Ambiente A2. Requisitos, 45 temas y pruebas; a 25-sep-2026 el extracto en DOGC/BOE aún no ha salido.

El Ayuntamiento de Montblanc (Tarragona) ha convocado 1 plaza de Técnico/a de Medio Ambiente por concurso-oposición en turno libre, con carácter de personal laboral, grupo A, subgrupo A2, y con constitución de bolsa de trabajo. Las bases y la convocatoria se aprobaron por acuerdo de la Junta de Govern Local del 14 de septiembre de 2026 y se publicaron en el BOPT de Tarragona del 17 de septiembre de 2026.

Lo importante, antes que nada: el plazo de presentación todavía no estaba abierto a 25 de septiembre de 2026. Las bases no fijan una fecha concreta, sino una regla: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la última publicación del extracto de la convocatoria en el DOGC o en el BOE, y ese extracto no constaba publicado en ninguno de los dos boletines cuando se escribió esta página.

Datos clave de la convocatoria

  • Plazas: 1 (tècnic/a de medi ambient, 1).
  • Puesto y grupo: Técnico/a de Medio Ambiente, grupo A, subgrupo A2.
  • Régimen: personal laboral, con período de prueba de seis meses.
  • Sistema selectivo: concurso-oposición, turno libre, con constitución de bolsa de trabajo.
  • Retribuciones: 27.045,64 €, según la ficha del puesto de las bases.
  • Titulación exigible: Grau en biología, ciencias ambientales, o geografía, territorio y medio ambiente (o equivalente).
  • Idioma: certificado de catalán nivel C1 o equivalente.
  • Tasa de examen: 44,29 € (ordenanza fiscal núm. 17).
  • Temario: 45 temas (15 de temario general y 30 de temario específico).
  • Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la última publicación del extracto en el DOGC o en el BOE.
  • Fuente: anuncio del BOPT de Tarragona de 17 de septiembre de 2026, expediente 4308620002-2026-0003445.

Qué hace el Técnico/a de Medio Ambiente en Montblanc

Las bases recogen un encargo de funciones muy concreto, y define bastante bien el perfil que hay que preparar:

  • Elaborar informes técnicos y documentación especializada en materia de medio ambiente y salubridad pública.
  • Asesorar y dar soporte técnico en planificación, diagnóstico y control ambiental, tanto dentro del Ayuntamiento como hacia instituciones, empresas y ciudadanía.
  • Tramitar expedientes ambientales: licencias y otros procedimientos administrativos.
  • Detectar incidencias ambientales y proponer medidas correctoras.
  • Hacer el seguimiento del estado de la vía pública, zonas verdes, espacios forestales e infraestructuras ambientales.
  • Participar en la vigilancia del cumplimiento de las medidas de prevención de incendios forestales.
  • Participar en la planificación de campañas de educación, sensibilización y difusión ambiental.
  • Gestionar expedientes de subvenciones ambientales (redacción, contratación, justificación y certificación final) y el seguimiento de contratos, convenios y encargos de su ámbito funcional.

Requisitos para presentar la solicitud

Según la base 2a, todos ellos se exigen a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes:

  1. Nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea (o de los Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores), en los términos del RDLeg. 5/2015.
  2. Capacidad funcional para realizar las tareas.
  3. Haber cumplido 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni estar inhabilitado/a para el acceso a cargos públicos.
  5. Certificado de catalán nivel C1 o alguna de las titulaciones equivalentes según el Decreto 37/2024 y la orden VCP/491/2009. Quien no lo acredite documentalmente realiza una prueba de catalán (apta/no apta) que es condición para seguir en el proceso.
  6. Titulación de Grau en biología, ciencias ambientales, o geografía, territorio y medio ambiente, o equivalente. Si el título se está expidiendo, basta el justificante de haber abonado la tasa académica oficial de expedición. Las titulaciones obtenidas en el extranjero requieren el documento de homologación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de Cataluña.
  7. Para quienes no tengan la nacionalidad española y no sean originarios de países donde el castellano sea lengua oficial: acreditar castellano de nivel superior o C2, con prueba propia apto/no apto en caso contrario.
  8. Haber satisfecho la tasa de derechos de examen. El no pago, el pago incompleto o la no acreditación del abonamiento determinan la exclusión.

Con la solicitud hay que adjuntar: copia simple del DNI o NIE, certificados de catalán y castellano en su caso, titulación, currículum vitae detallado y actualizado, relación detallada de méritos con su documentación acreditativa, justificante de la tasa y, en su caso, el dictamen actualizado del Equip de Valoració i Orientació Laboral. Los méritos posteriores al cierre del plazo no se valoran, y las copias simples habrán de ser compulsadas antes de la contratación.

Plazo de presentación: la regla, no una fecha

Este es el punto donde conviene ir con cuidado, porque es el que más confunde. La base 4a dice literalmente que el termini és de 20 dies hàbils a partir de l’endemà de la darrera publicació de l’extracte de la convocatòria en el DOGC o BOE, y que las solicitudes presentadas en la sede electrónica de la entidad o en el BOPT antes de que se publique el extracto en el DOGC se tienen por presentadas el primer día del plazo.

Comprobado el 25 de septiembre de 2026, a primera hora de la mañana:

  • En los sumarios del BOE del 17 al 24 de septiembre de 2026 no aparece ninguna convocatoria de Montblanc; el sumario del propio día 25 todavía no se había publicado cuando se hizo esta comprobación.
  • En la búsqueda del DOGC por «Montblanc», la entrada más reciente es del 24 de agosto de 2026, y ninguna de ellas corresponde a este proceso; la consulta por el número de expediente 4308620002-2026-0003445 no devuelve resultados.

Es decir: a fecha de 25 de septiembre de 2026 el plazo no había empezado. Cuando se publique el extracto en uno de los dos boletines, el reloj arrancará al día siguiente y correrá durante 20 días hábiles, descontando sábados, domingos y festivos. Vale la pena publicar la instancia en cuanto se abra, aunque sea por la vía de la sede: presentada antes de la publicación del extracto, cuenta como presentada el primer día.

Cómo se presenta. Preferentemente de forma electrónica en el registro electrónico de la entidad, con certificado digital o firma electrónica. También es posible de forma presencial, en horario de atención al público, en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (si se usa una oficina de asistencia en materia de registros de otra administración, las bases piden avisar al secretario del Ayuntamiento con la instancia ya registrada). Con la solicitud se aporta el justificante de las 44,29 € de tasa; la devolución solo procede cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables a la persona interesada.

Cómo es la prueba: la fase de oposición

El proceso es un concurso-oposición con dos fases encadenadas. La fase de oposición consta de tres ejercicios:

Primer ejercicio: test de 40 preguntas. Preguntas con varias respuestas alternativas sobre el temario anexo. La puntuación es de 1 punto por respuesta correcta, menos 1/4 de punto por respuesta incorrecta y 0 por las que se dejen en blanco; se puntúa de 0 a 10 y hay que alcanzar un 5 para superarlo. Es eliminatorio, y el tribunal incorpora preguntas de reserva para sustituir las que puedan anularse.

Segundo ejercicio: cinco preguntas cortas. Cuestiones teóricas o prácticas sobre el contenido del temario. Obligatorio, se puntúa de 0 a 10 y quien no alcance un 5 queda eliminado.

Tercer ejercicio: dos casos prácticos. Hay que resolver por escrito dos supuestos de carácter práctico, elegidos entre tres propuestos por el tribunal, relacionados con las funciones propias de la plaza. Cada caso se puntúa de 0 a 10 y hay que obtener un mínimo de 5 en cada uno: la nota final del ejercicio es la media de los supuestos, y si un caso no llega a 5 el resultado es no apto. La duración mínima es de 2 horas, sin perjuicio de que el tribunal fije la máxima.

El resultado final de la oposición es la suma de las puntuaciones de las pruebas puntuables, y hay que superar esta fase para pasar a la de méritos.

Fase de lenguas. Para quien no acredite los niveles exigidos, las bases prevén una prueba de catalán (parte escrita y parte oral: lectura en voz alta y conversación) y, en su caso, una de castellano (redacción de 200 palabras como mínimo y conversación con el tribunal), ambas con resultado apto/no apto. Las bases señalan que esta fase de conocimiento de lenguas se realiza con posterioridad a la fase de oposición.

Fase de concurs: barem de méritos

Solo puntúa quien ha superado la oposición, y la puntuación de esta fase nunca sirve para salvar la fase de oposición. El barem tiene dos grandes bloques de 5 puntos cada uno:

Experiencia laboral (máximo 5 puntos)

  • Servicios prestados en la Administración pública en un puesto de igual categoría y con las mismas funciones o equivalentes: 0,50 puntos por año completo (o la fracción mensual que proporcionalmente corresponda).
  • Otros trabajos en empresas privadas en puestos similares al convocado: 0,30 puntos por año completo.

No se computan servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados; un mes se computa como 30 días naturales, no se tienen en cuenta fracciones inferiores a un mes y las jornadas a tiempo parcial se computan de forma proporcional.

Formación relacionada con las funciones del puesto (máximo 5 puntos)

  • Jornadas de hasta 9 horas: 0,05 puntos.
  • Cursos de 10 a 19 horas: 0,15 puntos.
  • Cursos de 20 a 39 horas: 0,25 puntos.
  • Cursos de 40 a 79 horas: 0,35 puntos.
  • Cursos de 80 horas en adelante: 0,45 puntos.
  • Postgrados relacionados con el puesto: 0,75 puntos.
  • Másteres relacionados con el puesto: 1,50 puntos.
  • Certificados ofimáticos ACTIC o equivalente: básico 0,15, medio 0,20, avanzado 0,50 (solo se valora el de nivel más alto).
  • Certificado de catalán nivel C2 o equivalente: 1 punto.

Solo se tienen en cuenta las actividades formativas de los últimos 15 años, hay que aportar horas y aprovechamiento, y si un curso no indica duración no se computa.

Puntuación final y desempates. La nota definitiva es la suma de oposición y concurs. Los empats se resuelven, por este orden: mayor puntuación global en la fase de oposición; si persiste, mayor puntuación en la prueba de resolución de supuestos prácticos; si sigue el empat, mayor puntuación en experiencia laboral y después en formación; y finalmente, sorteo.

Temario: 45 temas

Las bases anexan 45 temas, repartidos en un bloque general (1 a 15) y uno específico del puesto (16 a 45). Los títulos van traducidos del original en catalán, que es el que se publica en el anuncio oficial.

Temario general (temas 1 a 15)

  1. La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía de Cataluña.
  2. El municipio. Los órganos de representación política y su designación. Órganos necesarios y complementarios. Líneas generales de la organización y competencias municipales.
  3. La Administración pública: concepto y principios.
  4. El derecho administrativo. El reglamento: concepto y clases. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria.
  5. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la forma. El silencio administrativo. Eficacia del acto: principios generales. Ejecutividad. Notificación y publicación. Invalidéz de los actos: nulidad de pleno derecho y anulabilidad.
  6. El procedimiento administrativo: concepto, principios e importancia. El procedimiento administrativo común: regulación. Estructura: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Los plazos administrativos: regulación y jurisprudencia. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revocación de los actos administrativos.
  7. Los recursos administrativos: objeto y clases. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.
  8. La responsabilidad de las administraciones públicas. Responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas.
  9. El patrimonio de las administraciones públicas: concepto, naturaleza y clasificación. Las prerrogativas de la Administración; afectación, mutación y adscripción. Adquisición y defensa del patrimonio. Uso y explotación; los negocios jurídicos patrimoniales.
  10. La contratación administrativa: concepto y fuentes. Principios básicos de la Ley de contratos del sector público. Clasificación de los contratos y régimen jurídico. Selección del contratista. Derechos y obligaciones del contratista y de la Administración.
  11. Las formas de actividad administrativa. La actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento. El servicio público local. Formas de prestación de los servicios públicos. La gestión directa e indirecta. La concesión. Dominio público y privado de la Administración: régimen jurídico y naturaleza. Uso del dominio público.
  12. La potestad sancionadora administrativa y el procedimiento sancionador.
  13. El régimen jurídico de la función pública catalana. La función pública local: selección y provisión de puestos; adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración. El sistema retributivo. Situaciones administrativas. Régimen de incompatibilidades.
  14. La transparencia, el acceso a la información pública y el buen gobierno. Protección de datos de carácter personal.
  15. La prevención de riesgos laborales.

Temario específico (temas 16 a 45)

  1. Adaptación al cambio climático. Estrategia catalana de adaptación al cambio climático. Indicadores de adaptación a los impactos del cambio climático. Los Planes de Adaptación al Cambio Climático.
  2. Aplicación de los criterios ambientales en la contratación pública municipal.
  3. Competencias municipales en materia de salud pública.
  4. Plagas urbanas y zoonosis: prevención y tratamiento. Control de plagas y vectores en el ámbito urbano: coordinación, contratación y seguimiento de los servicios de desinfección, desinsectación y desratización (DDD). Control de palomas.
  5. Vigilancia y control de solares y espacios abandonados desde el punto de vista ambiental.
  6. Seguimiento y control del contrato de recogida y tratamiento de residuos.
  7. Educación ambiental en materia de residuos: buenas prácticas.
  8. El nuevo marco europeo de residuos y la economía circular.
  9. Medio ambiente y municipio. La gestión ambiental de la administración local. Competencias. Legislación. Instrumentos, herramientas y sistemas.
  10. Ordenanzas municipales como herramienta de apoyo a la reducción de residuos.
  11. Fiscalidad ambiental local aplicada a los residuos municipales: tasas y precios públicos de residuos. Sistemas de pago por generación y/o participación.
  12. Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático. Situación actual. Finalidades y principios de actuación de la Ley. Definición de cambio climático. Impacto del cambio climático sobre la salud. Políticas y acciones para mitigar el cambio climático.
  13. Red Natura 2000: origen, conceptos y objetivos. Las directivas 92/43 y 79/409.
  14. La Ley 42/2007, del patrimonio natural y de la biodiversidad, y la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales. El Plan de Espacios de Interés Natural en Cataluña. Los Espacios Naturales de Protección Especial y otras protecciones del medio: zonas húmedas inventariadas, espacios de interés geológico y árboles y arboledas de interés local. La conectividad biológica y su problemática.
  15. Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales. Los animales de compañía. La ordenanza de gatos y perros. Fomento de la tenencia responsable, control de colonias felinas y campañas de chipado y esterilización. Los núcleos zoológicos.
  16. Los incendios forestales. El Plan de Prevención de Incendios Forestales de Montblanc.
  17. Prevención de incendios: Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de incendios, y Decreto 123/2005, de 14 de junio.
  18. Normativa de protección de los derechos y bienestar de los animales. Problemática y gestión de colonias de gatos.
  19. Perros potencialmente peligrosos: licencias, requisitos y normativa aplicable.
  20. Protección civil municipal. DUPROCIM de Montblanc.
  21. La Ley 21/2013, de evaluación ambiental: objeto, principios y estructura.
  22. Energías renovables. Tipología. Ventajas e inconvenientes.
  23. La gestión del agua. El ciclo del agua. Gestión sostenible del agua para un consumo doméstico municipal. Planes de sequera. Campañas de sensibilización por un uso responsable del agua.
  24. Adaptación al cambio climático. Estrategia catalana de adaptación al cambio climático. Principales impactos.
  25. Diseño y ejecución de campañas de sensibilización ambiental.
  26. Distribución competencial en medio ambiente entre Unión Europea, Estado, Generalitat y municipio.
  27. Calidad del aire: marco europeo, estatal y catalán.
  28. Principales contaminantes atmosféricos y efectes sobre la salud y el medio.
  29. Redes de vigilancia y planes de mejora de la calidad del aire.
  30. Instrumentos de fomento en materia ambiental: subvenciones, ayudas y financiación pública. Fondos europeos, estatales y autonómicos. Planificación, ejecución, justificación y control.

Qué pasa después del examen

Cuando terminen las pruebas y la valoración de méritos, el Ayuntamiento publica en la sede electrónica y en el BOPT la lista de personas admitidas y excluidas —resuelta en un mes como máximo desde el cierre del plazo, con 10 días hábiles para enmienda— y, tras el proceso, la lista de aprobados por puntuación total junto con la propuesta de contratación. La publicación sustituye a la notificación individual.

Quien resulte seleccionada debe superar un período de prueba obligatorio y eliminatorio de seis meses antes de consolidar la relación laboral; puede ampliarse por causas justificadas o reducirse o suprimirse si se acreditan servicios previos equivalentes en el propio Ayuntamiento. Superado, se contrata como personal laboral y la contratación se publica en el BOPT.

Y hay un detalle que conviene tener presente: quienes superen el proceso y no resulten contratados forman parte de la bolsa de trabajo, ordenada por puntuación total, con una vigencia de 2 años prorrogables uno más. Las llamadas se hacen por teléfono (dos intentos en franjas distintas) y correo electrónico, y si no hay contacto en 48 horas se decae en esa convocatoria. Rechazar dos propuestas sin causa justificada coloca a la persona en el último lugar de la bolsa.

Cómo prepararlo

Es una oposición de ayuntamiento con temario propio, así que lo que más renta es atacar el anexo: los 15 temas generales comparten base con cualquier oposición de administración local, y los 30 específicos son el diferencial —residuos, incendios forestales (incluido el Plan de Prevención de Montblanc), animales, calidad del aire, evaluación ambiental y fiscalidad ambiental local—. A eso se le suma el ejercicio de casos prácticos, que es donde se decide el proceso y donde conviene practicar con supuestos reales de licencias, contratos y expedientes municipales.

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Fuentes

  • Anuncio «Plaça de tècnic/a de medi ambient (1). Bases i convocatoria», BOPT de Tarragona de 17 de septiembre de 2026, expediente 4308620002-2026-0003445, CVE 2026-08605: texto íntegro del anuncio y PDF de las bases (28 páginas).
  • Acuerdo de la Junta de Govern Local del Ayuntamiento de Montblanc de 14 de septiembre de 2026, que aprueba la convocatoria y las bases.
  • Comprobación del estado del plazo a 25 de septiembre de 2026: sumarios del BOE del 17 al 24 de septiembre de 2026 y búsqueda en el DOGC por municipio y por número de expediente.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se abre el plazo para presentar la solicitud en Montblanc?

Las bases dicen que son 20 días hábiles a partir del día siguiente a la última publicación del extracto de la convocatoria en el DOGC o en el BOE. A 25 de septiembre de 2026 no constaba publicado en ninguno de los dos boletines, de modo que el plazo no había empezado. Las instancias que se presenten en la sede electrónica o en el BOPT antes de que salga el extracto se tienen por presentadas el primer día del plazo.

¿Qué titulación se necesita para la plaza de Técnico/a de Medio Ambiente de Montblanc?

Grau en biología, ciencias ambientales, o geografía, territorio y medio ambiente, o equivalente, acreditado en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Si el título aún se está expidiendo, basta el justificante de haber abonado la tasa académica oficial de expedición.

¿Cuántas preguntas tiene el examen de Técnico/a de Medio Ambiente de Montblanc?

Tres ejercicios: un test de 40 preguntas con penalización de un cuarto de punto por error, cinco preguntas cortas y dos casos prácticos elegidos entre tres propuestos por el tribunal. Los tres se puntúan de 0 a 10 y hay que alcanzar un 5 en cada uno.

¿Necesito el certificado de catalán para presentarme?

Sí: nivel C1 de catalán o alguna de las titulaciones equivalentes. Quien no lo acredite documentalmente realiza una prueba de catalán con resultado apto o no apto, y esa prueba es eliminatoria.

¿Cuánto cuesta la tasa de examen?

44,29 euros, según la ordenanza fiscal núm. 17 del propio Ayuntamiento. Hay que adjuntar el justificante con la solicitud; sin el pago acreditado la instancia se excluye.

¿Cuánto cobra un Técnico/a de Medio Ambiente en Montblanc?

La ficha del puesto de las bases fija las retribuciones de la plaza en 27.045,64 euros. Es una plaza de personal laboral con período de prueba de seis meses antes de la consolidación.

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