Auxiliar Administrativo Alcalá del Río 2026: 5 plazas y bolsa
Bolsa de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla): la oposición de 5 plazas C2, requisitos, temario y cómo funciona la bolsa.
El Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla) constituyó el 18 de agosto de 2026 la bolsa de empleo temporal de Auxiliar Administrativo derivada de la oposición libre con la que cubrió en propiedad 5 plazas de funcionario de carrera (grupo C2, escala de Administración General, subescala Auxiliar, ofertas de empleo público de 2022, 2023 y 2024). La Resolución de Alcaldía 2026-1001 se publicó en el BOP de Sevilla n.º 162, de 21 de agosto de 2026, con la relación ordenada de integrantes y sus puntuaciones.
Esa es la novedad que marca este verano en el municipio: el proceso selectivo de las 5 plazas ya está resuelto, y ahora la lista de la bolsa queda operativa para futuros llamamientos como interino o por sustitución. Si te presentaste al proceso, estás en la bolsa o preparas el próximo examen de auxiliar administrativo de un ayuntamiento, en este artículo tienes los datos verificados en las fuentes oficiales: las bases, los requisitos, los ejercicios, el temario y las reglas de funcionamiento de la bolsa.
Datos clave de la convocatoria
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Organismo | Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla, Andalucía) |
| Plaza | Auxiliar Administrativo, personal funcionario de carrera, grupo C2, escala de Administración General, subescala Auxiliar |
| Plazas | 5, en turno libre |
| Ofertas de origen | OEP 2022, 2023 y 2024 |
| Sistema selectivo | Oposición libre |
| Bases aprobadas | Resolución de Alcaldía 2025-0434, de 6 de marzo de 2025 |
| Bases publicadas | BOP de Sevilla n.º 46, de 10 de marzo de 2025 |
| Publicidad en BOJA | BOJA n.º 56, de 24 de marzo de 2025 (anuncio de 11 de marzo de 2025, PP. 530/2025) |
| Anuncio en el BOE | BOE n.º 78, de 1 de abril de 2025 (extracto de la convocatoria) |
| Plazo de instancias | 20 días hábiles desde el día siguiente al anuncio en el BOE |
| Bolsa de empleo | Constituida por Resolución de Alcaldía 2026-1001, de 18 de agosto de 2026 (BOP de Sevilla n.º 162, de 21 de agosto de 2026) |
| Estado actual | Proceso resuelto; bolsa de empleo temporal en vigor |
Fuentes: resolución de constitución de la bolsa en el BOP de Sevilla, bases y convocatoria en el BOP de Sevilla, anuncio del BOJA y extracto del BOE.
En qué punto está el proceso: de las bases a la bolsa
La convocatoria nació en marzo de 2025. El Ayuntamiento aprobó las bases por Resolución de Alcaldía 2025-0434, de 6 de marzo de 2025, y las publicó íntegramente en el BOP de Sevilla n.º 46, de 10 de marzo de 2025. El extracto de la convocatoria apareció en el BOJA n.º 56, de 24 de marzo, y el anuncio en el BOE n.º 78, de 1 de abril de 2025, que es el que abrió el plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles desde el día siguiente a esa publicación.
El proceso selectivo, por oposición libre, se desarrolló durante 2026. El Tribunal de Selección levantó acta el 9 de junio de 2026 y, con los resultados, se nombró a los cinco aspirantes con mayor puntuación como funcionarios de carrera del Ayuntamiento. La resolución que constituye la bolsa lo recoge expresamente: la bolsa de empleo temporal queda integrada por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han obtenido plaza, ordenadas de mayor a menor puntuación obtenida.
Conviene no confundir los dos hitos. Las 5 plazas de funcionario de carrera ya están cubiertas y el proceso de 2025-2026 está cerrado. Lo que está vivo ahora es la bolsa de empleo temporal, que servirá al Ayuntamiento para hacer llamamientos interinos y contrataciones por sustitución de auxiliares administrativos.
Qué es la bolsa y cómo funciona
La base duodécima de la convocatoria regula la constitución y el funcionamiento de la bolsa, y sus reglas son las que aplican a la lista recién publicada:
- Quién la integra. Los aspirantes que, sin figurar en la relación de propuestos para el nombramiento como funcionario de carrera, superaron el primer ejercicio del proceso selectivo. No hace falta haber superado el segundo para entrar en la lista: basta con haber aprobado el primer ejercicio.
- Cómo se ordena. De mayor a menor puntuación obtenida en el proceso. El llamamiento se efectúa respetando estrictamente ese orden y la bolsa no tiene carácter rotatorio.
- Cómo se responde al llamamiento. Quien recibe un llamamiento debe aceptarlo en un plazo no superior a dos días hábiles. Si no lo atiende o renuncia sin causa justificada, pasa a ocupar el último lugar de la bolsa y se llama al siguiente; si la causa está justificada, conserva su puesto en la lista.
- Qué documentación se aporta. Quien acepta el llamamiento presenta los documentos que acreditan los requisitos en el plazo que fije el Ayuntamiento según la urgencia del servicio, con un mínimo de 24 horas.
- Toma de posesión. El integrante nombrado interino toma posesión en un plazo máximo de tres días hábiles desde la notificación, salvo que la urgencia obligue a un plazo menor.
- Vigencia. La bolsa permanece en vigor como máximo tres años desde la resolución que la constituye, es decir, hasta agosto de 2029 como tope, o hasta que se apruebe una nueva bolsa derivada de una convocatoria posterior. Su extinción no afecta a los nombramientos que estén en curso.
- Bajas. Se produce la baja automática por cumplir la edad de jubilación, por falsedad o por falta, inicial o sobrevenida, de los requisitos exigidos o de las circunstancias alegadas para entrar en la lista.
La resolución de 18 de agosto de 2026 se publicó en el BOP de Sevilla y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento (alcaladelrio.sedelectronica.es), que es donde el Ayuntamiento difundirá los llamamientos.
Requisitos que fijaban las bases
La base tercera de la convocatoria establecía los requisitos que debían reunir los aspirantes, y son los que se siguen aplicando a la bolsa derivada del proceso:
- Nacionalidad. Española o de un Estado miembro de la Unión Europea, con las excepciones previstas en el artículo 57 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Edad. Haber cumplido 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
- Titulación. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), del título de Formación Profesional de Primer Grado o de uno equivalente a efectos de acceso al empleo público, o cumplir las condiciones para obtenerlo cuando finalice el plazo de instancias. Las equivalencias se acreditan con certificación de la administración competente y los títulos obtenidos en el extranjero requieren la credencial de homologación.
- Compatibilidad y antecedentes. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública ni de órganos constitucionales o estatutarios, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
- Capacidad funcional. Poseer capacidad para el desempeño de las tareas del puesto y no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con ellas.
- Incompatibilidades. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad según la legislación vigente.
Los requisitos debían cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso y, en su caso, en el momento del nombramiento como funcionario. Esos mismos estándares son los que se comprueban cuando se produce un llamamiento desde la bolsa.
Así era el examen: los dos ejercicios de la oposición
El sistema selectivo era la oposición libre, con dos ejercicios obligatorios y eliminatorios. Cada uno se puntuaba sobre 10 y había que alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo.
Primer ejercicio: cuestionario tipo test. Responder en un máximo de 90 minutos un cuestionario de 60 preguntas con cuatro respuestas alternativas, más 5 preguntas de reserva por si alguna se anula. Las preguntas versaban sobre la totalidad del temario del Anexo II de las bases. Cada tres respuestas incorrectas penalizaban una correcta y las respuestas en blanco no puntuaban. Quien no alcanzaba 5 puntos quedaba eliminado. Tras la prueba se publicaba la plantilla de preguntas y respuestas y se abría un plazo de dos días hábiles para reclamaciones.
Segundo ejercicio: práctico o por escrito. Realizar uno o varios ejercicios prácticos o contestar por escrito, de forma legible, hasta un máximo de 10 preguntas que determinaba el tribunal, sobre los conocimientos prácticos necesarios para el puesto entre las materias del temario del Anexo II. No se podían consultar textos legales. El tiempo máximo era de 3 horas. Se valoraban el conocimiento de los temas, la formación general, la claridad, la precisión y el rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita, y no se admitían abreviaturas. El tribunal podía citar a los opositores a una lectura pública del ejercicio. Superar este ejercicio también exigía un mínimo de 5 puntos.
Calificación final. La nota definitiva de la fase de oposición era la suma de las calificaciones de los dos ejercicios, con un máximo de 20 puntos. Superaban la oposición quienes aprobaban ambos ejercicios, y el orden de selección se resolvía, en caso de empate, por la mayor puntuación en el segundo ejercicio, luego en el primero y, si persistía, por sorteo público. El tribunal publicaba la relación por orden de puntuación y elevaba la propuesta de nombramiento a la Alcaldía, además de una relación complementaria para asegurar la cobertura de las plazas si algún nombrado no tomara posesión.
Qué entra en el temario
El Anexo II de las bases recoge el temario por el que se examinaba la oposición: 32 temas en dos bloques.
Bloque 1. Parte general (9 temas). La Constitución Española de 1978, su estructura, la reforma constitucional y los derechos fundamentales; la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno y los órganos de control dependientes de las Cortes; el Poder Judicial, el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional; la organización territorial del Estado y los Estatutos de Autonomía; el reparto de competencias entre Estado y comunidades autónomas, con la organización política y administrativa de Andalucía y su Estatuto de Autonomía; la Administración Pública y el principio de legalidad; el derecho administrativo, el reglamento y el interesado; los órganos administrativos y la competencia según la Ley 40/2015; y la transparencia, el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos.
Bloque 2. Parte específica (23 temas). El acto administrativo, su eficacia y la notificación; la invalidez de los actos y su revisión; la administración electrónica en la Ley 39/2015 y el Real Decreto 203/2021; el procedimiento administrativo, el silencio administrativo y la impugnación de actos locales; la potestad normativa de las entidades locales; el municipio, la población y el padrón; la organización municipal; las competencias municipales; los contratos del sector público; el régimen jurídico de los empleados públicos; las subvenciones; las haciendas locales y los tributos locales; el presupuesto general de las entidades locales; la liquidación presupuestaria y el remanente de tesorería; la contabilidad local y la cuenta general; el control interno y la función interventora; el control externo y el Tribunal de Cuentas; el crédito local; los impuestos locales, las tasas y los precios públicos; la tesorería de las entidades locales; la gestión y recaudación tributaria; las políticas de igualdad de género; y la dependencia y los servicios sociales de Andalucía.
Es un temario con peso en la parte local y económico-financiera, habitual en las convocatorias de auxiliar administrativo de los ayuntamientos andaluces: sobre los 23 temas de la parte específica, más de la mitad corresponden a régimen local, contratación, empleo público y hacienda, contabilidad y gestión tributaria local.
Material para preparar la próxima convocatoria
Las 5 plazas de esta convocatoria ya se han cubierto, pero la bolsa recién constituida demuestra que el Ayuntamiento de Alcalá del Río recurre a la figura del auxiliar administrativo de forma continuada, y las convocatorias municipales de este cuerpo se repiten. Si quieres presentarte a la próxima, lo que necesitas es un material ajustado a este perfil: el temario de auxiliar administrativo de administración local (grupo C2), tests por tema, exámenes tipo y simulacros con el formato de 60 preguntas con penalización.
Todavía no existe un pack cerrado de esta convocatoria. Lo que hay es una página de reserva, que sirve para medir cuánta gente lo quiere antes de construirlo:
Reservar pack-auxiliar-administrativo-alcala-del-rio-2026
Conviene decirlo con todas las letras: reservar no es comprar. La reserva no cobra nada; es la señal que decide si el material se prepara.
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