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oposiciones · agente de gestión tributaria y recaudación

Agente Gestión Tributaria Granada 2026: 13 plazas

Actualizado Equipo Red Opositor 22 min de lectura

La Diputación Provincial de Granada, a través de su Organismo Autónomo Servicio Provincial Tributario, ha convocado 13 plazas de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación por el sistema de oposición: 12 de turno libre y 1 reservada a personas con discapacidad. Son plazas del subgrupo C1 para las que basta con el título de Bachiller o Técnico.

Lo que hace singular a esta convocatoria no es el número de plazas, sino la forma del proceso: entre el test teórico y el ejercicio práctico hay un curso selectivo eliminatorio de tres meses dentro del propio organismo, y el segundo ejercicio incluye pruebas de competencias —ejercicio en grupo y bandeja electrónica— además de los tres supuestos prácticos. El plazo de solicitud era de veinte días hábiles y terminó el 13 de octubre de 2026: la convocatoria ya está cerrada y lo que queda por delante es el proceso selectivo.

Si te interesa la categoría para la próxima convocatoria, el material ya está publicado: pack de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación de Granada, con los 42 temas del programa oficial, test por tema, simulacros de 105 preguntas y supuestos prácticos corregidos, por 36,00 euros y con 14 días de garantía.

Datos rápidos de la convocatoria

DatoDetalle
OrganismoDiputación Provincial de Granada — Organismo Autónomo Servicio Provincial Tributario (SPT)
PuestoAgente de Gestión Tributaria y Recaudación (escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales)
GrupoC1
Plazas13 (12 de turno libre y 1 reservada a personas con discapacidad)
SistemaOposición
Titulación exigidaBachiller o Técnico (o equivalente, Orden EDU/1603/2009)
Tasa22,00 euros (turno libre)
Publicación oficialBOE núm. 227, de 14 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-19151)
Bases completasBOP de Granada núm. 157, de 17 de agosto de 2026, rectificadas en el núm. 172, de 7 de septiembre de 2026
Plazo de solicitudesCerrado: del 15 de septiembre al 13 de octubre de 2026 (20 días hábiles; el 12 es festivo nacional)
Primer ejercicioTest de 105 preguntas (100 evaluables + 5 de reserva), 3 horas, cuatro alternativas, 0,33 puntos menos por fallo
Curso selectivoEliminatorio, tres meses, organizado por el Servicio Provincial Tributario
Segundo ejercicioCompetencias generales (grupo + bandeja electrónica) y 3 supuestos prácticos sobre materias específicas
Temario42 temas: 13 de materias comunes y 29 específicos

Qué se convoca exactamente

La convocatoria cubre 13 plazas de funcionario de carrera de la categoría de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación, integradas en las ofertas de empleo público de 2025 y 2026 del Servicio Provincial Tributario. Doce son de turno libre y una está reservada a personas con discapacidad: es la plaza PL3020, la única que la tabla de las bases marca con el turno «Libre/Discapacidad».

Las bases añaden, por la vía de la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023 de Función Pública de Andalucía, dos plazas adicionales (códigos PL3080 y PL3081, según la rectificación publicada en el BOP núm. 172, de 7 de septiembre) vinculadas a las ofertas de empleo público de 2027 y 2028. No son plazas de esta convocatoria en sentido estricto: sirven para cubrir futuras vacantes con quienes superen el proceso, y solo pueden adjudicarse cuando se determine la tasa de reposición del año en que se produzcan.

Una advertencia útil para no perderse: el mismo boletín publica la convocatoria de otras categorías del Servicio Provincial Tributario (Administrativo, Técnico Medio de Gestión Tributaria y Recaudación, categorías informáticas). Cada una tiene su propio programa, su propio examen y su propia tasa. Esta página es la de Agente (C1).

Requisitos para participar

Los requisitos están en dos listas: los generales de la base 4.ª y los específicos del Anexo II de las bases (BOP de Granada núm. 157, de 17 de agosto de 2026). Hay que reunirlos el día en que termina el plazo de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Requisitos generales (base 4.ª):

  1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española. También pueden participar, en igualdad de condiciones, los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, el cónyuge de españoles o de nacionales de la UE —si no están separados de derecho— y sus descendientes menores de veintiún años o mayores dependientes, además de las personas incluidas en los tratados internacionales de libre circulación de trabajadores. Quienes entran por esas vías y no residen en España deben acompañar a la solicitud la documentación que acredite las condiciones que alegan.
  2. Capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
  3. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado, por resolución judicial, para el empleo o cargo público.
  5. Titulación: la que exige el anexo de la categoría convocada (la de Agente, en el apartado siguiente).
  6. No ser ya funcionario de carrera de la subescala y especialidad convocada en el Servicio Provincial Tributario. Es la incompatibilidad que más se consulta: si ya tienes plaza de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación en el SPT, estas plazas de turno libre no son para ti.
  7. Declaración responsable: para que te admitan basta con declarar en la solicitud que reúnes todos los requisitos y abonar la tasa. Los títulos y el resto de la documentación se acreditan después, en el trámite que fija la base 12.ª, y la Administración puede pedirla en cualquier momento.

Titulación específica de esta categoría (Anexo II, apartado 1): estar en posesión, o en condiciones de obtener antes de la fecha de fin del plazo de solicitudes, del título de Bachiller o de Técnico. Las bases remiten además a la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, que fija las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.

¿Qué títulos valen y cuáles no?

La pregunta que más se repite es si sirve el título que ya se tiene. Con las bases y esa orden en la mano, el reparto es este:

  • Técnico (Formación Profesional de grado medio): vale, es uno de los dos títulos que las bases nombran expresamente.
  • Bachiller: vale, en cualquiera de sus modalidades.
  • Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO): no basta. Las equivalencias del artículo 3 de la Orden EDU/1603/2009 son con el título de Graduado en ESO, que es un nivel por debajo del que piden las bases; el requisito es Bachiller o Técnico, no ESO.
  • Prueba de acceso a la formación profesional de grado superior (o a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño o deportivas de grado superior): equivale al título de Bachiller a efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite el Graduado en ESO o equivalente académico (artículo 4.1 de la orden).
  • Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años: también equivale al título de Bachiller a esos efectos, con el Graduado en ESO o 15 créditos ECTS acreditados (artículo 4.3).
  • Título oficial de Maestro o Maestra de Enseñanza Primaria y Certificado del Curso Preuniversitario de la Ley de 26 de febrero de 1953: equivalen al título de Bachiller a todos los efectos (artículo 2 de la orden).
  • Estudios parciales de bachilleratos anteriores a la LOGSE (excepto el Bachillerato Elemental): equivalen al título de Bachiller a efectos de acceso a empleos públicos si se tenía pendiente la reválida o un máximo de dos materias (artículo 4.4).
  • Títulos obtenidos en el extranjero: los universitarios necesitan la credencial de homologación o el certificado de equivalencia, y los no universitarios la credencial de homologación, salvo que se haya obtenido el reconocimiento de la cualificación profesional en una profesión regulada al amparo del derecho comunitario (base 4.ª, punto 5). No vale presentar el título extranjero sin ese trámite.

Para las equivalencias de la orden no hace falta expediente: basta presentar el título o la certificación académica de los estudios y mencionar la norma (artículo 5). Cualquier otro estudio que no esté en esa lista tiene que resolverlo el órgano competente de la Comunidad Autónoma (artículo 6), así que conviene consultarlo antes de contar con él.

¿Hace falta vivir en Granada?

No. En la lista de requisitos de las bases no hay ninguno de residencia, vecindad ni empadronamiento en Granada ni en Andalucía: el requisito que limita por razón de la persona es la nacionalidad (punto 1), no el territorio. Te puedes inscribir desde cualquier provincia, y la instancia es electrónica en cualquier caso. Lo que sí es del Servicio Provincial Tributario de la Diputación de Granada es el destino: las plazas son de ese organismo.

Turno reservado y tasa. Quienes opten a la plaza reservada a personas con discapacidad deben acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y hacerlo constar en el formulario de solicitud. La tasa por derechos de examen del turno libre es de 22,00 euros, con los supuestos de exención y las bonificaciones que recogen las bases y la ordenanza fiscal.

La presentación de la instancia y el pago de la tasa se hacen necesariamente por vía electrónica, a través del servicio de inscripción de la sede electrónica de la Diputación de Granada. No se puede completar la inscripción sin el abono de la tasa o sin acreditar la exención.

Plazo y cómo presentar la solicitud

El plazo fue de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El anuncio se publicó el 14 de septiembre de 2026 (BOE núm. 227), de modo que el plazo de solicitudes transcurrió del 15 de septiembre al 13 de octubre de 2026, ambos inclusive (el 12 de octubre es fiesta nacional y no computa como día hábil).

Ese plazo ya está cerrado: el último día para presentar la solicitud fue el 13 de octubre de 2026. Las bases no publican todavía la fecha del primer ejercicio ni el listado de personas admitidas; cuando el tribunal los anuncie, esta página se actualizará con ese dato. Los requisitos de esta página siguen siendo la referencia vigente de la categoría mientras no se publique una convocatoria nueva.

La solicitud se presentaba de forma telemática en la sede electrónica de la Diputación de Granada, con el formulario de inscripción habilitado para este proceso. Las bases remiten, para cualquier incidencia técnica del servicio de inscripción, al teléfono de atención al ciudadano que indican en su base 11.ª.

La regla que más gente pilla y que conviene tener presente para la próxima convocatoria: el pago de la tasa tiene que estar hecho dentro del plazo, y aunque la falta de acreditación del pago se puede subsanar después, el pago en sí no se puede hacer fuera de plazo.

Cómo es el proceso selectivo

El sistema es de oposición, con dos ejercicios eliminatorios y un curso selectivo eliminatorio entre ambos. Es un esquema que se aparta de la oposición clásica de dos exámenes seguidos, y el curso es el que decide quién llega al ejercicio práctico.

Primer ejercicio: cuestionario tipo test. Duración de tres horas y 105 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una es correcta: las 100 primeras son ordinarias y evaluables y las 5 últimas son de reserva, para sustituir preguntas que el tribunal anule. Cada acierto vale 1,00 punto y cada error descuenta 0,33 puntos; las preguntas en blanco no puntúan. La calificación es de 0 a 100 puntos y la nota de corte se fija con la fórmula media aritmética de las notas + (0,5 × desviación estándar muestral), con la salvedad de que si el número de aprobados fuera menor que el de plazas convocadas, el corte baja hasta la nota del último aspirante con plaza. La corrección es anónima y el tribunal publica la plantilla provisional de respuestas, con cinco días hábiles para alegaciones.

Curso selectivo. Pasan al curso tantos aspirantes como plazas convocadas más un 20 % (con trece plazas son quince aspirantes: el 20 % da 15,6 y las bases redondean al entero inferior), ordenados por la nota del test y con desempate por mayor número de acertadas y menor número de erradas. Lo organiza el Servicio Provincial Tributario, dura tres meses y combina formación tutorizada con estancia en puestos de trabajo. Es eliminatorio: hay que obtener la declaración de «apto» del tribunal a partir del informe del tutor, y quien no la obtiene queda fuera y no puede hacer el segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: práctico, en dos partes. La primera no es eliminatoria y evalúa competencias generales (autogestión, trabajo en equipo, capacitación digital y comunicación) con dos pruebas: un ejercicio en grupo de 60 minutos, con equipos de cinco personas como máximo, y una bandeja electrónica individual de no más de 30 minutos. Vale 25 puntos (10 el ejercicio en grupo y 15 la bandeja). La segunda parte sí es eliminatoria: tres supuestos prácticos relacionados con las materias específicas, resueltos por ordenador con acceso a la legislación, en un máximo de tres horas. Vale 75 puntos y exige un mínimo de 37,5. Para superar el ejercicio completo hay que alcanzar 50 puntos entre las dos partes.

La nota final es la suma de los dos ejercicios y, en caso de empate, se dirime por la mayor puntuación en el práctico.

Qué entra en el temario

El programa tiene 42 temas, divididos en dos bloques:

Materias comunes (temas 1 a 13): Constitución Española y organización territorial del Estado; la Administración local y la provincia; fuentes del Derecho Administrativo; el acto administrativo; el procedimiento administrativo común (Ley 39/2015 y Ley 40/2015); los recursos administrativos y la jurisdicción contencioso-administrativa; protección de datos y transparencia; políticas de igualdad y contra la violencia de género; contratos del sector público; personal al servicio de las entidades locales; y el presupuesto general de las entidades locales.

Materias específicas (temas 14 a 42): el grueso del programa es tributario y de recaudación local. En concreto:

  • Derecho Tributario y obligación tributaria (temas 14 a 17): principios del ordenamiento tributario, tributos y sus clases, relación jurídico-tributaria, elementos de cuantificación de la deuda y obligados tributarios.
  • Haciendas locales y tributos municipales (temas 18 a 25): recursos de las haciendas locales; Impuesto sobre Bienes Inmuebles (hecho imponible, exenciones, sujeto pasivo, base imponible, valor catastral y gestión); Impuesto sobre Actividades Económicas (cuotas, tarifas y coeficientes); Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
  • Gestión, inspección y sanción (temas 26 a 31): normas comunes de los procedimientos tributarios y liquidaciones; gestión tributaria; funciones y actuaciones de la Inspección; desarrollo y documentación del procedimiento inspector (actas y liquidaciones); y potestad sancionadora en materia tributaria.
  • Deuda, recaudación y apremio (temas 32 a 39): extinción de la deuda tributaria y garantías; aplazamientos y fraccionamientos; recaudación en periodo voluntario y ejecutivo; procedimiento de apremio; embargo de bienes y derechos y sus tipos (cuentas, valores, sueldos, inmuebles); depósito y enajenación de bienes embargados; y procedimiento frente a responsables y sucesores.
  • Revisión y tráfico (temas 40 a 42): revisión de actos tributarios en vía administrativa, recurso de reposición y reclamaciones económico-administrativas; y la competencia municipal sancionadora en materia de tráfico, con su procedimiento, notificaciones (DEV y TESTRA) y prescripción.

La rectificación de septiembre corrigió, además, el enunciado de dos temas del programa: los temas 18 y 33 se estudian por la Ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de la Diputación provincial de Granada, y no por la de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia como decía el texto original de las bases.

El bloque específico es el que decide la oposición: pesa en el test y es el único que entra en los tres supuestos prácticos del segundo ejercicio.

Cómo preparar esta oposición

El primer ejercicio se puede preparar bien con test, pero el formato importa: 100 preguntas evaluables en tres horas, con cuatro alternativas y penalización de un tercio, premia el conocimiento seguro y castiga la duda. Los fallos cuestan, así que conviene entrenar el ritmo y la decisión de dejar en blanco, no solo la memorización.

El segundo ejercicio pide otra cosa. Los tres supuestos prácticos se resuelven sobre las materias específicas y con ordenador: casos de gestión y liquidación, inspección, recaudación y apremio, con la legislación a mano. Eso se prepara resolviendo supuestos, no releyendo el temario. Y antes hay un curso selectivo eliminatorio de tres meses en el propio organismo, con evaluación de competencias: quien llegue ahí tendrá que saber también trabajar en grupo y ordenar una bandeja de correo.

El material de esta convocatoria ya está publicado: el pack de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación de Granada cubre los 42 temas del programa oficial, con test por tema con soluciones explicadas en el formato del examen (cuatro alternativas y 0,33 puntos menos por fallo), simulacros cronometrados de 105 preguntas y supuestos prácticos con su corrección comentada. Son 36,00 euros, se sirve como guía web dentro de tu cuenta —se actualiza cuando cambia una base o una ley, sin volver a pagar— y tienes 14 días de garantía de devolución.

Conviene saber qué no incluye antes de comprar: no lleva material específico de las pruebas de competencias del segundo ejercicio (el ejercicio en grupo y la bandeja electrónica) ni preparación para el curso selectivo de tres meses. Ese bloque se prepara de otra manera, y es mejor que lo sepas ahora que después de pagar.

Más material que encaja con esta oposición

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación convoca el Servicio Provincial Tributario de Granada?

Trece: doce de turno libre y una reservada a personas con discapacidad. Son plazas de personal funcionario de carrera de la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase de Cometidos Especiales, subgrupo C1, dentro de las ofertas de empleo público de 2025 y 2026 del organismo. Las bases añaden dos plazas adicionales (el 20 % previsto en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023) vinculadas a las ofertas de 2027 y 2028, que se cubrirían con quienes superen el proceso si llegan a producirse esas vacantes.

¿Qué funciones tiene un Agente de Gestión Tributaria y Recaudación?

El puesto pertenece a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales, subgrupo C1, y su programa específico (temas 14 a 42) marca las materias propias del trabajo: gestión y liquidación de los tributos locales, inspección tributaria, recaudación en período voluntario y ejecutivo, procedimiento de apremio, embargo y enajenación de bienes y revisión de los actos tributarios en vía administrativa. Ese bloque específico es el único que se evalúa en los tres supuestos prácticos del segundo ejercicio. Las bases de esta convocatoria no publican un anexo de funciones para la categoría.

¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud?

El plazo es de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE. El anuncio se publicó el 14 de septiembre de 2026 (BOE núm. 227), así que el plazo terminó el 13 de octubre de 2026 y ya está cerrado. La instancia y el pago de la tasa se presentaban obligatoriamente por vía electrónica, con el formulario de inscripción de la sede electrónica de la Diputación de Granada; la tasa es de 22,00 euros para el turno libre.

¿Cómo es el examen de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación?

El proceso es de oposición y tiene dos ejercicios eliminatorios con un curso selectivo en medio. El primer ejercicio es un cuestionario tipo test de 105 preguntas (las 100 primeras evaluables y 5 de reserva) con cuatro respuestas alternativas, tres horas de duración y un descuento de 0,33 puntos por respuesta errónea; la nota mínima de corte se calcula con la media aritmética de las notas más la mitad de la desviación estándar muestral. Después, los aspirantes que ocupen tantos puestos como plazas convocadas más un 20 % hacen un curso selectivo eliminatorio de tres meses organizado por el Servicio Provincial Tributario y, al superarlo, un segundo ejercicio práctico con dos partes: pruebas de competencias generales (ejercicio en grupo de 60 minutos y bandeja electrónica de 30) y tres supuestos prácticos sobre las materias específicas, en tres horas como máximo. Para superar el segundo ejercicio hacen falta al menos 50 puntos sobre 100.

¿Qué titulación se exige para esta convocatoria?

Estar en posesión, o en condiciones de obtener antes de que acabe el plazo de solicitudes, del título de Bachiller o de Técnico, con las equivalencias previstas en la Orden EDU/1603/2009. Es un puesto del subgrupo C1, así que no se exige titulación universitaria.

¿Puedo presentarme solo con el título de Graduado en ESO?

No. Las bases del Anexo II piden el título de Bachiller o de Técnico, y el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria es un nivel por debajo: las equivalencias de la Orden EDU/1603/2009 con la ESO son a efectos del propio título de Graduado en ESO, no del de Bachiller. Lo que sí sirve es el título de Técnico (FP de grado medio), el Bachiller, la superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, entre otras equivalencias que detalla el apartado de requisitos.

¿Y si mi titulación es extranjera?

Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero necesitan la credencial de homologación o el certificado de equivalencia, y los no universitarios la credencial de homologación, salvo que se haya obtenido el reconocimiento de la cualificación profesional en una profesión regulada al amparo del derecho comunitario. Hay que tenerlo resuelto antes de que acabe el plazo de solicitudes, porque el título extranjero sin homologar no cumple el requisito.

¿Puedo inscribirme si no resido en Granada?

Sí. En la lista de requisitos de las bases no hay ninguno de residencia, vecindad ni empadronamiento en Granada ni en Andalucía; lo que limita por razón de la persona es la nacionalidad (española, de la Unión Europea, cónyuge o descendientes en los términos de la base 4.ª, o nacionales de países con tratados de libre circulación). La instancia es electrónica, así que se puede presentar desde cualquier provincia.

¿Dónde están las bases completas de la convocatoria?

En el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 157, de 17 de agosto de 2026, que publica las bases y la convocatoria (Resolución núm. 283/2026, de 12 de agosto, expediente 2026/PES_01/008913). Las bases fueron rectificadas en el BOP número 172, de 7 de septiembre de 2026, y el anuncio extracto salió en el BOE número 227, de 14 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-19151).

¿Qué temario entra en la oposición?

El programa tiene 42 temas: los trece primeros son materias comunes (Constitución, procedimiento administrativo, contratos, personal y presupuestos locales) y los veintinueve restantes son materias específicas de gestión tributaria y recaudación: Derecho Tributario y obligación tributaria, tributos locales (IBI, IAE, plusvalía, IVTM, ICIO), procedimientos de gestión e inspección, potestad sancionadora, extinción de la deuda, aplazamientos, recaudación en periodo voluntario y ejecutivo, embargo y enajenación de bienes, revisión en vía administrativa y el procedimiento sancionador de tráfico.

¿Hay que pagar tasa para inscribirse?

Sí: la tasa por derechos de examen es de 22,00 euros para el turno libre de Agente de Gestión Tributaria y Recaudación. Se abona por la pasarela de pago telemático del formulario de inscripción, y las bases regulan las exenciones por desempleo, discapacidad y otras causas previstas en la ordenanza fiscal.

Fuente oficial

Todos los datos de esta página están verificados en las fuentes oficiales en el momento de publicarse: el anuncio de la convocatoria en el BOE número 227, de 14 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-19151), las bases y convocatoria publicadas en el BOP de Granada número 157, de 17 de agosto de 2026 (Resolución núm. 283/2026, de 12 de agosto, expediente 2026/PES_01/008913), la rectificación de bases en el BOP número 172, de 7 de septiembre de 2026 y, para las equivalencias de titulación, la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (texto consolidado, BOE-A-2009-10054). Los requisitos generales están en la base 4.ª de las bases y el de titulación en el Anexo II, apartado 1. La fecha del primer ejercicio no está publicada en las bases: la anunciará el tribunal, y esta página se actualizará cuando se conozca.

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