Técnico Superior Admón. Especial Sopela 2026: 1 plaza, 20 días
1 plaza de Técnico/a Superior de Administración Especial (A1) en el Ayuntamiento de Sopela: requisitos, temario, pruebas y plazo de 20 días hábiles.
El Ayuntamiento de Sopela (Bizkaia) convoca una sola plaza de Técnico/a Superior de Administración Especial —Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Superior, Grupo A1, Nivel 26— por el sistema de concurso-oposición y para su provisión en propiedad como personal funcionario de carrera, dentro de la Oferta de Empleo Público de 2024. Las bases se publicaron en el Boletín Oficial de Bizkaia del 23 de septiembre de 2026 y el plazo de instancias es de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
Ese extracto, a fecha de 29 de septiembre de 2026, todavía no había salido: ninguno de los sumarios del BOE consultados (del 21 al 28 de septiembre de 2026) recoge nada de Sopela. El plazo de inscripción, por tanto, aún no ha empezado y no hay día de cierre que anunciar. Sí lo que sí está publicado es el temario completo y las bases íntegras, que son lo único que hace falta para empezar a preparar la plaza.
| Técnico/a Superior de Administración Especial — Sopela | |
|---|---|
| Organismo | Ayuntamiento de Sopela (Bizkaia) |
| Plazas | 1 |
| Vínculo | Personal funcionario de carrera, provisión en propiedad |
| Escala, subescala, grupo y nivel | Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Superior, Grupo A1, Nivel 26 |
| Sistema de selección | Concurso-oposición: fase de oposición (3 ejercicios) + fase de concurso (méritos) + 6 meses de prácticas |
| Titulación exigida | Licenciatura en Económicas, Empresariales o equivalente |
| Perfil lingüístico | III de euskera, preceptivo, fecha de preceptividad vencida (OEP 2024) |
| Temario | 90 temas: 18 generales y 72 específicos |
| Tasa de derechos de examen | 17 € |
| Plazo de instancias | 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE |
| Convocatoria | OPE 2024 |
| Bases | BOB núm. 182, de 23 de septiembre de 2026 (II-4865), cve BOB-2026a182-(II-4865) |
Plazo de presentación de instancias
La base Quinta es tajante: las instancias se presentan «en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado». El acuerdo de la Junta de Gobierno lo repite al revés: las bases se publican en el BOB, «no obstante, el plazo de presentación de instancias de 20 días hábiles se iniciará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado».
Traducido a lo que importa:
- El BOB no abre el plazo. El anuncio del 23 de septiembre solo publica las bases. El que manda es el extracto del BOE, y ese es el que fija el día 1.
- Hasta el 28 de septiembre de 2026 no había extracto. Se han revisado los sumarios del BOE de los días 21, 22, 23, 24, 25 y 28 de septiembre de 2026 y ninguno contiene nada relativo a Sopela. El del 29 de septiembre todavía no estaba disponible en el momento de escribir esto.
- No se calcula una fecha. Con el extracto publicado, el día 1 es el siguiente al de su publicación y hay que recorrer veinte días hábiles —descontando festivos— hasta el cierre. Ese cierre se anunciará en el BOE y en la web municipal.
- Comparación útil. El extracto de la convocatoria de Subalterno/a funcionario de Sopela —bases publicadas en el BOB del 4 de agosto de 2026— apareció en el BOE núm. 230, de 17 de septiembre de 2026, más de un mes después. No sirve de previsión para esta plaza, pero sí dice que entre el BOB y el BOE puede pasar bastante tiempo: conviene mirar el BOE, no esperar a que alguien avise.
Dos límites del plazo que las bases dejan claros por escrito:
- Fuera de plazo no se subsana. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, o la falta de pago de la tasa dentro del plazo, suponen la exclusión, y esos extremos «no serán subsanables fuera del plazo de presentación de instancias». Los errores de hecho, materiales o aritméticos sí se corrigen, de oficio o a petición propia, en cualquier momento; y si el Ayuntamiento detecta un defecto, se requiere para subsanarlo en diez días hábiles (artículo 68 de la Ley 39/2015), con aviso de que, de no hacerlo, se te tendrá por desistida.
- La documentación de méritos viene después. Al presentar basta la instancia oficial con la relación de méritos alegados; la acreditación documental se hace en el plazo y la forma que fijen las bases específicas.
Requisitos
Todas las condiciones se poseen el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y se mantienen hasta el nombramiento, con una única excepción: el perfil lingüístico III, que puede acreditarse documentalmente o mediante la prueba específica antes de finalizar el proceso.
- Nacionalidad. Ser española o español; tener la condición de nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea; ser cónyuge de persona española o de nacional de otro Estado miembro de la UE, sin separación de derecho; ser descendiente de ambas, menores de 21 años o mayores dependientes; o quedar incluida en el ámbito de los Tratados Internacionales ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Capacidad funcional. No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica incompatible con las funciones. Se acredita con certificado del Servicio de Vigilancia de la Salud Municipal.
- Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No separación ni inhabilitación. No haber sido separada mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos. Para nacionales de otro Estado, no hallarse en situación equivalente en su país.
- Titulación. Título de Licenciatura en Económicas, Empresariales o equivalente, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de instancias. Las titulaciones del extranjero exigen convalidación o credencial de homologación. Y dentro del proceso: acreditar el Perfil Lingüístico III o equivalente.
- Incompatibilidades. No hallarse incursa en causa legal de incapacidad o incompatibilidad para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio del derecho de opción para quienes ya ocupen un cargo o actividad privada incompatible.
- Tasa. Haber abonado la tasa por derechos de examen dentro del plazo de instancias, según la Ordenanza Fiscal vigente del Ayuntamiento.
La participación es voluntaria y, en la instancia, hay que manifestar que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo.
Un requisito que cambia el perfil de la plaza: el perfil lingüístico III. No es un requisito genérico de idioma: las bases lo sitúan directamente en el objeto de la convocatoria («perfil lingüístico III de carácter preceptivo y fecha de preceptividad vencida correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2024»). Quien ya tenga acreditado ese perfil o equivalente —en el propio Ayuntamiento de Sopela o en el Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera, con autorización expresa para su comprobación— no realiza el tercer ejercicio; quien no lo tenga, lo hace, y si no lo obtiene, queda declarada no apta y fuera del proceso.
Temario: 90 temas, 18 generales y 72 específicos
El Anexo de las bases separa el temario en dos bloques. El general lo comparten prácticamente todas las oposiciones administrativas de Administración Local; el específico es el que define esta plaza, y se va entero al lado de la hacienda, la contabilidad y la gestión municipal.
Temario general (temas 1 a 18)
- La Constitución Española. Título preliminar. Derechos y deberes fundamentales (artículos 10-30).
- La Constitución Española. Economía y Hacienda (Título VII). Organización territorial del Estado (Título VIII).
- El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Título preliminar. Competencias del País Vasco (Título I). Los poderes del País Vasco (Título II).
- Ley 27/1983, de Relaciones entre las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. Disposiciones generales y competencias (capítulos I y II del título primero).
- Ley 27/1983, de Relaciones entre las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. Título II.
- Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales (Título I) y derechos de las personas (Título III).
- Texto Refundido de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Título preliminar.
- Transparencia, acceso a la información y buen gobierno: Ley 19/2013 y su aplicación en el ámbito local.
- Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. Los interesados en el procedimiento (Título I).
- Ley 39/2015. Título II: la actividad de las Administraciones Públicas, normas generales de actuación.
- Ley 39/2015. Título III: los actos administrativos.
- Ley 39/2015. Título IV: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
- Ley 39/2015. Título V: la revisión de los actos en vía administrativa.
- Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales (Título preliminar).
- Ley 40/2015. Título III: relaciones interadministrativas.
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Disposiciones generales (Título I) y el municipio (Título II).
- Ley 7/1985. Régimen de funcionamiento (capítulo I del Título V) y estatuto de los miembros de las Corporaciones locales (capítulo V del Título V).
- Ley 7/1985. Los bienes, actividades y servicios de las entidades locales (capítulos I y II del Título VI).
Ojo con una diferencia respecto a otras convocatorias municipales: en este temario no hay un tema de normalización del euskera ni un tema de régimen local vasco. El euskera entra por otra vía, la del perfil lingüístico III; y el País Vasco aparece por el Estatuto de Autonomía (tema 3) y por la Ley 27/1983 de relaciones con los órganos forales (temas 4 y 5).
Temario específico (temas 19 a 90)
Setenta y dos temas que recorren el ciclo económico-financiero completo de un Ayuntamiento. Agrupados por bloques, tal y como los enumera el Anexo:
- Presupuesto (19-25). Estabilidad presupuestaria, regla de gasto y planes económico-financieros; concepto y contenido del Presupuesto General de las Entidades Locales; estructura presupuestaria y créditos de gasto; modificaciones de crédito; ejecución del presupuesto de gastos e ingresos; y liquidación, remanentes y resultados.
- Contabilidad y responsabilidad contable (26-28). Contabilidad de las Entidades Locales y sus organismos autónomos; Cuenta General de las Entidades Locales; y responsabilidad contable.
- Tesorería y crédito local (29-32). Régimen jurídico y funciones de la tesorería local; realización de pagos y prelación de créditos; planificación financiera, plan de tesorería y plan de disposición de fondos; y crédito local, operaciones de crédito y endeudamiento.
- Control (33-36). Control interno; controles financieros, de eficacia y de eficiencia; el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y control externo de la actividad económico-financiera del sector público local.
- Derecho financiero y haciendas vascas (37-39). Principios constitucionales del Derecho Financiero; niveles de la Hacienda Pública y distribución de competencias; y recursos de las Haciendas locales en el marco de la Norma Foral 9/2005, de Haciendas Locales de Bizkaia.
- Gestión tributaria (40-49). Potestad reglamentaria tributaria local; relación jurídica tributaria; base imponible, base liquidable y tipo; gestión tributaria; extinción de la obligación y pago; recaudación; procedimiento de apremio y embargo; inspección de los tributos; infracciones y sanciones; y revisión en vía administrativa.
- Tributos y tasas (50-55). Impuesto sobre Bienes Inmuebles; Impuesto sobre Actividades Económicas; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos; y tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
- Empleo público (56-64). Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público —personal al servicio de las Administraciones Públicas, derechos, adquisición de la condición de funcionario y actividad administrativa— y la Ley 11/2022, de Empleo Público Vasco —ordenación y estructura, selección y formación, sistema retributivo y derechos y deberes—.
- Derecho laboral (65-67). El contrato de trabajo; modificación, suspensión y extinción de la relación laboral; y derechos, deberes y salario.
- Contratación del sector público (68-77). Diez temas de la Ley 9/2017: título preliminar, régimen especial, partes, objeto del contrato, actuaciones previas, competencias, y los contratos de obra, suministro, servicios y de colaboración pública.
- Actividad económica y acción administrativa (78-79). La iniciativa económica de las Entidades Locales y la reserva de servicios; y las formas de acción administrativa de las entidades locales, con la intervención.
- Territorio y suelo (80-81). Ordenación del territorio en el País Vasco e instrumentos de planeamiento; y bases del régimen del suelo, valoraciones y planeamiento urbanístico.
- Subvenciones (82-83). Actividad subvencional de las Administraciones Públicas y sus procedimientos; reintegro, control financiero, infracciones y sanciones.
- Patrimonio (84-86). Propiedad pública; patrimonio privado de las Administraciones Públicas; y bienes de las Entidades Locales, dominio público local y bienes comunales.
- Expropiación forzosa (87). Sujetos, objeto y causa; procedimiento general.
- Responsabilidad y penal (88-89). Responsabilidad de la Administración pública; y delitos contra la Administración Pública y delitos de los funcionarios públicos.
- Ética pública (90). La buena administración orientada al bien común y la ética en la Administración.
Pruebas: tres ejercicios obligatorios y eliminatorios
La fase de oposición consta de tres ejercicios, los tres obligatorios y eliminatorios, con anonimato en la corrección de los dos primeros:
- Primer ejercicio. Un cuestionario por escrito con respuestas alternativas y, a criterio del Tribunal, preguntas de respuestas breves, sobre el temario general y específico del Anexo. El propio Tribunal concreta el número de preguntas, si hay o no penalización y la duración, y lo publica en la web municipal y el tablón con antelación. Se califica sobre 10 puntos, con un mínimo de 5 puntos para superarlo; el Tribunal puede decidir un umbral superior antes de conocer la identidad de las personas opositoras.
- Segundo ejercicio. Resolver uno o varios supuestos prácticos sobre el temario específico. Se califica sobre 20 puntos, con un mínimo de 10 puntos para superarlo.
- Tercer ejercicio. Prueba de acreditación del Perfil Lingüístico III de euskera, escrita y oral, con contenido y forma determinados por el IVAP. Se califica como apto o no apto. No hace falta presentarse si ya se acredita el perfil o equivalente; y quien presente los certificados o títulos convalidados (Decreto 297/2010) se le califica directamente de apto. Quien no obtenga la acreditación queda excluida del proceso.
Conviene subrayarlo porque es el punto donde se cae más gente: la fase de oposición suma 30 puntos (10 + 20) y la acreditación del euskera, además, es eliminatoria aunque no puntúe.
Las normas que se exigen son las vigentes a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE, no las del día del examen.
Fase de concurso: baremo de méritos
Superada la oposición viene la fase de concurso, no eliminatoria, que valora los méritos alegados en la instancia. La fecha de corte para el cómputo es la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, y tras publicarse los resultados del segundo ejercicio hay diez días hábiles para acreditarlos. Solo se valoran los que consten desde la instancia.
| Mérito | Máximo | Baremo |
|---|---|---|
| Experiencia | 5 puntos | En puestos de Técnico/a Superior de Administración Especial que requieran la titulación de Económicas o Empresariales (Grupo A1, Escala de Administración Especial) o Cuerpo Superior Facultativo Escala de Economía y Empresa: 0,5 puntos por año completo y 0,04 por mes. En puestos de Técnico/a de Administración General adscritos a Intervención o Tesorería (Grupo A1, Escala de Administración General) o Cuerpo Superior de la Administración, y en puestos de habilitación nacional, subescala Intervención/Tesorería: 0,4 puntos por año completo y 0,03 por mes |
| Formación | 2 puntos | 0,25 puntos por curso de 5 a 19 horas; 0,50 por curso de 20 a 49 horas; 0,75 por curso de más de 49 horas. Solo IVAP, INAP y centros oficiales: no se valoran los cursos de academias privadas ni los que sean asignaturas de planes oficiales, másteres o postgrados |
| Total de la fase de concurso | 7 puntos | Experiencia (5) + formación (2), sin poder rebasar nunca el 45 % de la puntuación máxima de la oposición |
Los servicios prestados en el propio Ayuntamiento de Sopela se acreditan de oficio; el resto, con certificación de la Administración donde se prestaron, indicando duración del contrato y puesto. Nunca se computa dos veces el mismo periodo. El concurso no puede rebasar en ningún caso el 45 % de la puntuación máxima alcanzable en la fase de oposición.
A la calificación final se suma además la prioridad por razón de sexo del artículo 21.1.a) del Texto Refundido de la Ley para la Igualdad: a igualdad de capacitación, prioridad para las mujeres en los cuerpos y escalas donde su representación sea inferior al 40 %.
Cómo se presenta la instancia
- En línea, en el apartado de «empleo público» de la web municipal: www.sopela.eus, apartado «empleo público».
- Presencialmente, en el Registro del Ayuntamiento de Sopela (OAC, Sabino Arana, s/n, 48600 Sopela) o en los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- El modelo oficial es gratuito: se facilita en las Oficinas de Atención Ciudadana y se descarga de la misma web municipal. Solo hay que presentar la instancia con la relación de méritos alegados.
En la instancia hay que indicar el idioma en el que se quieren realizar las pruebas: euskera o castellano. De no señalar nada, se entiende que la totalidad de las pruebas se realizarán en castellano.
Una vez cerrado el plazo, la Alcaldía aprueba y publica en el BOB, en el tablón y en la web la resolución con las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con la causa de la no admisión, y en esa misma resolución pueden designarse el Tribunal y la fecha del primer ejercicio. Quienes figuren excluidas tienen el trámite de alegaciones previsto en las bases.
Desarrollo del proceso
- No hay ejercicios antes de un mes. La fase de oposición no puede empezar hasta transcurrido, al menos, un mes desde la publicación de la convocatoria en el BOE. (Las pruebas de euskera o de idiomas pueden hacerse antes, si así lo determina el Tribunal.)
- Avisos con 48 horas. Lugar, fecha y hora del primer ejercicio: BOB, tablón de anuncios y web municipal. Los anuncios de los siguientes ejercicios, con al menos 48 horas de antelación.
- Llamamiento único. No presentarse a un ejercicio en el momento de ser llamada supone el decaimiento del derecho a participar en él y en los sucesivos, salvo causa justificada.
- Intervalo entre ejercicios: mínimo 72 horas y máximo 45 días naturales.
- Reclamaciones: mínimo tres días hábiles desde la publicación de cada calificación para pedir revisión o reclamar.
- Orden de actuación: por sorteo del primer apellido, conforme al artículo 17 del Real Decreto 364/1995.
- Tribunal: no menos de cinco miembros, designados por la Alcaldía y publicados en el BOB, con un vocal a propuesta del Instituto Vasco de Administración Pública y otro componente del IVAP para la valoración de los conocimientos de euskera (artículo 189.4 de la Ley 11/2022).
- Prácticas: seis meses como personal funcionario en prácticas, con informe final del superior inmediato. Si no se superan, se pierden los derechos del nombramiento.
- Toma de posesión: quince días hábiles desde la notificación del nombramiento.
- Bolsa de trabajo: la lista de quienes superen la fase de oposición sirve para cubrir necesidades en puestos de Técnico/a Superior de Administración Especial, ordenada por la suma de oposición y concurso; los empates se resuelven primero por el segundo ejercicio, después por el primero, luego por experiencia, después por formación y, al final, por edad.
Qué falta por saber a fecha de 29 de septiembre de 2026
Lo que las bases no fijan es la fecha del examen: ese anuncio vendrá en los sucesivos publicados en el Boletín Oficial de Bizkaia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su web. A fecha de 29 de septiembre de 2026 no se había publicado ni el extracto en el BOE, ni las listas provisionales de admitidas, ni la convocatoria de fechas.
Lo que sí está entero, desde el 23 de septiembre, es el temario completo y el resto de las bases. Es el momento de empezar, porque entre la publicación del extracto y el cierre del plazo solo hay veinte días hábiles, y los primeros temas —presupuesto, contabilidad y tributos— son los que más tiempo cuestan.
Preparación
El bloque común de esta convocatoria es el de cualquier oposición de Administración Local: Constitución, procedimiento administrativo (Ley 39/2015), régimen jurídico del sector público (Ley 40/2015) y régimen local (Ley 7/1985). Es exactamente lo que desarrolla el pack Parte común de Administración Local 2026, con el bloque jurídico explicado, preguntas resueltas con cita legal, esquemas de las leyes y un plan de estudio: es la vía más corta para los dieciocho temas generales de este temario.
Para el lado vasco —Estatuto de Autonomía, relaciones con los órganos forales y empleo público vasco—, el Pack OPE País Vasco Pro cubre la parte común de las oposiciones vascas. Y si el interés se va al bloque específico de hacienda foral, el Pack Hacienda Foral de Bizkaia 2026 ataca la Norma Foral 9/2005 que entra en el tema 39.
Del mismo cuerpo y de la misma administración, en el blog: la convocatoria de Técnico/a Superior de Administración del Ayuntamiento de Madrid 2026, con 30 plazas, el resumen de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público y el de Título VII de la Constitución, Economía y Hacienda. Y si lo tuyo es Sopela pero otro cuerpo, el mismo Ayuntamiento tiene además dos plazas de Subalterno/a.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas de Técnico/a Superior de Administración Especial convoca el Ayuntamiento de Sopela?
Una. Las bases hablan literalmente de «la provisión en propiedad de una (1) plaza de Técnico/a Superior de Administración Especial» de la plantilla de personal funcionario, en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Superior, Grupo A1, Nivel 26, con perfil lingüístico III preceptivo y fecha de preceptividad vencida, correspondiente a la OEP de 2024.
¿Hasta cuándo está abierto el plazo de instancias de Sopela?
Veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Ese extracto, a 29 de septiembre de 2026, no había salido todavía: los sumarios del BOE de los días 21 a 28 de septiembre no contienen nada de Sopela. Por tanto el plazo no había empezado y no hay aún día de cierre. Las bases no fijan una fecha; la fija el BOE.
¿Qué titulación se necesita para opositar a Técnico/a Superior de Administración Especial en Sopela?
Licenciatura en Económicas, Empresariales o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla cuando termine el plazo de instancias. Las titulaciones expedidas en el extranjero exigen convalidación o credencial de homologación. Además, dentro del proceso, hay que acreditar el Perfil Lingüístico III o equivalente.
¿Qué se examina en la plaza de Técnico/a Superior de Administración Especial de Sopela?
Noventa temas: dieciocho de temario general —Constitución, Estatuto de Autonomía del País Vasco, Ley 27/1983, protección de datos, igualdad, transparencia, Ley 39/2015, Ley 40/2015 y Reglamento de Bases del Régimen Local— y setenta y dos específicos que van al ciclo económico-financiero del municipio: presupuesto, contabilidad, tesorería, control, derecho financiero y Norma Foral 9/2005 de Bizkaia, gestión y tributos, empleo público, contratación, subvenciones, patrimonio, suelo, expropiación y responsabilidad de la Administración.
¿Hay que tener euskera para presentarse a la oposición de Sopela?
Sí: el Perfil Lingüístico III o equivalente es requisito con fecha de preceptividad vencida según la OEP 2024. Se acredita con un título ya reconocido —en el propio Ayuntamiento o en el Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera— o con el tercer ejercicio, que califica el IVAP como apto o no apto. Quien no lo obtenga, queda fuera del proceso. El idioma de los ejercicios se elige en la instancia: euskera o castellano, y en su defecto, castellano.
¿Cuánto cuesta la tasa de derechos de examen y cómo se paga?
17 euros, abonados dentro del plazo de presentación de instancias, de forma nominal e individualizada por cada plaza a la que se opte, según la Ordenanza Fiscal vigente del Ayuntamiento de Sopela. No se devuelve por exclusión del proceso, por no superarlo o por no aportar la documentación.
¿Dónde se presentan las instancias?
En línea, en el apartado de «empleo público» de www.sopela.eus; en el Registro del Ayuntamiento de Sopela (OAC, Sabino Arana, s/n); o en los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El modelo oficial es gratuito y se facilita en las Oficinas de Atención Ciudadana.
¿Cómo son las pruebas y cuánto se puntúa?
Tres ejercicios obligatorios y eliminatorios: un cuestionario con respuestas alternativas y/o preguntas de respuestas breves sobre todo el temario (máximo 10 puntos, mínimo 5), uno o varios supuestos prácticos sobre el temario específico (máximo 20 puntos, mínimo 10) y la acreditación del Perfil Lingüístico III (apto o no apto). La oposición suma 30 puntos; después, la fase de concurso añade hasta 7 puntos de méritos, sin rebasar nunca el 45 % de la puntuación máxima de la oposición.
Fuentes
- Bases de la convocatoria, Anuncio de proceso selectivo de Técnico/a Superior de Administración Especial OPE 2024, Ayuntamiento de Sopela: Boletín Oficial de Bizkaia núm. 182, de 23 de septiembre de 2026 (II-4865), PDF de las bases.
- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de septiembre de 2026, firmado en Sopela el 14 de septiembre de 2026, publicado junto a las bases en el mismo BOB.
- BOE-A-2026-19367 y BOE-A-2026-19368, BOE núm. 230, de 17 de septiembre de 2026: los extractos de las convocatorias de Subalterno/a de Sopela, comparados para situar el retraso habitual entre BOB y BOE.
- Sumarios del BOE de los días 21, 22, 23, 24, 25 y 28 de septiembre de 2026: comprobación de que el extracto de esta convocatoria no estaba publicado a fecha de 29 de septiembre de 2026.
- Empleo Público del Ayuntamiento de Sopela: www.sopela.eus, apartado «empleo público».
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