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Baremo de méritos docentes 2027: qué te da tiempo a conseguir

8 min de lectura

Si estás decidiendo si te presentas a las oposiciones docentes de 2027, hay una cuenta que puedes hacer hoy sin esperar a que salga ninguna convocatoria: la de tus méritos. Y conviene hacerla pronto, porque la fase de concurso es la única parte del proceso que se gana meses antes del examen y que deja de estar en tu mano justo cuando la convocatoria aparece.

Un tercio de la nota, y solo si apruebas

El sistema de ingreso en la función pública docente es el concurso-oposición (artículo 17.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007). La nota global sale de ponderar las dos fases: dos tercios la oposición y un tercio el concurso, según el artículo 25.2. Traducido: cada punto entero de baremo vale 0,333 puntos de la nota final sobre diez.

Hay un matiz que cambia toda la estrategia, y está en el artículo 23.2: la fase de concurso solo se valora a quien ha superado la de oposición. El artículo 22 exige cinco puntos o más en la última prueba para que el baremo llegue siquiera a abrirse. Los méritos no aprueban el examen; ordenan a los que lo aprueban. Por eso esto es un complemento del temario y nunca su sustituto.

La fecha que deja méritos fuera todos los años

Los méritos no se miden a fecha de examen ni de fase de concurso. Se miden a fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, el primer trámite de todo el proceso. La convocatoria del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para su ámbito de gestión lo dice sin rodeos: solo se valoran los méritos perfeccionados con anterioridad a la finalización de ese plazo, y no se toman en consideración los perfeccionados después.

El calendario del proceso ejecutado en 2026 sirve de referencia de lo apretado que es. La convocatoria se publicó en el BOE del 31 de diciembre de 2025; el plazo de solicitudes se fijó en veinte días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la publicación de la resolución del 30 de marzo de 2026; y las pruebas se señalaron para la segunda quincena de junio. Entre enterarte de que hay convocatoria y quedarte sin poder añadir méritos pasan semanas, no meses.

Hay además un segundo plazo, distinto y aún más corto: el de presentar la documentación que acredita los méritos, que se abre cuando se publican las listas de quienes han superado la oposición. En esa convocatoria fueron tres días hábiles. No es tiempo para pedir certificados: es tiempo para entregar los que ya tienes.

Los tres bloques, y dónde queda margen

El anexo I del Real Decreto 276/2007 fija una estructura que ninguna convocatoria puede alterar, porque el artículo 23.1 obliga a todos los baremos a respetarla:

BloqueTope
Experiencia docente previa5 puntos
Formación académica5 puntos
Otros méritos2 puntos

Y en ningún caso se pueden alcanzar más de 10 puntos por la valoración de méritos.

Experiencia docente previa. Un año en la especialidad del cuerpo al que optas, en centros públicos, vale 1 punto; en especialidades de otro cuerpo en la pública, o en la misma etapa fuera de la pública, 0,5; y en distinta etapa fuera de la pública, 0,25. Se computan como máximo cinco años, cada uno valorado en un solo subapartado. Es decir: quien ya lleva cinco cursos de interinidad en su especialidad tiene este bloque topado, y ningún curso adicional le suma nada en el baremo de ingreso.

Formación académica. Aquí la regla que más disgustos da es que nunca puntúa lo que has usado como requisito para presentarte. El expediente académico del título alegado se valora hasta 1,5 puntos según la nota media; el doctorado, 1 punto; el máster oficial que no sea requisito, 1 punto; otras titulaciones oficiales, 1 punto cada ciclo; los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un idioma extranjero, 0,5 puntos.

Otros méritos. El anexo I no lo detalla: dice que estos méritos «serán determinados en las respectivas convocatorias». El tope de 2 puntos es intocable, pero el contenido lo pone tu administración educativa, y es justo el bloque donde sigue habiendo margen para casi todo el mundo.

Qué cabe todavía en un año

Esta es la parte accionable, ordenada por lo que tarda en conseguirse. Las puntuaciones son las del baremo del anexo VIII de la convocatoria del Ministerio (Resolución de 29 de diciembre de 2025), que sirve de referencia de cómo se concreta el bloque de otros méritos; el tuyo puede variar en el detalle.

  • Semanas. Acreditar lo que ya tienes: certificación académica personal con la nota media, hoja de servicios, certificados de cursos antiguos con sus horas. Coste cero y hasta 1,5 puntos que de otro modo se pierden. Es siempre lo primero, y volvemos sobre ello abajo.
  • Meses. Formación permanente homologada: 0,10 puntos por cada 10 horas, hasta 1 punto. Cien horas agotan el subapartado. Es el mérito más accesible que existe y se hace en paralelo al temario.
  • Meses. Participación o coordinación en grupos de trabajo, seminarios permanentes y proyectos de innovación convocados por tu administración educativa: 0,2 y 0,5 puntos por curso académico respectivamente.
  • Meses. Certificar un B2 que ya dominas: 0,25 puntos.
  • Uno o dos años. Subir de un B2 real a un certificado C1 o C2: 0,5 puntos, y el certificado no caduca.
  • Uno o dos cursos. Un máster oficial que no sea requisito de ingreso: 1 punto. Es la puntuación individual más alta a la que se puede aspirar de cero, y también la más cara y la más lenta.

Para quien parte de cero, la combinación realista en un año son las cien horas de formación homologada más el certificado del idioma que ya casi tiene: alrededor de 1,25 puntos de baremo, que ponderados por un tercio se convierten en unas cuatro décimas de nota global. En una lista apretada, cuatro décimas son muchos puestos.

Tres avisos que ahorran dinero

Los títulos propios de universidad no puntúan. El baremo excluye expresamente los cursos de posgrado, de especialización y de experto universitario y cualquier otro título universitario no oficial expedido por las universidades en uso de su autonomía. Solo cuentan los títulos oficiales.

Un curso sin las horas certificadas vale cero. No se tienen en cuenta los certificados en los que no conste el número de créditos o el total de horas, aunque indiquen los meses que duró el curso. Y el curso tiene que estar convocado, organizado e impartido por administraciones educativas, universidades, centros de profesorado o institutos de ciencias de la educación, o por entidades sin ánimo de lucro homologadas o reconocidas por una administración educativa.

Sin certificación académica te dan por hecho un aprobado. Si no aportas la certificación con la nota media expresa y presentas solo el título, se considera que obtuviste la nota media de aprobado, es decir un 5, que ni siquiera llega al tramo mínimo con el que empieza a puntuar el expediente. Alguien con un 7,6 real pierde así 1 punto entero por un trámite de universidad que tarda semanas. Pídela ahora.

Y cuando salga tu convocatoria

No la leas entera. Ve a cinco sitios: la fecha de cierre del plazo de solicitudes, el anexo del baremo y en particular su bloque de otros méritos, la ponderación entre fases —comprobando que no estás leyendo por error el apartado del acceso a un cuerpo de subgrupo superior, que tiene la suya propia—, el plazo para presentar la documentación de méritos y, si te presentas en una comunidad con lengua cooficial, cómo se acredita su conocimiento.

Si quieres el baremo completo desarrollado apartado por apartado, con un baremo real de convocatoria como ejemplo trabajado, la lista de qué documento acredita cada mérito y una hoja de autobaremo para calcular tu puntuación, lo hemos reunido en la guía del baremo de méritos docente. Y si lo que te falta es la parte común del temario, eso es otra cosa distinta: está en el Pack Docentes Parte Común.

Para entender cómo funciona la fase de concurso en cualquier oposición, y no solo en la docente, tienes también qué méritos puntúan en la fase de concurso. Y si opositas al Cuerpo de Maestros, el desglose bloque a bloque está en el baremo de méritos de Maestros.


Fuentes. Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, texto consolidado (BOE-A-2007-4372): artículos 17.2, 22, 23, 25 y 26 y anexo I, en la redacción resultante del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre. Resolución de 29 de diciembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de ingreso (BOE-A-2025-27152): apartados 7.8 y 10.1 y anexo VIII. Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, sobre plazo de solicitudes y comienzo de las pruebas (BOE-A-2026-7222).

A fecha de publicación de este artículo no hay convocatorias de ingreso a cuerpos docentes de 2027 publicadas. Todo lo anterior describe la norma estatal vigente, que todas ellas deberán respetar, y usa como ejemplo una convocatoria de 2026 realmente publicada. Ninguna cifra de este artículo anticipa el contenido de una convocatoria futura.

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