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Letrado Cádiz : 2 plazas: cuánto se cobra en 2026

8 min de lectura

La convocatoria de Letrado Cádiz : 2 plazas no fija el sueldo. Te explicamos el grupo A1 y los conceptos de la nómina que sí constan en las bases.

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La convocatoria de Letrado Cádiz : 2 plazas se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 14 de agosto de 2026 (Resolución de 7 de agosto de 2026 del Ayuntamiento de Cádiz), y las bases íntegras lo hicieron en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 115, de 18 de junio de 2026. Se trata de dos plazas de Letrado/a de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Superior, por el sistema de concurso-oposición en turno libre.

Entre quienes se plantean presentarse, la duda que más se repite es cuánto se cobra en una plaza así. Este artículo repasa lo que dicen las bases sobre la retribución, qué se puede saber del grupo A1 y qué parte queda fuera de la convocatoria.

Cuánto cobra un Letrado en el Ayuntamiento de Cádiz

Las bases específicas describen las plazas con todo detalle administrativo: pertenecen al Grupo de clasificación «A», Subgrupo «A1», Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, y están identificadas con los códigos 0430000000 y 0430000001. Sobre la retribución, el texto se limita a indicar que las plazas están «dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo y subgrupo indicados».

De esa frase no se puede extraer ninguna cifra. Ni las bases publicadas en el BOP de Cádiz ni el anuncio del BOE incluyen el sueldo, el complemento de destino ni el complemento específico de las plazas, y tampoco aparece una estimación de la nómina mensual o anual. El único importe en euros que fija la convocatoria es la tasa por derechos de examen: 40,80 € para el Grupo/Subgrupo A/A1, conforme a la Ordenanza Fiscal para el ejercicio 2026, con las exenciones y bonificaciones que recogen las bases generales del Ayuntamiento.

Para conocer la cuantía real hay que acudir a otras fuentes: la relación de puestos de trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Cádiz, donde se asigna a cada puesto su nivel de complemento de destino y su complemento específico, y la normativa retributiva que se aprueba cada ejercicio. Esas cantidades se actualizan con las leyes de presupuestos, de modo que la referencia válida será la del año en que se tome posesión, no la del año de la convocatoria.

Conviene tener presente el momento en que nace el derecho: la plaza es de funcionario o funcionaria de carrera y la relación retributiva con el Ayuntamiento empieza con la toma de posesión. Durante la fase de oposición no se cobra por el puesto.

Grupo, nivel y conceptos de la nómina

Aunque la convocatoria no publique importes, la estructura de la nómina sí puede ordenarse a partir del subgrupo A1. Con carácter orientativo, la nómina de un funcionario de carrera de un ayuntamiento se compone de retribuciones básicas y retribuciones complementarias:

ConceptoEn qué consisteDe dónde sale la cuantía
Sueldo baseRetribución básica asignada al Subgrupo A1Normativa retributiva vigente
TrieniosAntigüedad: se devenga por cada tres años de servicioMisma cuantía que el sueldo base del subgrupo
Complemento de destinoCorresponde al nivel del puestoRPT del Ayuntamiento
Complemento específicoRetribuye las condiciones particulares del puestoRPT del Ayuntamiento
Pagas extraordinariasDos al añoSueldo, trienios y, en su caso, complemento de destino

Ninguno de estos conceptos tiene importe publicado en las bases. El nivel de complemento de destino, en particular, no aparece en la convocatoria: no se indica qué nivel tiene asignado el puesto de Letrado del Ayuntamiento de Cádiz. Lo mismo ocurre con el complemento específico, que depende de las características concretas del puesto y se fija en la RPT.

La nómina puede incluir además otros conceptos, como el complemento de productividad, las gratificaciones por servicios extraordinarios o las indemnizaciones por razón del servicio, cuando concurran los supuestos previstos en la normativa aplicable. La convocatoria no los menciona, así que no forman parte de lo que se puede dar por cierto al preparar la oposición.

Pagas extra, trienios y complementos

Con carácter general, y siempre como explicación de la estructura y no como cálculo de una cantidad concreta, estos son los elementos que conviene distinguir:

  • Pagas extraordinarias. Se abonan dos al año, habitualmente en junio y diciembre. Comprenden el sueldo base, los trienios y, en su caso, el complemento de destino; el complemento específico no forma parte de ellas con carácter general. Su importe concreto no consta en las bases.
  • Trienios. Se devengan por cada tres años de servicios prestados. El cómputo empieza con la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, no con la publicación de la convocatoria ni con la superación de los ejercicios.
  • Complemento de destino. Va ligado al nivel del puesto. Las bases no fijan ese nivel para las dos plazas de Letrado/a.
  • Complemento específico. Retribuye las condiciones particulares del puesto y tampoco se publica en la convocatoria.
  • Productividad, gratificaciones e indemnizaciones. Posibles según la normativa aplicable, pero no garantizadas ni recogidas en las bases.

Esta estructura sirve para entender cómo se forma una nómina del subgrupo A1, no para calcular una cifra. Dos plazas del mismo subgrupo pueden tener retribuciones distintas si la RPT les asigna niveles o complementos específicos diferentes. Por eso cualquier estimación que no proceda de la RPT o de la normativa retributiva del ejercicio es solo eso, una estimación.

Qué dicen las bases (y qué no)

Lo que sí consta en la documentación oficial publicada:

  • Dos plazas de Letrado/a (OEP 2021), con los códigos 0430000000 y 0430000001.
  • Grupo A, Subgrupo A1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior.
  • Sistema de selección: concurso-oposición, turno libre.
  • Dotación de las plazas «con las retribuciones correspondientes al Grupo y subgrupo indicados».
  • Tasa por derechos de examen de 40,80 € para el Grupo/Subgrupo A/A1 (Ordenanza Fiscal de 2026).

Lo que no consta:

  • La cuantía de las retribuciones: sueldo, complementos y pagas.
  • El nivel de complemento de destino asignado a las plazas.
  • El complemento específico del puesto.

Las fuentes oficiales que recogen la convocatoria son el anuncio del Boletín Oficial del Estado de 14 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-17734) y las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 115, de 18 de junio de 2026. En ambos casos la información retributiva se agota en la remisión al grupo y subgrupo.

Si estás preparando esta oposición, el Pack Letrado Ayuntamiento de Cádiz 2026 incluye temario, test por tema y simulacros orientados a la convocatoria, con el programa oficial como referencia. Es material de preparación, no una fuente retributiva: los importes hay que buscarlos donde están, en la RPT y en la normativa de cada ejercicio.

Preguntas frecuentes

¿Se puede saber cuánto cobra un Letrado del Ayuntamiento de Cádiz con las bases?

No. Las bases identifican el grupo y subgrupo (A1) y remiten a las retribuciones que correspondan a ese grupo, pero no incluyen ninguna cifra. Cualquier cantidad concreta hay que comprobarla en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento y en la normativa retributiva vigente.

¿Cuál es el nivel de complemento de destino de estas plazas?

La convocatoria no lo indica. El nivel se asigna en la RPT del Ayuntamiento y es uno de los datos que determinan la cuantía final de la nómina.

¿Se cobra durante la oposición?

No. La relación retributiva surge con la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, una vez superado el proceso selectivo.

¿Las pagas extraordinarias incluyen todos los complementos?

Con carácter general incluyen el sueldo base, los trienios y, en su caso, el complemento de destino. El complemento específico no forma parte de ellas con carácter general. El importe concreto depende de la normativa aplicable y no consta en las bases.

¿Dónde aparece un importe en euros en esta convocatoria?

Únicamente en la tasa por derechos de examen: 40,80 € para el Grupo/Subgrupo A/A1, según la Ordenanza Fiscal para el ejercicio 2026, con las exenciones y bonificaciones previstas en las bases generales del Ayuntamiento de Cádiz. No es una retribución, sino el coste de presentarse al proceso selectivo.

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