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Sueldo de Conserje del Ayuntamiento de Alcalá de Henares 2026

9 min de lectura

Las bases de Conserje del Ayuntamiento de Alcalá de Henares no fijan el sueldo: te explicamos el grupo, los conceptos de la nómina y qué dicen las bases.

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La convocatoria de Oposiciones Conserje Alcalá de Henares saca dos plazas de Conserje en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, y una de las primeras dudas de quien se plantea presentarse es cuánto se cobra en ese puesto. La respuesta corta: las bases no fijan ninguna cuantía. No hay un importe en euros que puedas leer en la convocatoria, ni un nivel de complemento de destino asignado al puesto.

Lo que sí hacen las bases es encuadrar la plaza, y ese encuadre es el punto de partida para entender la nómina. Aquí tienes qué se sabe, qué no y de qué depende cada concepto.

Cuánto cobra un Conserje en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Las bases específicas de la convocatoria describen la plaza, el sistema selectivo, los ejercicios y la tasa, pero no entran en materia retributiva. Es habitual: la convocatoria regula el acceso, no el sueldo. El sueldo de un funcionario local se determina al margen del proceso selectivo, con las tablas retributivas vigentes y los complementos que tenga asignados el puesto en la plantilla municipal.

Por tanto, cualquier cifra concreta que veas sobre esta plaza y no venga de una tabla retributiva oficial o de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento es una estimación, no un dato de la convocatoria. Y conviene tenerlo claro antes de hacer cábalas con el sueldo.

Lo que sí está en las bases es la tasa por derechos de examen: 16 euros, con bonificación del 100 % para quienes figuren como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo con una antigüedad mínima de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria. Es un pago que haces tú, no una retribución, pero es el único importe en euros que aparece en el texto de la convocatoria.

Cómo está encuadrada la plaza

La base segunda de las bases específicas sitúa la plaza en la Escala de Administración General, Subescala Subalterna, denominación Conserje, y la adscribe a Otras Agrupaciones Profesionales, según el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y su disposición transitoria tercera.

Ese encuadre es el que determina las retribuciones básicas del puesto. A mayores, el Ayuntamiento no exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones del sistema educativo, de conformidad con la disposición adicional sexta del mismo texto legal.

Grupo, nivel y conceptos de la nómina

La nómina de un funcionario de Administración local se compone, con carácter general, de retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Esta es la estructura orientativa que se aplica a un puesto como el de Conserje:

ConceptoDe qué depende¿Aparece en las bases?
Retribuciones básicas (sueldo y pagas extra)Del grupo o agrupación de clasificación del puestoNo
Complemento de destinoDel nivel asignado al puesto en la plantillaNo
Complemento específicoDe las características particulares del puestoNo
TrieniosDe la antigüedad acumulada en la AdministraciónNo
Tasa por derechos de examenDe la ordenanza fiscal aplicableSí, 16 euros

Las retribuciones básicas van ligadas al grupo de clasificación: tres pagas ordinarias al año con el sueldo base más los trienios, y dos pagas extraordinarias con sueldo y trienios. En la Administración local es habitual que esas pagas extraordinarias se abonen en dos momentos del año.

El complemento de destino retribuye el nivel del puesto y no la persona. Es el concepto que más varía de una plaza a otra dentro del mismo grupo, porque depende de cómo esté clasificado el puesto en la plantilla municipal. Las bases no indican qué nivel tiene este puesto de Conserje.

El complemento específico retribuye las condiciones particulares del puesto: dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad o penosidad. Dos puestos con el mismo grupo y el mismo nivel pueden tener complementos específicos distintos. Tampoco se detalla en las bases.

A esto se pueden sumar, según el caso y según la normativa aplicable, otros conceptos como las horas extraordinarias, la productividad o las indemnizaciones por razón del servicio. Ninguno de ellos figura en la convocatoria.

Dicho de otra forma: no se puede dar un importe exacto para esta plaza con la información de las bases. Y quien te lo dé sin citar la tabla retributiva o la relación de puestos de trabajo, lo está estimando.

Pagas extra, trienios y complementos

Con la antigüedad llegan los trienios: se devengan por cada tres años de servicio y se cobran tanto en las pagas ordinarias como en las extraordinarias. Es un concepto acumulativo que no aparece en la puerta de entrada, sino con el tiempo. Quien llegue a esta plaza desde otra Administración pública puede tener antigüedad reconocida por servicios previos, siempre que la solicite y la acredite.

Dentro del proceso selectivo de esta convocatoria, la experiencia previa no se valora en la fase de oposición, pero sí en la fase de concurso a través del baremo de méritos del anexo I: servicios prestados en el propio Ayuntamiento de Alcalá de Henares y sus organismos autónomos, en otras administraciones locales, en otras administraciones y en la empresa privada con funciones similares, con puntuaciones máximas por apartado. La fase de concurso no es eliminatoria y no puede servir para superar la oposición, pero suma en la nota final.

En cuanto a las pagas extraordinarias, su devengo y su importe dependen de los conceptos que las integren según la normativa retributiva aplicable. La convocatoria no fija cuántas son ni de cuánto.

Qué dicen las bases (y qué no)

Las bases específicas se publicaron en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 234, de 1 de octubre de 2026, y su extracto apareció en el BOE número 248, de 6 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-20781). Esto es lo que sí regulan:

  • Objeto: dos plazas de Conserje, escala de Administración General, subescala Subalterna, por concurso-oposición libre, incluidas en la oferta de empleo público de 2024. La convocatoria contempla la posible acumulación de vacantes que se produzcan antes de que concluya el proceso selectivo.
  • Requisitos: los de la base sexta de las bases generales, sin exigencia de titulación.
  • Solicitudes: modelo normalizado, presentación por sede electrónica o por cualquiera de los medios del artículo 16 de la Ley 39/2015, junto con el formulario de autobaremación obligatorio.
  • Plazo: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
  • Tasa: 16 euros por derechos de examen.
  • Sistema selectivo: fase de concurso no eliminatoria y fase de oposición obligatoria y eliminatoria, con un primer ejercicio de 50 preguntas tipo test más 5 de reserva, tres opciones de respuesta y 50 minutos, y un segundo ejercicio de prueba práctica teórica con dos supuestos alternativos elegidos por sorteo.
  • Lista de espera: se podrá constituir con quienes superen el nivel mínimo exigido, y será requisito tener aprobado al menos un ejercicio.

Lo que no dicen las bases: cuánto se cobra, qué nivel de complemento de destino tiene el puesto, qué complemento específico lleva asignado y cuántas pagas extraordinarias se abonan. Esa información no forma parte de la convocatoria. Para conocerla hay que acudir a las tablas retributivas vigentes y a la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento, que son documentos distintos de estas bases.

Si tu objetivo es saber si la plaza te compensa económicamente, la vía fiable es esa: consultar el encuadre retributivo del puesto en el Ayuntamiento y aplicar las tablas del ejercicio en curso. La convocatoria te dice a qué escala perteneces, no lo que vas a ingresar.

Y si lo que quieres es asegurar el aprobado, que es lo que condiciona llegar a esa nómina, puedes prepararla con el Pack Conserje Alcalá de Henares 2026: temario según el programa de las bases, test por tema con soluciones explicadas y simulacros tipo examen.

Preguntas frecuentes

¿Las bases fijan el sueldo de la plaza?

No. Las bases regulan el proceso selectivo y el encuadre del puesto, pero no incluyen cuantías retributivas ni el nivel de complemento de destino. Cualquier cifra concreta hay que buscarla en las tablas retributivas y en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

¿En qué grupo está encuadrada la plaza?

En la Escala de Administración General, Subescala Subalterna, denominación Conserje, correspondiente a Otras Agrupaciones Profesionales según el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público y su disposición transitoria tercera. No se exige titulación.

¿Cuántas plazas se convocan?

Dos plazas de Conserje, por concurso-oposición libre, incluidas en la oferta de empleo público de 2024. La convocatoria permite acumular vacantes que se produzcan antes de que termine el proceso selectivo.

¿Cuánto cuesta presentarse?

La tasa por derechos de examen es de 16 euros. Quienes figuren como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria tienen una bonificación del 100 % y deben acompañar el informe de los servicios públicos de empleo.

¿Cuándo se cobra la primera nómina?

Ese dato no aparece en las bases. La convocatoria regula la selección; las condiciones de incorporación y el abono de retribuciones se rigen por la normativa de función pública aplicable y por la organización del Ayuntamiento.

¿La antigüedad se paga desde el primer día?

Los trienios se devengan por cada tres años de servicio, así que no forman parte de la retribución inicial. En esta convocatoria la experiencia previa se valora en la fase de concurso mediante el baremo del anexo I, pero eso afecta a la puntuación del proceso selectivo, no a la nómina de entrada.

Recuerda el plazo: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La fecha y el número del boletín autonómico se hacen constar en ese extracto, así que conviene comprobarlo antes de presentar la solicitud.

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