¿Puedo presentarme? Psicólogo/a del Ayuntamiento de Villena 2026
Requisitos, titulación, nacionalidad, edad, tasas y documentación para presentarte a las 2 plazas de Psicólogo/a del Ayuntamiento de Villena 2026.
La convocatoria de Psicólogo/a del Ayuntamiento de Villena (Alicante) comprende 2 plazas de turno libre por el sistema de concurso-oposición, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, grupo A1. El extracto se publicó en el BOE núm. 130, de 28 de mayo de 2026 y las bases íntegras, en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm. 75, de 23 de abril de 2026. La base primera prevé que el número de plazas pueda incrementarse con las vacantes que se oferten antes de la finalización del proceso selectivo.
Aquí se responde solo a la pregunta de si puedes presentarte. El temario, el desarrollo de los ejercicios y el resto de fases tienen su propio contenido enlazado aparte.
Requisitos para presentarse
La base segunda exige cumplir todos y cada uno de los requisitos y los refiere al día en que concluya el plazo de presentación de instancias. Si en esa fecha falta alguno, la solicitud no puede prosperar.
| Requisito | Qué exigen las bases |
|---|---|
| Nacionalidad | Tener la nacionalidad española, la de otro Estado miembro de la Unión Europea o la de los Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores (art. 57 TREBEP) |
| Capacidad | Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas; el Ayuntamiento se reserva el derecho a someter a las personas aspirantes a las pruebas que considere pertinentes para evaluarlo |
| Edad | Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público |
| Titulación | Estar en posesión de la Licenciatura o el Grado en Psicología, o de un título universitario oficial de Grado que, según los planes de estudios vigentes, habilite para ejercer las actividades profesionales relacionadas con las funciones del cuerpo |
| Historial | No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no tener revocado el nombramiento como funcionario/a interino/a y no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas o de las propias de la escala convocada |
Para las personas nacionales de otros Estados se exige además no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida el acceso al empleo público en su país de origen.
La convocatoria es de turno libre y la base segunda no incorpora ningún requisito de experiencia profesional previa. Quien resulte propuesto por el tribunal y no cumpla los requisitos de esa base decae en todos sus derechos, aunque haya superado el proceso selectivo.
Titulación exigida
El título hay que tenerlo, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. La titulación se acredita mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. La equivalencia de titulaciones la debe aportar la propia persona aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente, y quien haya obtenido el título en el extranjero debe acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación u homologación.
En el momento de la solicitud puedes acreditar la titulación generando un código de autorización de consulta a favor del Ayuntamiento de Villena en la sede del Ministerio de Educación. Si no generas ese código, debes adjuntar copia del título oficial correspondiente o el justificante de haber abonado los derechos de expedición.
Si cumples este requisito, el siguiente paso es el temario: el Pack Psicólogo/a del Ayuntamiento de Villena 2026 incluye el temario desarrollado del programa oficial, test por tema con soluciones explicadas y simulacros tipo examen, entregados como guía web en tu cuenta.
Nacionalidad, edad y otros requisitos
La base segunda no se limita a la titulación. Estos son los puntos que conviene revisar antes de preparar la instancia:
- Nacionalidad. Se admite la española, la de los restantes Estados miembros de la Unión Europea y la de los Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos de la ley estatal que regula esta materia.
- Edad. El mínimo son dieciséis años cumplidos. El máximo es la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público; las bases no fijan otra cifra.
- Capacidad. Hay que poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas. El Ayuntamiento puede someter a las personas aspirantes a las pruebas que considere pertinentes para comprobarlo.
- Historial. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no tener revocado el nombramiento como funcionario/a interino/a y no estar inhabilitado/a por sentencia firme.
- Discapacidad. Las personas con discapacidad son admitidas en igualdad de condiciones. Deben presentar certificación expedida por el órgano competente de la comunidad autónoma o de la Administración del Estado que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas de la plaza.
Si necesitas adaptaciones o ajustes razonables de tiempo y medios para las pruebas, se solicitan en el modelo oficial de solicitud y se acompaña el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite las deficiencias permanentes que han originado el grado reconocido. El órgano de selección valora la procedencia de la concesión.
Tasas y documentación
La admisión a trámite de la instancia exige el justificante del pago de 27,50 € en concepto de derechos de participación, según la Ordenanza Fiscal T-16. El ingreso se realiza a favor del Ayuntamiento de Villena en la cuenta del Banco La Caixa ES80 2100 2291 7102 0013 0430, haciendo constar en el concepto el nombre de la persona aspirante y el nombre de la convocatoria (Psicólogo/a). El resguardo se adjunta a la solicitud.
La misma ordenanza recoge estos supuestos:
- Exención por discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que no se perciban rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. Se aporta certificado acreditativo de la condición y copia de la declaración anual del IRPF del año anterior o certificado de no haberla presentado.
- Exención por desempleo, con inscripción como demandante al menos un mes antes de la convocatoria, sin rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional y sin haber rechazado oferta de empleo adecuado ni negarse, salvo causa justificada, a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. Se aporta el documento de renovación de la demanda de empleo (DARDE), certificado del SEPE, certificado de no rechazo y la documentación del IRPF.
- Bonificación por familia numerosa: del 100 % para la categoría especial y del 50 % para la general. Se aporta fotocopia del título y, en la categoría general, el resguardo del ingreso del 50 %.
Junto con la instancia se acompaña el resguardo del pago (o la documentación de la exención o bonificación), la titulación en la forma indicada y cualquier otro documento que acredite los requisitos de la base segunda cuyo acceso directo por el Ayuntamiento haya sido expresamente denegado o no autorizado en la solicitud. Quien solicite adaptación por discapacidad añade el Dictamen Técnico Facultativo.
La solicitud se presenta en la sede electrónica municipal (https://sede.villena.es) o presencialmente en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Villena, en la Plaza del Rollo 1, así como por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El modelo normalizado está a disposición en el Registro General y en la sede electrónica.
El plazo es de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Con el extracto publicado el 28 de mayo de 2026, ese plazo terminó el 11 de junio de 2026, según recoge la ficha del curso. Las bases no fijan fecha de examen: el día, la hora y el lugar del primer ejercicio se señalan al aprobar la lista definitiva.
Dos avisos útiles para no equivocarse de plazo: la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso no se presenta con la instancia, sino en los cinco días hábiles que se conceden tras finalizar la fase de oposición a quienes la hayan superado, y solo se valoran los méritos obtenidos antes de la finalización del plazo de solicitudes. La autobaremación tampoco se presenta en ese momento.
Después del plazo, la Alcaldía aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de anuncios municipal, con diez días hábiles para reclamaciones y subsanación de defectos. La lista definitiva también se publica en ambos medios y, en el mismo acto, se señala la fecha del primer ejercicio, con un plazo no inferior a quince días hábiles desde esa publicación. Los anuncios posteriores se difunden en el tablón de anuncios municipal, con al menos 24 horas de antelación cuando se trata del mismo ejercicio y dos días cuando se trata de un ejercicio nuevo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentarme si todavía no tengo el título en la mano?
Sí, si estás en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En la solicitud puedes usar el código de autorización de consulta a favor del Ayuntamiento o adjuntar copia del título o el justificante de haber abonado los derechos de expedición.
¿Hay una edad máxima concreta?
Las bases fijan un mínimo de dieciséis años cumplidos y remiten a la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público, sin indicar otra cifra.
¿Puedo presentarme si tengo reconocida una discapacidad?
Sí, en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes, con la certificación del órgano competente y, si pides adaptaciones de tiempo o medios, el Dictamen Técnico Facultativo. La adaptación la concede el órgano de selección.
¿Cuánto cuesta presentar la solicitud?
27,50 € de derechos de examen conforme a la Ordenanza Fiscal T-16, con los supuestos de exención y bonificación que recoge esa ordenanza.
¿Cuándo se celebra el examen?
Las bases no publican una fecha. El día, la hora y el lugar del primer ejercicio se fijan al aprobar la lista definitiva de personas admitidas, y los anuncios posteriores se publican en el tablón de anuncios municipal.
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