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Oposiciones Psicólogo Almería 2026: ¿puedo presentarme?

Actualizado Equipo Red Opositor 9 min de lectura

La duda llega antes que el temario: si reúnes lo que piden las bases. La convocatoria del Ayuntamiento de Almería para 5 plazas de Psicólogo/a (Grupo A1, turno libre, concurso-oposición) se publicó en el BOP de Almería nº 172, de 7 de septiembre de 2026, y se anunció en el BOJA nº 199, de 14 de octubre de 2026. La base B) enumera seis requisitos y añade una condición que conviene leer dos veces: hay que tenerlos todos al terminar el plazo de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Requisitos para presentarse

La convocatoria exige los requisitos de la base B) sin excepciones ni baremos alternativos. No es una lista orientativa: la solicitud incluye una manifestación expresa de que reúnes todas y cada una de las condiciones, y la omisión de ese extremo no es subsanable.

RequisitoQué pide la base B)
NacionalidadEspañola, de otro Estado miembro de la UE o los supuestos de cónyuge y descendientes que detalla la base
Capacidad funcionalPoseerla para el desempeño de las tareas de la plaza
Edad16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa
Expediente e inhabilitaciónNo haber sido separado mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el empleo público
TitulaciónLicenciatura o Grado en Psicología o equivalente
IncompatibilidadNo incurrir en causa de incompatibilidad de la Ley 53/1984

Qué se comprueba y cuándo

Los requisitos se poseen en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y se mantienen durante el proceso. La convocatoria advierte de que el Ayuntamiento y el Tribunal pueden verificar y comprobar los datos en cualquier momento, y de que deberás probar documentalmente lo que declaras en la solicitud cuando te lo requieran. No se tienen en cuenta los méritos presentados ni obtenidos una vez cerrado el plazo.

Titulación exigida

La base B.e) pide la titulación oficial de Licenciado/a o Grado en Psicología o equivalente. Cabe también estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes: quien termina el grado ese mismo curso no queda fuera por no tener aún el título en la mano.

Si la titulación se obtuvo en el extranjero, hay dos documentos que van juntos: el título y el documento acreditativo de la homologación oficial, más traducción jurada cuando corresponda. En el caso de equivalencia, debe reconocerla como tal la administración competente en cada caso concreto y tienes que acreditarlo tú. No basta con presentar el título sin ese respaldo: la base lo exige de forma expresa.

Nacionalidad, edad y otros requisitos

Nacionalidad. Pueden concurrir quienes tengan la nacionalidad española; quienes sean nacionales de otro Estado miembro de la Unión Europea o cónyuges de estos, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho; y los descendientes, cualquiera que sea su nacionalidad, de español o de nacional de otro Estado miembro o de sus cónyuges, en los términos de la base (menores de 21 años o mayores dependientes, y los descendientes de esos descendientes). Se incluye además a quienes entran en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España con libre circulación de trabajadores.

En el caso de nacionales de otro Estado, la base añade una condición específica: no hallarse inhabilitado ni en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida el acceso al empleo público en su Estado, en los mismos términos.

Edad. Hay que tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

Capacidad funcional. Se exige poseerla para el desempeño de las tareas. Además, una vez superado el proceso, la toma de posesión queda supeditada a la superación del reconocimiento médico que realiza el Servicio de Prevención del Ayuntamiento.

Expediente e inhabilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de personal laboral, la referencia es haber sido separado o inhabilitado para funciones similares.

Incompatibilidad. Las plazas están sujetas a incompatibilidad: no se puede ejercer otra actividad salvo las exceptuadas en el artículo 16.3 de la Ley 53/1984. Es un requisito de acceso, no solo una condición posterior.

Tasas y documentación

Los derechos de examen son 22 €, conforme al artículo 6 de la Ordenanza Fiscal nº 14 del Ayuntamiento de Almería, reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos. El importe depende del grupo de clasificación de la plaza a la que optas.

Para pagar se usa el impreso de autoliquidación, que se obtiene en la Oficina Virtual Tributaria de la web municipal (www.almeriaciudad.es) o a través del enlace de tributos locales que indican las bases, seleccionando la opción de documentos administrativos EP.1 y la tarifa correspondiente. El abono puede hacerse en metálico en cualquiera de los bancos o cajas autorizados que aparecen en la autoliquidación, o directamente con tarjeta bancaria desde la sede electrónica.

Junto con la solicitud hay que aportar la autoliquidación con el sello de pago contabilizado de la entidad colaboradora o con el NRC que acredite el pago telemático. El pago debe quedar demostrado dentro del plazo de presentación de solicitudes: si no es así, la persona aspirante queda excluida. La mera presentación del justificante de pago no sustituye el trámite de presentar la solicitud en tiempo y forma.

Cómo y dónde se presenta la solicitud

La solicitud se dirige a la Alcaldesa y se presenta en el registro electrónico del Ayuntamiento de Almería o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Si se cursa por las oficinas de Correos, debe llevarse en sobre abierto para que el personal funcionario estampe el sello de fechas antes de certificarla.

El plazo es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las bases no fijan una fecha concreta de apertura: se abre con ese anuncio en extracto en el BOE, cuya fecha no consta en la documentación consultada. Hasta que se publique, no hay un día cierto que puedas anotar en el calendario.

Hay omisiones que sí se pueden subsanar (las del artículo 66 de la Ley 39/2015) y otras que no: concurrir a un sistema selectivo distinto del de las plazas convocadas, no hacer constar que reúnes los requisitos, presentar la solicitud fuera de plazo, no pagar la tasa en plazo o pagarla parcialmente, no aportar los documentos necesarios para la exención y omitir cualquier otro dato o requisito distinto de los del artículo 66. Si alegas exención del pago, la documentación acreditativa debe estar completa: si falta, la exclusión también se produce.

Puedes consultar el texto íntegro de las bases en el BOP de Almería nº 172, de 7 de septiembre de 2026 y el anuncio en el BOJA nº 199, de 14 de octubre de 2026.

Si reúnes los requisitos, el siguiente paso es preparar el programa con tiempo: el Pack Psicólogo Ayuntamiento de Almería 2026 trabaja los 90 temas del temario con teoría y práctica intercaladas, esquemas y simulacro corregido, y se entrega como guía web en tu cuenta, descargable en PDF y ePub.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarme si estoy en el último curso del grado?

Sí, siempre que estés en condiciones de obtener la titulación en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Es el supuesto que contempla la base B.e) junto a quien ya tiene el título.

¿La tasa de 22 € se paga aparte de la solicitud?

Va con la solicitud: necesitas la autoliquidación pagada, con sello o NRC, aportada dentro del plazo. Sin esa acreditación, la exclusión es automática, y el justificante por sí solo no sustituye la presentación de la solicitud.

¿Puedo presentarme si trabajo en otro sitio?

Las plazas están sujetas a incompatibilidad, así que no puedes ejercer otra actividad salvo las exceptuadas en el artículo 16.3 de la Ley 53/1984. Debes manifestarlo al presentarte y no incurrir en causa de incompatibilidad.

¿Qué pasa si me falta un documento de la solicitud?

Depende del documento. La omisión de los requisitos del artículo 66 de la Ley 39/2015 se puede subsanar; la falta de pago, el pago parcial, la presentación fuera de plazo o la falta de documentos para la exención de la tasa no admiten subsanación.

¿Hay que esperar a que salga el BOE para prepararse?

No. El plazo de solicitudes se abre con el anuncio en extracto en el BOE, pero el temario y las pruebas ya están fijados en las bases, y el proceso selectivo empieza en junio de 2027. Quien cumple los requisitos puede empezar a estudiar antes de que se publique esa fecha.

¿Cuándo se celebra el proceso?

Las bases sitúan el inicio del proceso selectivo en junio de 2027. Las fechas concretas de cada ejercicio se anuncian en la web municipal con la antelación que marcan las propias bases, y las personas aspirantes son convocadas en llamamiento único.

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