Auxiliar Administrativo Cuevas del Almanzora 2026: requisitos
Consulta los requisitos para presentarte a la bolsa de Auxiliar Administrativo Cuevas del Almanzora 2026: nacionalidad, edad, titulación y tasas.
La convocatoria de Auxiliar Administrativo Cuevas del Almanzora se publicó en el B.O.P. de Almería nº 161, del viernes 21 de agosto de 2026, dentro del expediente 2026/354200/900-025/00001. Su objeto es la constitución de una bolsa de empleo de personal contratado en régimen de derecho laboral, con contrato de duración determinada (artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores), grupo C2, nivel 18, grupo de cotización 7, escala de Administración General, subescala de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema selectivo de oposición. La bolsa tiene una duración de tres años improrrogables.
Antes de preparar nada conviene resolver la primera duda: si reúnes o no los requisitos que fijan las bases. Eso es lo que verás aquí, con lo que dice el anuncio publicado.
Requisitos para presentarse
Las personas aspirantes deben reunir los requisitos del apartado D de las bases. Resumidos:
| Requisito | Qué exigen las bases |
|---|---|
| Nacionalidad | Española, con la salvedad del artículo 57 del TREBEP; para personas extranjeras, artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2000 |
| Edad | 16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa |
| Capacidad | Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas |
| Situación administrativa | No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas u órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial |
| Titulación | Poseer la titulación académica exigida |
| Tasa | Abonar la tasa de derechos de examen, salvo exención o bonificación |
En el caso de nacionales de otro Estado, se añade no hallarse inhabilitado ni en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida el acceso al empleo público en los mismos términos.
El plazo de presentación de instancias fue de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOP, es decir, hasta el 28 de agosto de 2026 a las 15:00 (ampliándose al siguiente día hábil si el último día cayera en sábado, domingo o inhábil). Ese plazo ya está cerrado.
Titulación exigida
Las bases dedican un apartado propio, la letra e), a poseer la titulación exigida, y piden adjuntar a la instancia fotocopia del título académico exigible en el proceso selectivo. La plaza convocada pertenece al grupo C2, nivel 18, con grupo de cotización 7.
El extracto publicado no permite leer el título concreto que se pide, así que lo prudente es acudir al texto íntegro de las bases antes de dar por hecho cualquier requisito de titulación. Puedes consultarlas en el enlace oficial del BOP de Almería:
https://app.dipalme.org/bop/services/manager/edicto/2026/2199/anuncio.pdf
Si tienes dudas sobre si tu titulación encaja, ese documento es la única referencia válida.
Nacionalidad, edad y otros requisitos
La nacionalidad española se exige sin perjuicio de lo previsto en el artículo 57 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, que reconoce a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea el acceso como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles, en línea con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Si no eres nacional de un Estado miembro, se aplican los requisitos del artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
En cuanto a la edad, basta con tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa. No se fija en las bases ninguna otra franja de edad.
La capacidad funcional para desempeñar las tareas del puesto es otro requisito exigido, igual que la ausencia de separación mediante expediente disciplinario de cualquier Administración Pública u órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, y la ausencia de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Para el personal laboral, la referencia es la separación o inhabilitación en un puesto similar.
Estos requisitos deben cumplirse en el momento en que termina el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y la vigencia de la bolsa.
Tasas y documentación
La tasa de derechos de examen es de 20,00 euros, conforme a la Ordenanza Fiscal vigente para la exigibilidad de tasa por derechos a participar en procesos de acceso al empleo público, publicada en el BOP nº 248 de 20 de diciembre de 2023.
El pago puede hacerse de forma presencial ante el Registro General del Ayuntamiento (PAC) mediante TPV, sin que se admita el pago material en efectivo, o por transferencia bancaria a la cuenta ES293058 0023 24 2732000757 (CAJAMAR).
Exenciones y bonificaciones:
- Exención del 100%: personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y familias numerosas de categoría especial, reconocidas en resolución emitida por la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía u órgano competente de otra comunidad autónoma.
- Bonificación del 50%: miembros de familias numerosas de categoría general, previa justificación emitida por órgano competente.
La falta de abono de la tasa en el momento de presentar la solicitud es insubsanable y determina la exclusión del proceso. Solo cabe subsanar la falta del resguardo de pago, siempre que el pago se hubiera hecho dentro del plazo de instancias. La devolución de la tasa solo procede cuando no se realiza el hecho imponible por causas no imputables a la persona solicitante; no hay devolución si la exclusión deriva de causas imputables al interesado, como no personarse el día de la prueba.
Documentación que debía acompañar a la instancia:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del título académico exigido.
- Justificante del abono de la tasa o documento acreditativo de la exención o bonificación, si procede.
La instancia se dirige al Sr. Alcalde-Presidente y podía presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de las vías del artículo 16 de la Ley 39/2015, incluida la presentación telemática prevista en el artículo 14 de la misma norma. En el último día de plazo, el horario de presentación finalizaba a las 15:00 horas, tanto presencial como telemáticamente.
Tras el plazo, el Alcalde dicta resolución aprobando provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, que se publica en el tablón de anuncios con las causas de exclusión, y se concede un plazo de cinco días para subsanar defectos. Si no se subsana en plazo, se entiende que la persona desiste y queda excluida cuando se trate de requisitos de participación. Si no hay reclamaciones ni subsanaciones, el listado provisional se eleva a definitivo mediante resolución que se publica en el tablón de anuncios y en la sede electrónica. En ese mismo acto debe publicarse la fecha y el lugar de realización de los ejercicios de la fase de oposición. Las bases no fijan en el anuncio una fecha concreta para el examen: remiten a esa publicación posterior.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo presentarme si soy de otro país de la Unión Europea?
Sí. Las bases remiten al artículo 57 del TREBEP, que reconoce a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea el acceso como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles. Si no perteneces a un Estado miembro, se aplican los requisitos del artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2000.
¿Cuál es la edad mínima y máxima?
La mínima son 16 años cumplidos. La máxima es la edad de jubilación forzosa, sin que las bases establezcan otro límite.
¿Basta con echar la instancia o hace falta algo más?
No basta. Hay que acompañar fotocopia del DNI, fotocopia del título académico exigido y el justificante del pago de la tasa de 20,00 euros o el documento que acredite la exención o bonificación. La falta de abono de la tasa es insubsanable.
¿Se puede presentar la solicitud por internet?
Sí. Las bases admiten la presentación en el Registro General del Ayuntamiento o por las formas del artículo 16 de la Ley 39/2015, incluida la vía telemática.
¿El plazo de solicitudes sigue abierto?
No. El plazo terminó el 28 de agosto de 2026 a las 15:00, tras cinco días hábiles desde la publicación en el BOP de Almería nº 161, del 21 de agosto de 2026. Las bases no anuncian una nueva convocatoria.
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