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Arquitecto Ayuntamiento de Medina del Campo 2026: requisitos

9 min de lectura

Comprueba si puedes presentarte a la plaza de Arquitecto Ayuntamiento de Medina del Campo 2026: titulación, nacionalidad, edad, tasas y documentación.

La convocatoria de Arquitecto Ayuntamiento de Medina del Campo de 2026 cubre una plaza de arquitecto/a en el Ayuntamiento de Medina del Campo (Valladolid), dentro de la Oferta de Empleo Público de 2023. La plaza pertenece a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, grupo A, subgrupo A1, y se provee por concurso-oposición en turno libre. Antes de pagar la tasa o de empezar a preparar el temario, la primera pregunta es lógica: ¿puedo presentarme? Estas son las condiciones que fijan las bases, sin añadir nada que no figure en la fuente oficial.

Requisitos para presentarse

La base 2.1 recoge los requisitos que deben reunir las personas aspirantes:

  • Nacionalidad: española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título exigido (se detalla en el apartado siguiente).
  • Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del nombramiento.
  • Historial administrativo y judicial: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público en los mismos términos.

Todos estos requisitos deben reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento de selección hasta el momento de la toma de posesión (base 2.2). La propia solicitud incorpora la declaración responsable de que se cumplen los requisitos generales y específicos exigidos, de modo que presentarla supone afirmar ese cumplimiento.

Las bases no fijan ningún otro requisito adicional de experiencia previa ni de colegiación para poder concurrir: la experiencia y la formación se valoran después, en la fase de concurso, no como condición de admisión.

Titulación exigida

El requisito académico es estar en posesión o en condiciones de obtener alguna de estas titulaciones:

  • Título de Arquitecto/a.
  • Grado en Arquitectura más Máster habilitante para el ejercicio de la profesión de Arquitecto/a.
  • Una titulación equivalente.

Si la titulación se ha obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la credencial de homologación o, en su caso, del reconocimiento de equivalencia, expedidos por el órgano competente en materia de educación.

La plaza es de arquitecto/a superior: no está prevista para arquitecto técnico, aparejador ni otras especialidades, sino para el perfil de arquitecto/a que corresponde a la escala y subescala indicadas en las bases.

Nacionalidad, edad y otros requisitos

La nacionalidad admitida es la española, la de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o la de los Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores por los tratados firmados por la Unión Europea y ratificados por España. Los familiares de estos últimos que tengan derecho a participar deben aportar fotocopia compulsada de un documento que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas de la persona de la que dependan.

En cuanto a la edad, el mínimo son dieciséis años cumplidos y el máximo es la edad de jubilación forzosa. No se exige una edad mínima superior ni se establece un tope distinto en las bases.

Las personas con discapacidad son admitidas en igualdad de condiciones que el resto, siempre que sus limitaciones sean compatibles con el requisito de capacidad funcional y así se acredite. Pueden solicitar adaptaciones de tiempo y medios para realizar las pruebas, indicando las necesidades concretas en el momento de presentar la instancia; la concesión corresponde al tribunal calificador, previa valoración, garantizando los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación.

Tasas y documentación

La tasa por derechos de examen asciende a veinte euros (20,00 €), conforme al artículo 4 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen. El pago se realiza por transferencia bancaria a la cuenta que el Ayuntamiento tiene abierta en Unicaja Banco S.A.: ES05 2103 2249 1500 3204 7757. En la transferencia hay que indicar el nombre y apellidos completos de la persona aspirante y, en el concepto, la referencia «Tasa examen ARQ. OEP 2023».

El abono debe efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de pago en ese plazo se considera un defecto insubsanable y determina la inadmisión a las pruebas. Pagar la tasa no sustituye el trámite de presentar la solicitud en tiempo y forma. Solo procede la devolución cuando, por causas no imputables al interesado, no se realice la actividad administrativa que constituye el hecho imponible; no hay devolución si no se presenta la solicitud o si la exclusión se debe a causas imputables a la persona aspirante.

Junto con la solicitud (modelo del Anexo II, disponible en la U.A. de personal y en la sede electrónica del Ayuntamiento) hay que presentar:

  1. Copia del Documento Nacional de Identidad u otra documentación acreditativa de la identidad admitida en derecho.
  2. Justificante de haber abonado la tasa por derechos de examen.
  3. Declaración responsable de reunir los requisitos generales y específicos, ya incorporada al modelo de solicitud.
  4. Relación de méritos alegados y copia de los documentos acreditativos, ordenados según la base 8.4. La fecha límite para alegar méritos y aportar su documentación es la de finalización del plazo de solicitudes; los méritos no alegados o no acreditados en plazo no se valoran.
  5. Copia del título académico exigido en la convocatoria.

Las solicitudes se dirigen al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Medina del Campo y pueden presentarse en el Registro del Ayuntamiento o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las que se envíen por Correo deben ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación, y las suscritas en el extranjero se cursan a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas.

El plazo de presentación es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», que tuvo lugar el 4 de septiembre de 2026. Con ese cómputo, el plazo terminaría el 24 de septiembre de 2026, pero conviene confirmar la fecha en la fuente oficial antes de presentar la solicitud.

Terminado el plazo, el Alcalde dicta resolución aprobando las listas provisionales de admitidos y excluidos, que se publican en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid», en el tablón de edictos y en la sede electrónica. Las personas excluidas o las que no figuren en ninguna de las dos listas disponen de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a esa publicación, para reclamar o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Después se aprueba la relación definitiva y se señalan fecha, hora y lugar de la primera prueba, con una antelación mínima de diez días naturales.

Las bases se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid núm. 163 (acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 5 de agosto de 2026) y el anuncio en el BOE de 4 de septiembre de 2026. Puedes consultar el texto íntegro de las bases en el BOP de Valladolid, que es el documento que prevalece ante cualquier duda.

Si cumples los requisitos, el siguiente paso es preparar el proceso: el Pack Arquitecto Ayuntamiento de Medina del Campo 2026 incluye el temario desarrollado del programa oficial, test por tema con soluciones explicadas y simulacros tipo examen para medirte antes de la prueba.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarme si estoy en condiciones de obtener el título, pero aún no lo tengo?

Sí. Las bases admiten estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto/a o el Grado en Arquitectura más Máster habilitante. Eso sí, el requisito debe cumplirse en la fecha de finalización del plazo de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

¿Sirve cualquier titulación equivalente extranjera?

Solo si cuentas con la credencial de homologación o el reconocimiento de equivalencia expedidos por el órgano competente en materia de educación. Sin ese documento no se acredita el requisito académico.

¿Puedo pedir adaptación de tiempo si tengo una discapacidad?

Sí. Debes solicitarla al presentar la instancia, indicando las necesidades específicas, y acreditar tu situación. El tribunal calificador valora la concesión, siempre que las limitaciones sean compatibles con la capacidad funcional exigida.

¿Qué pasa si no pago la tasa a tiempo?

La falta de pago dentro del plazo de presentación de solicitudes es un defecto insubsanable y supone la inadmisión a las pruebas selectivas. No hay devolución del importe si la exclusión se debe a causas imputables a la persona aspirante.

¿Cuántas plazas hay y en qué consiste el proceso?

Se convoca una plaza de arquitecto/a por concurso-oposición en turno libre. La fase de oposición pondera el 70% y consta de tres ejercicios eliminatorios (cuestionario tipo test, desarrollo por escrito de dos temas del bloque específico y resolución de supuestos prácticos con informe técnico); la fase de concurso, con el 30% restante, valora experiencia, formación y titulación.

¿Dónde puedo comprobar cualquier dato antes de inscribirme?

En las dos fuentes oficiales enlazadas en este artículo: el anuncio del BOE de 4 de septiembre de 2026 y el texto íntegro de las bases en el BOP de Valladolid núm. 163. Cualquier fecha, importe o requisito debe contrastarse ahí; las bases no fijan otros plazos ni importes distintos de los indicados.

Más sobre esta oposición

Ver el curso: Pack Arquitecto Ayuntamiento de Medina del Campo 2026

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